INTRODUCCIÓN: la figura del médico se ha desvirtuado. Ha medida que aumentan los derechos del paciente, el médico pierde autoridad. Esto provoca que los conflictos entre pacientes y médicos sean cada más frecuentes.
METODO: revisión en pubmed, scielo, google de la bibliografía existente al respecto.
RESULTADOS:
1. JURISDICCIÓN CIVIL: el paciente inicia una demanda con la finalidad de obtener una compensación económica, al considerar que ha habido una negligencia o mala praxis. Dicha indemnización deberá ser sufragada por el seguro de responsabilidad civil del profesional demandado.
2. JURISDICCIÓN PENAL. Castiga los delitos de lesión imprudente, homicidio imprudente. También pueden ser castigados penalmente los delitos dolosos: intromisión a la intimidad, revelación de secretos, omisión del deber de socorro, manipulación de documentos (consentimiento informado, evolutivos de la historia clínica).
3.JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. Cuando el acto médico reclamado tiene lugar en el servicio Público de Salud, se debe dirigir la reclamación contra la administración pública. Es común que se solicite al médico un informe que explique la asistencia. El profesional tendrá cuidado al realizar dicho informe para evitar responsabilidades por falso testimonio o vulneración al honor.
4.RESPONSABILIDAD DISCIPLINAIRA: procedimiento en el que se investiga si el profesional ha incurrido en alguna infracción , lo que podría conllevar una sanción disciplinaria, que se podría recurrir.
5. RESPONSABILIDAD DEONTOLÓGICA: los Colegios disciplinarios tienen facultad sancionadora tanto en la sanidad pública como privada. Las sanciones podrían ser: apercibimiento, multa, inhabilitación. El médico tiene derecho a llevar su propio abogado.
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