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El derecho del paciente a ser informado es un derecho de naturaleza personal encuadrado técnicamente. De una relación de confianza acrítica (paternalística), el paciente ha pasado a co-decidir con su médico, y para esto debe saber sobre lo que éste le propone. Este "saber para poder consentir o rehusar" introduce al paciente en aspectos propiamente técnicos de la medicina. Dicho encuadre técnico del consentimiento en medicina, se hace más complejo en psiquiatría. En los pacientes psiquiátricos el proceso del consentimiento implica un juicio balanceado entre el "respeto a la persona" del paciente y la necesidad terapéutica de "modificar su intención patológica". Proceso de consentimiento, diferente según el tipo psicopatológico y que plantea dificultades especiales en los pacientes psicóticos crónicos.
La tecnicidad que implica la psiquiatría en su especificidad (por el objeto médico específico que es la enfermedad mental) no puede ser ignorado al establecer las regulaciones legales del deber que tiene el psiquiatra de informar a su paciente (para que estos marcos jurídicos no sean antitécnicos).