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El Supremo desestima la demanda de Psiquiatría por su 'derecho al honor'



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Noticia | 19/07/2024

 


La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial que desestimó la demanda de la Sociedad Española de Psiquiatría (SEP) contra las asociaciones Citizens Commission on Human Rights (CCHR) y Comisión Ciudadana de Derechos Humanos de España (CCDH). En esta demanda, la SEP acusaba a ambas organizaciones de difamación por el contenido en sus sitios web, donde se acusaba a los psiquiatras de ser "delincuentes".


La SEP argumentaba que dichas publicaciones atentaban contra el honor de sus miembros, alegando que los psiquiatras eran calificados de "delincuentes, precursores de genocidios, y narcotraficantes", entre otras acusaciones. Estas afirmaciones incluían acusaciones de abuso sexual, abortos coactivos, y conexión con el terrorismo internacional. La SEP sostenía que tales declaraciones, no amparadas por la libertad de expresión ni el derecho a la información, dañaban el honor de sus miembros.


Acusaciones contra psiquiatras "fuera de plazo"La Sala reconoció la legitimidad de la SEP para defender el honor de sus miembros. Sin embargo, al considerar la caducidad de la acción, diferenciaron entre las actuaciones de las demandadas.


Respecto a la CCDH (la sociedad española), consideraron que la acción no estaba caducada debido a la continuidad y unidad de propósito en las publicaciones desde 2007 hasta 2019. Por otro lado, evaluaron que las publicaciones de la CCHR (sociedad americana) estaban fuera de plazo, ya que desde 2013 no habían realizado nuevas publicaciones que la SEP pudiera considerar difamatorias.


El Tribunal Supremo calificó las publicaciones como "severas" y con expresiones "crudas", enmarcadas dentro de un "debate público" sobre prácticas psiquiátricas controvertidas, como los "internamientos involuntarios, uso de drogas psicotrópicas, especialmente en niños o adolescentes, o tratamientos quirúrgicos o electroconvulsivos".


“Esas opiniones y juicios de valor no están desprovistas de una base fáctica suficiente, siendo relevante también que tales prácticas no se refieran a personas concretas, identificables con sus datos personales”, explica el Poder Judicial.


Debate público sobre prácticas psiquiátricas "controvertidas"Además, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), el Tribunal Supremo consideró que no se superaba el "umbral de gravedad" necesario para considerar que hubo una afectación ilegítima del honor. “Se trata de un colectivo profesional con posibilidades de intervenir en el debate público y replicar las opiniones desfavorables vertidas en la web de CCDH”, detalla.


Por ello, la Sala Primera concluye que eliminar las publicaciones "sería una restricción excesiva de la libertad de expresión que no estaría justificada por una necesidad social imperiosa".


 

Fuente: Redacción Médica
Palabras clave: Supremo, psiquiatría, honor
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