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De cáncer a esclerosis, Primaria amplía el permiso laboral antisuicidios



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Noticia | 13/02/2023

Familia y Pediatría lo tienen claro: los permisos para cuidadores de personas en riesgo de suicidio no deben circunscribirse solamente a las personas con problemas de Salud Mental.  La puerta que ha abierto la Proposición No de Ley (PNL) de Más País en este sentido, ha hecho que médicos de ambas especialidades reclamen el mismo derecho para familiares o cuidadores de personas con otras patologías. Los pediatras señalan que los padres de niños con enfermedades graves pueden pedir una reducción de jornada con compensación económica. Por su parte, la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG) apunta a que es necesario mejorar esta situación a través de un sistema de liberación para los padres con hijos que no estén en edad pediátrica y que requieran cuidados especiales.

La SEMG apunta a que la propuesta de un permiso para compañantes de personas en riesgo de suicidio, per se, puede ser un “gran avance social”, pero que debería plantearse desde otra perspectiva. “No debe ser una baja laboral, sino un sistema de liberación”, incide Antonio Torres, responsable del Grupo de Trabajo de Salud Mental de la propia sociedad médica. Un sistema parecido al que dispone España en los casos por bodas, mudanzas o por pruebas académicas, detalla.

Es decir, autorizar esa pausa en la actividad laboral sin sufrir variaciones en la nómina mensual. Desde la SEMG apuntan a trabajar más en ese ámbito en lugar de en la baja laboral. También ponen el foco en la duración de ese permiso remunerado, puesto que los problemas que puede tener un paciente politraumatizado por un accidente pueden llevarle a un cuidado constante mayor al del período de las dos semanas.

No obstante, desde Familia inciden en que las situaciones pueden ser diversas. Ponen el foco en otras patologías que tienen procesos diagnósticos y tratamientos largos: “Cómo va a actuar una persona que va con un familiar a la consulta y le dicen que tienen que intervenirle y que además tienen que hacerlo con rapidez, con todo el proceso de pruebas que ello conlleva”. En esa situación, “muchas personas se preguntarán que por qué a ellos no les dan ese permiso”, señala Torres.



Paso adelante en el modelo familiar del Siglo XXI


Otro aspecto a tener en cuenta y que recalcan desde la SEMG es el actual modelo familiar y social que hay a día de hoy en España. La evolución social en estas últimas décadas ha llevado a la familia española a ser “diversa”, con muchas familias con un solo hijo, lo que hace que alguien del núcleo familiar tenga que “renunciar” a su trabajo para dedicarse al cuidado constante de esa persona. Una situación que desde Familia creen que no debería llegar a darse, por lo que ven con buenos ojos “darle una vuelta más” a la iniciativa de Más País.

En Pediatría, por ejemplo, Torres recalca que hay casos de niños que necesitan una ayuda constante: “Hay pacientes que necesitan apoyo durante toda su vida, unos 25 o 30 años de cuidados. Ahí hay un miembro de la familia que renuncia a su trabajo para cuidarlo”.


En Pediatría sí es posible un permiso para cuidar a los niños


Los padres con niños con enfermedades graves sí tienen un Real Decreto, el 1148/2011, que regula cómo pueden pedir una compensación, tal y como explica Pedro Gorrotxategi, vicepresidente de la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (AEPap).

Esta normativa, recoge que a los padres que se acojan a una reducción del 50 por ciento de su jornada por cuidado de un niño con una enfermedad grave y "les compensan según el salario". "No es una baja", enfatiza, pero es otra manera de facilitar a los padres el cuidado de sus hijos.

El propio real decreto recoge en un anexo todas las enfermedades que se pueden acoger a este permiso. Entre ellas, también hay afecciones relacionadas con la Salud Mental, como trastorno de la conducta alimenticia, depresión grave, trastornos psicóticos, esquizofrenia o trastorno de la conducta grave. "Aunque no habla de suicidios, podría entrar dentro de depresión grave y las mutuas tendrían que conceder la compensación", comenta el pediatra.

Entre las enfermedades que incluye el Real Decreto de 1148/2011 están diferentes tipo de cáncer, esclerosis múltiple, distintas cardiopatías, transplantes, enfermedades raras, diversas cirugías y cuidados paliativos.

"En Pediatría bajas no podemos dar porque los padres no son nuestros pacientes. Pero sí podemos hacer una indicación de que ese niño necesita unos cuidados especiales", afirma el especialista. En estos casos, es el médico que atiende al niño el que hace la "indicación" de que el menor "necesita cuidados", cuenta Gorrotxategi. "Pueden ser los oncólogos pediátricos, neonatólogos o los pediatras", indica. "En Atención Primaria también se hacen. Por ejemplo, yo he tenido el caso de un niño con parálisis cerebral y uno de sus padres se está ocupando de su cuidado", explica. " Lo que hago es rellenar la indicación de que el padre necesita el tiempo para realizar estos cuidados".

Este pediatra señala que los padres necesitan una ayuda "para que tengan la forma de protegerse y, así, poder proteger a sus hijos y esta pnl va por ahí", señala Gorrotxategi. En el caso de los pacientes pediátricos, existe el real decreto. Pero estos niños crecen y siguen necesitando cuidados: "Hay que facilitar que los padres puedan descargarse del trabajo para que puedan cuidar de sus hijos enfermos, porque ¿quién va a cuidar mejor de ellos que sus padres?", reflexiona el pediatra.



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Fuente: Redacción Médica
Palabras clave: suicidio, esclerosis, cáncer, permiso laboral

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