Introducción: Existe un porcentaje elevado de crímenes cometidos por personas con síntomas psicóticos de ahí la importancia de detectar y tratar los signos de psicosis que advierten sobre actos violentos.
Material y métodos: Presentamos un estudio descriptivo de un caso clínico de una paciente de 75 años de edad, sin antecedentes penales, que ingresa en este centro por homicidio frustrado en la figura de su pareja con quien se encontraba de vacaciones. La paciente, natural de Inglaterra, realizaba seguimiento ambulatorio por deterioro cognitivo en el contexto de un cuadro ansioso-depresivo en su país de origen. Hasta el momento de los hechos, la paciente no había presentado conductas heteroagresivas.
Resultados: Durante la evolución psicobriográfica de la paciente, nunca se constató la existencia de síntomas psicóticos. Sin embargo, tras el episodio de agresión a su pareja, los informes psiquiátricos y forenses concluyeron en la existencia de una ideación delirante de tipo celotípico en probable relación con el abandono del tratamiento habitual de la paciente.
Conclusiones: Desde el punto de vista legal, se considera en estos casos, la eximente completa o incompleta, por lo que su imputabilidad se vería disminuida. Señalamos la importancia de las revisiones periódicas que permitan intervenciones en crisis en el caso de una recaída de la sintomatología psicótica en. En este caso, se consiguió el traslado a su país de origen a fin de cumplir la medida de seguridad correspondiente. La valoración de riesgo estaría en una frontera difícil de prevenir en el caso de estos pacientes.
Complejo Asistencial Universitario de Palencia, Palencia Hospital Psiquiátrico Penitenciario Fontcalent, Alicante
ENFERMEDAD MENTAL Y HOMICIDIO: IMPORTANCIA DE LA VALORACIÓN DEL RIESGO
Fructuoso Castellar A*, López López A**, Barrios Flores LF**
complejo Asistencial Universitario de Palencia*, hospital Psiquiátrico Penitenciario de Fontcalent** Mail: afrucas@gmail. com
INTRODUCCIÓN
La evolución del tratamiento penal del delito y del delincuente ha sufrido a lo largo del tiempo una transformación en la forma y el contenido, con un progresivo desplazamiento al
concepto de pena como medio de rehabilitación social del delincuente más que a un objetivo sancionador exclusivo y de disuasión social. La respuesta social ante el enfermo mental que
comete una acción delictiva está teñida de una serie de prejuicios que determinan un factor asociado de rechazo a la condición de enfermo mental. Nos encontramos ante el concepto de
peligrosidad potencial mal utilizado en algunas leyes, afortunadamente derogadas, donde la confrontación de una defensa social frente a un supuesto estado peligroso se concretaban en
normas que vulneraban derechos fundamentales. Los síntomas psicóticos afectan aproximadamente al 0, 4% de pacientes diagnosticados de depresión mayor. En estos pacientes, las
conductas auto y heteroagresivas se dan con mayor frecuencia. Existe un porcentaje elevado de crímenes cometidos por personas con síntomas psicóticos, de ahí la importancia de
detectar y tratar los signos de psicosis que advierten sobre actos violentos.
RELACIÓN ENTRE COMPORTAMIENTO violento Y TRASTORNOS MENTALES
. El potencial de violencia que ha sido atribuido a las personas con enfermedad
mental ha causado considerable controversia en las últimas décadas. Hasta los años 80 la opinión
general era que el tener una enfermedad mental no incrementaba el riesgo de comportamiento
violento comparándolo con la población general. Estudios realizados en los últimos años,
especialmente procedentes de Escandinavia y Canadá, aceptan que las personas con esquizofrenia, al
menos un pequeño subgrupo, tienen mayor probabilidad de ser violentos que la población general.
Volavka estima que el 20% de los pacientes con esquizofrenia han realizado
alguna agresión en el pasado. Monahan y Applebaum como parte del Estudio de Valoración del
riesgo MacArthur, medían el riesgo de violencia cada 10 semanas durante 1 año a personas con
diferentes diagnósticos de enfermedad mental después de un ingreso psiquiátrico. Del 17% de
pacientes con esquizofrenia, el 9% tenían comportamientos violentos en las primeras semanas tras el
alta. Estos datos contrastaban con el 19% de los pacientes con depresión, el 15% en los pacientes
con trastorno bipolar, el 29% en los consumidores de tóxicos o el 25% en los pacientes con
trastornos de la personalidad. Lindvist y posteriormente Steadman sugieren que el consumo de
tóxicos es el responsable del incremento de la conducta violenta en las personas diagnosticadas de
esquizofrenia. Entre los estudios destacamos el de Swanson (10. 059 pacientes de la muestra
Epidemiologic Catchment AreaECA) donde examina la relación existente entre violencia y
trastorno psiquiátrico. El 8% de los pacientes con esquizofrenia presentaban comportamiento
violento comparado con el 2% de la población general. El porcentaje se incrementaba al 30% cuando
existía comorbilidad con abuso de sustancias.
Otro grupo de estudios son los de cohortes de nacimientos seguidos a lo largo de
años, que muestran una mayor probabilidad de comportamiento violento en personas con trastorno
mental. Las tasas estimadas de homicidios en población general se sitúa en un 13, 6 por 100. 000
habitantes y un 4 por 100. 000 en mujeres. En estudios realizados con muestras de homicidas
(Schanda 2004, Wallace 1998, Eronen 1996, la prevalencia encontrada de enfermedad mental oscila
entre el 5% y el 9%. Entre la población penitenciaria, según las revisiones de Fazel1 y de Andersen
referente a estudios publicados en muestras penitenciarias, hallan una prevalencia de 2 a 3 veces
mayor de enfermedad mental que la población general. Todos estos datos asocian los
comportamientos delictivos con la enfermedad mental
CASO CLÍNICO
Presentamos el caso clínico de una paciente de 75 años de edad, sin antecedentes
penales, que ingresa en este centro por homicidio frustrado en la figura de su
pareja con quien se encontraba de vacaciones.
La paciente, natural de Inglaterra, realizaba seguimiento ambulatorio por
deterioro cognitivo en el contexto de un cuadro ansioso-depresivo en su país de
origen. Hasta el momento de los hechos, la paciente no había presentado
conductas heteroagresivas.
Durante la evolución psicobriográfica de la paciente, nunca se constató la
existencia de síntomas psicóticos. Sin embargo, tras el episodio de agresión a su
pareja, los informes psiquiátricos y forenses concluyeron en la existencia de una
ideación delirante de tipo celotípico en probable relación con el abandono del
tratamiento habitual de la paciente.
PREVENCIÓN DE RIESGO
· La reducción y prevención de la violencia no es una tarea exclusiva de la intervención jurídicopenal y requiere a otros profesionales, como los profesionales de la salud mental, para una
participación especializada en campos como la evaluación de la peligrosidad y el control de la
reincidencia violenta.
· Los últimos avances en la prevención de la violencia han propuesto sustituir la evaluación de la
peligrosidad por la valoración del riesgo de violencia. Esta tecnología tiene una mayor capacidad
predictiva del comportamiento violento futuro.
· Algunos de los instrumentos de evaluación más empleados en la
actualidad para realizar la prevención del riesgo son: la escala
VRAG, la PCL-R, el HCR-20, el SVR-20, la SARA, el EPV y el
SAVRY.
· Las escalas de predicción permiten realizar valoraciones rápidas, en
donde la toma de decisiones es urgente, y son de utilidad para la
policía, los jueces o el personal que trabaja en un entorno forense,
penitenciario o en las Oficinas de atención a las Víctimas.
·Desde el punto de vista legal, se considera en estos casos, la eximente
completa o incompleta, por lo que su imputabilidad se vería disminuida.
· No es su objetivo sustituir a los dictámenes periciales (que suelen
tener lugar en un momento más tardío) de los psicólogos o
psiquiatras forenses, en donde se debe hacer un estudio
psicopatológico de los agresores o del daño psicológico en el caso
de las víctimas.
·El traslado de pacientes mentales a sus países de origen a fin de cumplir la
medida de seguridad (privativa o no privativa de libertad) impuesta por
tribunales españoles, es factible al amparo del Convenio del Consejo de Europa
de 1987 y de las Decisiones Marco de la Unión Europea 909 y 947 de 2008.
·Para otros países, fuera del ámbito europeo, son de aplicación, en su caso, los
Tratados y Convenios bilaterales vigentes.
CONCLUSIONES
· Señalamos la importancia de las revisiones periódicas que permitan intervenciones en crisis en el caso de una recaída de la sintomatología previa, así como, del diagnóstico precoz de
sintomatología psicótica u otras alteraciones relacionadas con el riesgo de conducta violenta en pacientes con buen ajuste premórbido previo al crimen.
· En pacientes sin antecedentes previos de conducta violenta, la valoración del riesgo, sería una tarea compleja, al igual que la prevención, por lo que, debe prestarse una especial
atención a la evolución de las alteraciones psicopatológicas e incorporar instrumentos específicos de evaluación y predicción de conductas violentas.
· Facilitar la detección de dichas conductas puede pasar no sólo por el control de la sintomatología y la monitorización terapéutica de estos pacientes, sino también, por la adopción de
medidas legales que favorezcan el curso evolutivo benigno de la enfermedad. En el caso de esta paciente, el traslado a su país de origen podría suponer un menor índice de recaídas y
una disminución del riesgo de recidiva.
Referencias :
1. - El cumplimiento de la medicación y las implicaciones clínicas a largo plazo en la esquizofrenia en el ámbito penitenciario; E Vicens
2. - Violencia y enfermedad mental E Vicens; San Joan de Deu. Area de psiquiatría Penitenciaria. Generalitat de Catalunya. 1, V Tort 2
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