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El freno al acoso laboral en sanidad pasa por incluir el mobbing en la baja



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Noticia | 12/12/2023

Ni el Sistema Nacional de Salud (SNS) ni el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) cuentan con ningún tipo de registro que cuantifique las situaciones de acoso laboral o mobbing que padecen los trabajadores españoles, entre los que se encuentran los profesionales sanitarios. Se trata, según recalcan desde el sector, de un problema que está “tapado” en España y del que “no se quiere que se sepa ni que se conozca”. Pero, ante esa situación, desde la Atención Primaria española urgen a modificar las bajas laborales para que pueda definirse en ellas que la baja ha sido dada por una situación de acoso en el trabajo.

Ese es una de las grandes ‘barreras’ con las que cuenta España a la hora de hacer frente a esos escenarios, pues sin ese registro en la propia baja, el caso de mobbing pasaría desapercibido para el sistema. “No existe ese concepto de dar la baja por acoso laboral. De hecho, el INSS ha emitido un informe explicando que, si hay acoso laboral, no hay que dar nunca un parte de baja, porque se relaciona con una enfermedad”, comenta a Redacción Médica Francisco José Sáez, vocal en la Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (Facme) en la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG).

Y es que el problema de dar la baja en el centro de salud ante ese tipo de escenarios es, según prosigue el especialista, que se equipara el acoso laboral con una patología médica, por lo que no se reconoce la situación de acoso. Es por ello que Sáez recalca en la importancia del modelo del parte de baja en el que se estipule que ese parte se ha dado debido a una situación de acoso laboral. Sin ese registro, en Primaria creen que no podrían mejorar la situación. “Si se registra que es acoso laboral, no se puede dar la baja y tendría que derivarse al servicio de prevención de riesgos laborales o a la mutua. Hace bastantes años esa situación sí se contemplaba, el dar la baja por acoso laboral y registrarlo como tal. Por lo que, si tenemos que seguir como hasta ahora, habría que habilitar esa posibilidad”, argumenta.

“Cuando se produce un acoso laboral, se supone que es un acoso en el trabajo y que las mutuas deberían responder y asumir esa situación. Deberían hacer una exploración de la situación”, explica Sáez. El papel de las mutuas se basa, según recalca el especialista, en “derivar a la persona que ha sufrido el acoso al centro de salud para que pida la baja”. Pero su papel debería ser otro, pues Sáez enfatiza que las mutuas “deberían asumir el seguimiento de la situación para analizarlo y explicarlo, dado que es un escenario que se origina en el trabajo”. “Esto genera un problema que justificaría la baja laboral por acoso”, argumenta.


Más sobrecarga de la AP


Dicho escenario repercute de manera directa en la presión asistencial que padece el primer nivel asistencial español, ya que en lugar de solucionar esas bajas con las mutuas se solventan en el centro de salud. Así, se sobrecarga más a los médicos de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC), lo que supone un trabajo añadido para el personal de Atención Primaria: “La población acude directamente al centro de salud, generando una sobrecarga mayor con un mayor número de bajas laborales”.

Otro de los problemas que identifica Sáez en situaciones de mobbing es en relación al acoso sexual. Según comenta el especialista, en Familia identifican varios escenarios de acoso laboral que algunas trabajadoras consideran acoso sexual. “Hay una cantidad de acoso laboral muy alto entre las mujeres. Estas compañeras no están planteando sus situaciones como acoso laboral, sino como sexual, pues piensan que es ese escenario el que padecen”, cuenta Sáez, “huyendo” todavía más del reconocimiento del acoso en el trabajo.


Teléfono de ayuda ante el acoso laboral


Para hacer frente a toda esta situación, en Familia plantean la posibilidad de poner en marcha un número de teléfono de ayuda para que el acosado explique su caso, y así poder recibir ayuda. Sería un mecanismo parecido al del 016 en casos de violencia de género y 024 en casos de riesgo de ideación suicida. “Así, una persona que sufra acoso en el trabajo tendría la posibilidad de contarlo y, a partir de ahí, habría algún registro y un inspector del Ministerio de Trabajo podría ir a inspeccionar”, explica Sáez.

Al no asumir ese estadio, que el especialista considera que debe ser competencia de Trabajo, el caso no se registra y acaba en una “baja común”, ahondando en el secretismo del problema.



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Fuente: Redacción Médica
Palabras clave: acoso, mobbing, baja
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