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Autor/autores: J. Montoro López , M. García Cantalapiedra, Á. Valle Escalante, I. Muñoz León, A. Ruiz Otazo
Fecha Publicación: 13/02/2013
Área temática: .
Tipo de trabajo: 

RESUMEN

En la definición de los trastornos de la personalidad ocupa un lugar esencial la alteración de la conducta, como capa más visible de su enorme complejidad. En este trabajo tratamos la responsabilidad que surge de dicha conducta, tanto desde el punto de vista psiquiátrico como desde el moral y legal. Señalamos las opiniones que emergen, acerca de este tema, de varias corrientes de pensamiento. Finalmente se exponen ejemplos  de la vigencia e importancia de la evaluación de la responsabilidad, en relación con crímenes sucedidos recientemente.   Créditos de la imagen: Crimen pedagógico / Pedagogical crime #humor, por Antonio González, en Flickr.

Palabras clave: trastornos de la personalidad; responsabilidad; moral; crimen.


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Montoro López J. Psiquiatria.com. 2013; 17:3.
http://hdl.handle.net/10401/6156

Revisión teórica
La responsabilidad en los trastornos de personalidad
J. Montoro López1*, M. J. García Cantalapiedra2, Á. Valle Escalante3, I. Muñoz León4,
A. Ruiz Otazo5

Resumen
En la definición de los trastornos de la personalidad ocupa un lugar esencial la alteración de la
conducta, como capa más visible de su enorme complejidad. En este trabajo tratamos la
responsabilidad que surge de dicha conducta, tanto desde el punto de vista psiquiátrico como
desde el moral y legal. Señalamos las opiniones que emergen, acerca de este tema, de varias
corrientes de pensamiento. Finalmente se exponen ejemplos de la vigencia e importancia de la
evaluación de la responsabilidad, en relación con crímenes sucedidos recientemente.
Palabras claves: Trastornos de la personalidad, responsabilidad, moral, crimen.
Abstract
Behavioural symptoms constitute a key component in personality disorders; they become the
external layer of their great complexity. In this article we dwell on the responsibility coming out
of that behaviour, taken into consideration from the moral standpoint as well as the legal one.
Different opinions emerging from various currents of thought are pointed out. Finally, examples
are given on the importance of thorough responsibility assessment in relation to recent crimes.
Keywords: Personality disorders, responsibility, ethics, crime.

Recibido: 08/08/2012 ­ Aceptado: 03/01/2013 ­ Publicado: 13/02/2013

* Correspondencia: juanmontorolopez@gmail.com
1,2,3,4y5 Hospital Clínico Universitario de Valladolid

Psiquiatria.com ­ ISSN: 1137-3148
© 2013 Montoro López J, García Cantalapiedra MJ, Valle Escalante A, Muñoz León I, Ruiz Otazo A.

Montoro López J. Psiquiatria.com. 2013; 17:2 - http://hdl.handle.net/10401/6156

Sobraría mencionar la alta prevalencia con que los trastornos de la personalidad se dan en
nuestro entorno. Es más frecuente aún, como es lógico, la presencia aislada de rasgos de
personalidad problemáticos para el paciente o para los que lo rodean; recordemos que es este el
criterio fundamental de los propuestos por la Organización Mundial de la Salud (1) para
distinguir entre existencia o ausencia de enfermedad.
No se corresponde esta cuestión con el objeto de este artículo, ni tampoco lo es el estimar dichas
frecuencias de aparición en el medio occidental, su ascenso o descenso, o su variable
distribución por clases sociales. Sí nos incumbe la importancia, creemos que creciente, de los
debates sobre la responsabilidad, tanto legal como moral, de quienes sufren alguno de estos
trastornos.
Sin duda mueve a la reflexión el hecho de que, a diario y en todas las ciudades, un enorme
número de veces se saque a colación la enajenación mental de personas acusadas de delitos,
pidiendo absoluciones (morales, por lo menos) en casos muy dispares, desde el más nimio de los
delitos hasta el genocidio (2). La altísima frecuencia con que esto sucede por fuerza ha de incitar
al movimiento de ideas en otras dos vertientes de esta circunstancia: la moral y la psiquiátrica.
No es fácil, y quizá no es deseable, abordar el tema sin que estas diferentes facetas se entrelacen.

Los trastornos de la personalidad en nuestro medio
La edición actual de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) (1) incluye en su
definición de trastorno de la personalidad las siguientes características, expuestas aquí de forma
resumida: es un patrón estable de comportamiento, expresión del modo de relacionarse con
otros, resultante tanto de la constitución como del ambiente, desviación de la norma, amplio
en su repercusión en múltiples áreas de la conducta y del funcionamiento; como condición
última, que genera sufrimiento.
Apuntamos a continuación dos definiciones, de recorrido también antiguo, que creemos de
sumo interés.
Kurt Schneider (1946), en su reputada Psicopatología clínica (3), distinguía entre
personalidades anormales, las meras desviaciones del término medio, en ocasiones difíciles de
delimitar, y personalidades psicopáticas; el criterio que determina las segundas es el
sufrimiento de uno mismo o causado a otros. Según Schneider, no se puede hablar de estos
trastornos sin utilizar valoraciones sociológicas, es decir, desde un punto de vista puramente
psicológico (si es que tal cosa es posible).
Para Theodore Millon (2004) (4) es esencial la acumulación de rasgos de personalidad
anómalos. Cuando varios de estos rasgos se juntan, se definen prototipos, que corresponden a
las categorías diagnósticas en que se basan los sistemas de clasificación normativos, la CIE y el
DSM. Rara vez, explica este autor, las personas reales son como dichos prototipos; sí son
semejantes a ellos en muchos aspectos, lo que convierte estos modelos en instrumentos útiles
para ordenar la teoría y la práctica médica y psicológica.
Existe, pues, un amplio consenso en lo que respecta a la clasificación de los trastornos de la
personalidad, o, al menos, la mayoría de quienes la critican la consideran en cambio adecuada
para la comunicación eficaz entre profesionales. Sin embargo, el marcar cuándo un paciente
sufre uno de estos trastornos, o cae dentro de la normalidad, está sujeto a una gran variabilidad
entre terapeutas. Es muy dificultoso unificar con detalle los criterios para ello, ya estos alcanzan
de lleno un buen número de preguntas sin respuesta sobre la condición humana, sobre la salud,

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sobre la medicina, y que cada uno contestaría de distinta manera. ¿Qué es normal y qué no lo
es? ¿Qué es enfermedad y qué es salud? ¿Es mórbida esta manera de pensar que este paciente
comparte conmigo? ¿Hasta qué punto esta persona sabe lo que hace, controla sus actos,
distingue entre el bien y el mal? ¿Es enfermizo buscar el mal?
En estas condiciones, estimar con exactitud la prevalencia de cada trastorno de la personalidad,
o de la suma de todos ellos, es imposible, en nuestra opinión. Pero, en apariencia, los rasgos
característicos de algunas de estas categorías diagnósticas, como el trastorno límite, el
histriónico o el anancástico, son muy frecuentes en cualquier población.
Cabe recordar que ciertos paradigmas de personalidades anormales, desaparecidos de las
clasificaciones modernas, resultarían muy adecuados en una exposición sobre la
responsabilidad en los trastornos de la personalidad; es el caso, por ejemplo, de los llamados
psicópatas desalmados.

La responsabilidad moral en los trastornos de la personalidad
Antes de adentrarnos en este aspecto de las personalidades anormales, no se debe obviar el
hecho de que el concepto de trastorno de la personalidad, y sus categorías actuales, son
fundamentalmente denominaciones clínicas y prácticas. Dada la separación de los sistemas de
clasificación de teorías y corrientes de pensamiento, en busca de un gran consenso, se ha
pretendido abandonar referencias a etiologías y patogénesis. Así, han caído en desuso oficial
términos como histeria o melancolía, con fuertes connotaciones causales. Se encuentran, sin
embargo, firmemente arraigados en el lenguaje diario, tanto el común como el clínico; en el caso
del segundo, con mayor resistencia a desaparecer de las nosologías. En general, se busca una
nomenclatura más descriptiva y menos dogmática.
Esto tiene como consecuencia que dentro de una misma categoría diagnóstica pueden caer
trastornos con orígenes completamente distintos en su esencia. De este modo, un trastorno
esquizoide de la personalidad puede ser una expresión extrema de un grupo de dimensiones:
introversión, escasa sociabilidad, extravagancia, soledad, frialdad emocional; todas ellas
presentes en una magnitud anormal, en el sentido de anormalidad estadística. Y una alteración
similar podría deberse, por el contrario, a una esquizofrenia, es decir, una enfermedad, algo de
cualidad muy diferente, una psicosis que solo o que todavía solo afecte a la personalidad.
Volviendo al consenso, lo que prácticamente todos aceptan como verdadero es que tanto lo
innato como lo ambiental participan de la generación de un trastorno de la personalidad.
Dependerá de la corriente de pensamiento en que cada uno se alinee el peso y las
particularidades que se han de atribuir a cada factor. Así que la forma en que vemos el mundo,
nos relacionamos con él y nos comportamos, por lo menos en parte, nos viene dada. Es legítimo
preguntarse hasta qué punto se extiende este determinismo.
Sea cual sea la forma en que se interpreta una anomalía de personalidad, ya como anormalidad
estadística o como enfermedad propiamente dicha, ha de tomarse en consideración si se
encuentran afectados los mecanismos con los que los seres humanos interpretamos y hacemos
nuestras las normas de un sistema moral. La capacidad de juicio, si se viera alterada, limitaría
en gran medida la responsabilidad del afectado; sucede de forma clarísima en algunos casos,
dudosa en la mayoría. Rizando el rizo, ¿qué ocurre cuando voluntariamente se programa la
afectación del juicio para un rato más tarde, como ocurre con la embriaguez? El Derecho da
respuestas ciertamente ambiguas y difíciles de comprender para los legos; el uso de alcohol es

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atenuante en unos casos y agravante en otros. ¿Y cuando entrecomillamos la palabra
"voluntariamente" en adictos o grandes predispuestos a las adicciones?
Estos razonamientos pueden extenderse a muchos otros aspectos relacionados con el
determinismo o la predestinación, o su ausencia. Los extremos son a veces claros y aberrantes;
las situaciones intermedias, que suelen ser las reales, son inciertas y de fronteras borrosas.
Nadie justificaría un asesinato cruel llevado a cabo por un pobre de solemnidad, por el mero
hecho de serlo; nadie diría aquí que la sociedad es la culpable. Nadie quitaría mérito a un acto
heroico sólo porque el héroe en cuestión fue educado bien, o porque heredara el coraje de sus
padres. Pero sí veríamos como normal, comprensible, casi automático, justificado en el uno y
exigido en el otro, que el pobre se colara en el autobús y que el héroe ayudara a una anciana a
cruzar la calle.
Los impulsos, sus características y la dificultad para controlarlos tienen considerable
importancia en algunos trastornos de la personalidad. Esta dificultad define de forma nuclear el
trastorno límite; en él su relación con la responsabilidad es también muy significativa. Son
habituales en estos pacientes las autolesiones, los actos suicidas o parasuicidas, las rupturas
súbitas de pareja y las igualmente súbitas uniones, y la violencia. Muy probablemente, se abusa
en la literatura psiquiátrica del concepto de imposibilidad de control de los impulsos.
Definiendo así lo que para muchos es nada más (y nada menos) que una dificultad, en lugar de
cosa imposible, la responsabilidad del que padece el trastorno se esfuma, desaparece por
completo. Es una exageración determinista, se diría que luterana. Tampoco tiene sentido el
tratamiento médico o psicoterapéutico de algo que se considera imposible de corregir. Este uso
del lenguaje alienta además la no asunción de responsabilidades en pacientes en que uno de los
principales objetivos es precisamente el que esto ocurra. Se apuntalan así distorsiones
cognitivas ya existentes o se fraguan otras nuevas.
En buena medida, las concepciones modernas de la Psiquiatría en lo respectivo a la voluntad se
basan en la ética de Max Scheler (5), y, por ende, en la de Kant (6). Son éstas éticas
marcadamente antiutilitaristas. La voluntad es definida como la posibilidad del ser humano
para elegir entre tendencias, impulsos, disposiciones del ánimo. Volviendo a Schneider, este
autor considera la voluntad como una categoría de una jerarquía más elevada que los impulsos,
aunque su acción se base en ellos; la voluntad deja libre los impulsos o los frena, pero apenas es
capaz de modificarlos.
Ningún sistema ético es impermeable a tradiciones religiosas y morales, a ideas políticas. Al
tratar el tema de la responsabilidad humana, nos embebemos en mayor o menor grado de estos
condicionantes sociales. El luteranismo y su sola fide, el catolicismo y su libre albedrío. El
pensamiento libertario de Kropotkin (7) y su búsqueda de causas de la delincuencia (y de la
enfermedad mental) en las desigualdades sociales, la sociología de Foucault (8), la
antipsiquiatría, el liberalismo económico extremo...
De nuevo, con toda esta trama ideológica detrás, y desde un punto de vista moderado, podemos
advertir pacientes en que la voluntad se encontraría sumamente afectada, así como otros en los
que claramente no lo está. Predomina, como siempre, el término medio. En los trastornos de la
personalidad, más bien, creemos que la voluntad en sí misma rara vez se ve afectada, salvo,
claro está, si existen trastornos comórbidos.
Aunque con frecuencia y, a menudo, con mala intención, se confundan estas concepciones, la
pérdida de memoria no implica forzosamente una alteración de la voluntad o del juicio en el
momento de los hechos.

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Por último, y abarcando un ámbito más amplio que el de los trastornos de la personalidad,
conviene recordar que una etiqueta diagnóstica per se no conlleva veredicto sobre la afectación
del juicio, los impulsos, la voluntad, la memoria, la responsabilidad. Solo dentro del contexto el
diagnóstico y las impresiones clínicas tendrán sentido.

Los trastornos de la personalidad y el crimen
Son tantas las maneras posibles de enfocar este tema, tanto lo que se ha escrito, que nos
centraremos únicamente en una realidad, con la que se presentó este artículo: la importancia
cuantitativa de la evaluación de la responsabilidad en la relación entre Derecho Penal y
Psiquiatría; concretamente, dentro de la segunda, en lo referido a los trastornos de la
personalidad.
Tomaremos en consideración estos trastornos en su conjunto, pero no con igualdad de
condiciones entre cada entidad diagnóstica, ya que, en esta población, predominan claramente
las agrupados en el cluster B.
Varios estudios cuantitativos se han llevado a cabo en los últimos años con la intención de
medir, contar, la participación de los trastornos de la personalidad en el ámbito penal. Mohíno
et al. (2011) (9) estudiaron todas las sentencias del Tribunal Supremo español dictadas desde el
1 de enero de 2000 hasta el 31 de octubre de 2006. Se reconocía la existencia de trastorno de la
personalidad en 95 casos, de los que un tercio correspondían a homicidios. El Tribunal Supremo
redujo la responsabilidad penal de un buen número de ellos, si bien en unos pocos casos se halló
un trastorno del eje I coincidente.
Por regiones, el uso de este tipo de trastornos como defensa en un juicio es más frecuente en
Europa que en Norteamérica (2). Incluso en los tribunales internacionales, como el Tribunal
Penal para la Antigua Yugoslavia, se ha utilizado, si bien es verdad que en casos menores. Así, el
primero de los acusados en defenderse de este modo fue un vigilante de un campo de
prisioneros. Los grandes responsables de crímenes de guerra, en cambio, huyen de toda
referencia a la salud mental; no buscan ser considerados locos, sino héroes, salvadores de la
patria.
En nuestra provincia, Valladolid, recientemente han ocurrido dos casos de infanticidio múltiple,
con gran cobertura por parte de los medios de comunicación. La presunta homicida en uno de
los casos, madre de los niños, se suicidó hace pocos meses; con respecto al otro crimen, en el
que murieron tres niños tutelados por la Junta de Castilla y León, su presunta autora se
encuentra en prisión preventiva y aún no ha sido juzgada, aunque los informes forenses ya han
dictaminado que es imputable. Se determine o no en definitiva que esta mujer padezca un
trastorno de personalidad, esta posibilidad ya fue aventurada (aunque no en estos exactos
términos) por la prensa y por los allegados de ella a los pocos minutos de conocerse los hechos.
O así lo entendemos, quizás algo libremente, por expresiones como "arrebato de locura" (si el
modelo de "locura", para la mayoría de los médicos, sería la esquizofrenia, para muchos
profanos es el trastorno de la personalidad).

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Conclusiones
La relación entre trastornos de la personalidad, o rasgos de personalidad anómalos, y
responsabilidad moral o legal, tiene gran importancia en Medicina, pero mucha más aún en
amplios ámbitos de la vida. En este sentido, lo aprendido con las psicopatías, extremos
sintomáticos, es extensible a las personalidades normales en gran parte. Prácticamente
cualquiera se ha preguntado alguna vez si tal o cual persona sabe lo que hace; son cuestiones en
liza desde el origen de la Psiquiatría moderna, no resueltas. ¿Es cierto que no pudo resistirse al
impulso, como dice? ¿Hasta qué punto puede decidir y qué ración de su conducta viene
impuesta? ¿La responsabilidad o su ausencia se aprende, se hereda, se decide? ¿Dónde termina,
y dónde empieza, la voluntad?
Un buen número de juristas y forenses son partidarios de que leyes o protocolos se hagan más
precisos, lo que facilitaría su labor. Esto es indudable, pero se corre el riesgo de desatender lo
particular, lo cambiante en cada caso, en cada persona, que es lo decisivo. Es más, si así se
hiciera, creemos que sería un error basarse estrictamente en las clasificaciones clínicas más
usadas, que no han sido diseñadas con ese fin ni con una visión estrictamente científica, sino
con las prioridades del consenso médico y la utilidad clínica.
Y, teniendo en cuenta la dimensión social del problema, las actitudes deberían encaminarse, por
lo menos, a no ir hacia atrás, a no caer en el sensacionalismo, el prejuicio, la ignorancia. A no
reducir a simplezas la enorme complejidad de la conducta y el alma humanas.

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Montoro López J. Psiquiatria.com. 2013; 17:2 - http://hdl.handle.net/10401/6156

Referencias
1. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Clasificación Internacional de las Enfermedades, CIE-9-MC, 8ª ed.
Madrid: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad; 2011.
2. Sparr LF. Personality disorders and criminal law: an international perspective. J Am Acad Psychiatry Law.
2009;37(2):168-81. http://www.jaapl.org/content/37/2/168.long
3. Schneider K. Psicopatología Clínica. Madrid: Fundación Archivos de Neurobiología; 1997.
4. Millon T. Trastornos de la personalidad en la vida moderna. Barcelona: Masson; 2006.
5. Scheler M. Der Formalismus in der Ethik und die materiale Wertethik: Neuer Versuch der Grundlegung eines
ethischen Personalismus. Boston: Adamant Media Corporation; 2004.
6. Kant I. Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid: Espasa Calpe; 1980.
7. Kropotkin P. La conquista del pan. Buenos Aires: Anarres; 2007.
8. Foucault M. Historia de la locura en la época clásica. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica de Argentina; 2012.
9. Mohíno S, Pujol A, Idiáquez I. Personality disorders and criminal responsibility in the Spanish supreme court. J
Forensic Sci. 2011 Jan;56(1):150-4. http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed?term=20887351[uid]

Cite este artículo de la siguiente forma (estilo de Vancouver):
Montoro López J, García Cantalapiedra MJ, Valle Escalante A, Muñoz León I, Ruiz Otazo A. La
responsabilidad en los trastornos de personalidad. Psiquiatria.com [Internet]. 2013 [citado 13
Feb 2013];17:3. Disponible en: http://hdl.handle.net/10401/6156

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