La undécima edición de los Encuentros Jurídico-Psiquiátricos de Córdoba estuvo dedicada a debatir sobre los Trastornos del control de los impulsos y su relación con las personalidades antisociales, dado el interés de ambas especialidades a la hora de evaluar su culpabilidad y peligrosidad.
Los temas que se trataron pusieron de manifiesto, otra vez más, que la explicitación de los términos en cuanto a su esencia, formalidad y finalidad es del todo necesaria para evitar los malos usos en la praxis médico-forense y en la jurídica. Por otra parte, se constata, de nuevo, que juristas y psiquiatras están destinados a encontrarse en un espacio común de entendimiento conceptual.
En este libro, uno de sus autores, el magistrado Carlos Lledó, afirma en el comienzo de su capítulo: “en el permanente dialogo, nunca exento de tensiones, entre Psiquiatría y Derecho ocupa sin duda un lugar estelar la necesaria determinación de que las personas deban o no responder penalmente de sus actos, lo que tradicionalmente y desde las distintas ópticas se ha venido conectando con el libre albedrio, la capacidad de ser motivado por la norma o, en su formulación más clásica, la conservación de las básicas capacidades de entender y querer; esto es, conocer qué conductas son socialmente inaceptables y poder actuar conforme a esa comprensión”.
Los trastornos del control de los impulsos y las personalidades psicopáticas, ahora englobadas en la denominación de “antisociales”, plantean al psiquiatra y al jurista innumerables desasosiegos intelectuales e incertidumbres prácticas.
En este tipo de nosotaxias es donde se hace más explícita la esencia de un peritaje psiquiátrico, el análisis motivado de los mecanismos e intensidad de las distorsiones o anulaciones que puedan haber existido en las funciones psíquicas que intervienen en los fenómenos del conocer y del querer que son los que fundamentan el principio de culpabilidad.
Las víctimas de estos delincuentes y las que temen llegar a serlo retroalimentan la alarma social ante este tipo de sujetos y nos sitúa ante el problema añadido de la victimización.
En los capítulos de este libro se da cumplida respuesta a estos dilemas y se pone de manifiesto una vez más la fertilidad de estos encuentros.
Fundación Española de Psiquiatría editado por psiquiatria.com
LOS TRASTORNOS DEL CONTROL DE LOS IMPULSOS Y LAS PSICOPATÍAS:
Psiquiatría y Ley Documentos Córdoba 2015
Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental
Psiquiatría y Ley
Antonio Medina, Mª José Moreno, Rafael Lillo y Julio Antonio Guija
(Editores)
XI Jornadas Jurídico-Psiquiátricas.
Córdoba, 2 y 3 de octubre de 2015
Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental
Madrid, 2017
© Del prólogo: Los editores
© De la obra: Los autores
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Primera edición 2017
Nº de páginas: 167
ISBN:
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Ponencias:
1. Actualización conceptual de los Trastornos del control de los impulsos. María Dolores Franco Fernández.
2. Implicaciones prácticas de la nueva ubicación nosotáxica de los Trastornos de personalidad antisocial en el DSM-5. Blanca Morera Pérez.
3. Análisis forense de los Trastornos del control de los impulsos. Julio Antonio Guija Villa.
4. Implicaciones jurídicas en los diagnósticos forenses de Trastornos del control de los impulsos. Carlos Lledó González.
5. Perspectiva jurisprudencial del Trastorno de control de los impulsos. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
6. Tratamiento jurídico de las conductas impulsivas en el menor delincuente. Jorge Jiménez Martín.
Prólogo
La hostilidad con que se miran recíproca y habitualmente los jueces penales y los peritos médicos, sobre todo los psiquiatras, tiene hondas raíces.
Pedro Dorado Montero (1905)
La undécima edición de los Encuentros Jurídico-Psiquiátricos de Córdoba estuvo dedicada a debatir sobre los Trastornos del control de los impulsos y su relación con las personalidades antisociales, dado el interés de ambas especialidades a la hora de evaluar su culpabilidad y peligrosidad. Los temas que se trataron pusieron de manifiesto, otra vez más, que la explicitación de los términos en cuanto a su esencia, formalidad y finalidad es del todo necesaria para evitar los malos usos en la
praxis médico-forense y en la jurídica. Por otra parte, se constata, de nuevo, que juristas y psiquiatras están destinados a encontrarse en un espacio común de entendimiento conceptual.
A primera vista, la cita de Dorado Montero que antecede a este prólogo puede dar la impresión de parecer un contrasentido con los fines que desde hace doce años venimos persiguiendo con estas jornadas anuales, si no fuese porque esas palabras provienen de un libro que publicó en 1905 bajo el título "Los peritos médicos y la justicia criminal", con el que intentó sentar las bases de un futuro entendimiento de juristas y psiquiatras, una vez que ambos hubiesen abandonado sus prejuicios.
Dorado Montero fue una persona que dedicó la mejor y más productiva parte de su vida académica a
la defensa del "correccionalismo penal". Sus palabras deben ser entendidas desde el interés que este
jurista tenía en defender que la pena no debía ser retributiva sino correctiva de la voluntad criminal,
en base a un estudio psicológico y, también, de que el tratamiento del interno debía ser individual,
sobre la base del estudio de su peligrosidad criminal.
Del mismo modo, en este libro, uno de sus autores, el magistrado Carlos Lledó, afirma en el comienzo de su capítulo: "en el permanente dialogo, nunca exento de tensiones, entre Psiquiatría y Derecho ocupa sin duda un lugar estelar la necesaria determinación de que las personas deban o no responder penalmente de sus actos, lo que tradicionalmente y desde las distintas ópticas se ha venido conectando con el libre albedrio, la capacidad de ser motivado por la norma o, en su formulación más clásica, la conservación de las básicas capacidades de entender y querer; esto es, conocer qué conductas son socialmente inaceptables y poder actuar conforme a esa comprensión".
Los trastornos del control de los impulsos y las personalidades psicopáticas, ahora englobadas en la denominación de "antisociales", plantean al psiquiatra y al jurista innumerables desasosiegos intelectuales e incertidumbres prácticas.
En este tipo de nosotaxias es donde se hace más explícita la esencia de un peritaje psiquiátrico, el análisis motivado de los mecanismos e intensidad de las distorsiones o anulaciones que puedan haber existido en las funciones psíquicas que intervienen en los fenómenos del conocer y del querer que son los que fundamentan el principio de culpabilidad.
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