En el Servicio de Psiquiatría Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla, el Médico Forense acude junto al Juez a las plantas de psiquiatría hospitalarias tres días a la semana para regularizar los ingresos urgentes involuntarios que han acontecido en las últimas horas, merced al artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Dicho artículo establece lo siguiente en su primer punto
Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico. 1. El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí, aunque esté sometida a la patria potestad o a tutela,, requerirá autorización judicial, que será recabada del tribunal del lugar donde resida la persona afectada por el internamiento.
A partir de una casuística particular, el autor del trabajo pretende hacer hincapié en la relevancia que los episodios maníacos de un trastorno afectivo bipolar presenta en estos procedimientos judiciales, así como la importancia sociosanitaria de dicho trastorno.
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