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14/03/2017
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ong>Resumen
El poema del siglo 17 de R. Lovelace A Althea, desde la Prisión alude a la capacidad de una mente tranquila de trascender la imposición implícita en las instituciones que privan de su libertad a las personas. Sin embargo, nuestras cárceles no están llenas de mentes inocentes y tranquilas; más bien, están saturadas de mentes perturbadas por la experiencia de la enfermedad mental1 . Existe la necesidad de llegar a las prisiones para abordar las necesidades de salud mental, pero las paredes de piedra y las barras de hierro representan obstáculos a este intento. Los sistemas concebidos para atender y tratar las enfermedades mentales luchan en las instituciones concebidas para castigar, disuadir e incapacitar. Sin embargo, a las personas se les envía a la cárcel como castigo, no para castigo, lo cual exige que comprendamos cómo se puede aplicar el tratamiento humano en estos entornos. La existencia de diversos instrumentos internacionales de derechos humanos (como el Convenio Internacional en Derechos Civiles y Políticos y el Convenio contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes) son necesarios, pero no suficientes en sí para garantizar una atención apropiada y humana a algunos de los miembros más vulnerables de nuestra ciudadania2 .
En todo el mundo más de 10 millones de personas se mantienen en instituciones penales en un determinado momento y más de 30 millones de personas pasan por las prisiones cada año, y algunas regiones experimentan un crecimiento de las prisiones muy por arriba del crecimiento de la población. Existe un riesgo elevado de mortalidad por todas las causas, incluido el suicidio, para los prisioneros en custodia3 y para los ex prisioneros poco después de su liberación4 . Por consiguiente, tenemos un interés colectivo en garantizar que se identifique las necesidades relacionadas con la salud y la atención y que se preste la atención eficaz durante el encarcelamiento y el periodo crítico de la transición a la vida en la sociedad.
La investigación en este campo ha generado cada vez más claridad sobre los problemas centrales que deben abordarse para proporcionar un modelo de atención integral a prisioneros dementes. En primer lugar, en las prisiones se debe detectar la enfermedad mental, en la recepción y en otras etapas críticas. Se han desarrollado por lo menos cinco de estos instrumentos de detección5 . Sin embargo, se necesita cribado adicional y medidas para el hallazgo de casos a fin de garantizar la identificación exhaustiva de los casos. Una vez que se identifica la necesidad, puede ser necesario el traslado de los más enfermos al hospital. La legislación en salud mental debe dar cabida a tales traslados. En otros casos, la atención en la prisión suele brindarse a través de equipos de salud mental intramuros, que se han vuelto cada vez más sistemáticos para crear vías de atención y tratamiento para los prisioneros con enfermedades mentales graves, e incluso contribuyendo a los procesos de liberación para permitir la participación clínica sostenida en la liberación6..
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World Psychiatry (Ed Esp)