A partir de abril, Aneca exigirá 5 años de experiencia laboral para tener una plaza docente en las áreas clínicas de CC de la Salud, pero el MIR contará como parte de esos años.
No es suficiente poseer conocimientos teóricos robustos y la capacidad de enseñarlos al estudiante; es imprescindible sumergirse en la experiencia práctica. Desde el próximo 1 de abril, los médicos que aspiren a un puesto permanente de docencia universitaria (profesor titular o catedrático) en las áreas clínicas de Ciencias de la Salud, deberán acreditar, como mínimo, cinco años de experiencia profesional en el ámbito clínico, ya sea en el sector público o privado. Esto significa que los aspirantes deben probar no solo su conocimiento, sino también su habilidad práctica.
Aunque este requisito es de cumplimiento obligatorio, resulta relativamente accesible para un especialista médico. Dentro de estos cinco años de experiencia, se puede contar el periodo de formación sanitaria especializada, permitiendo que los residentes recién graduados con una especialización de cinco años ya cumplan con el requisito mínimo para impartir clases en la universidad española, incluso sin haber comenzado a trabajar de manera formal.
Esta condición representa una de las principales actualizaciones en los nuevos criterios de acreditación docente establecidos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca) para este año. Los criterios, que entrarán en vigor oficialmente el 1 de abril, reemplazan a los vigentes desde 2007 (modificados ligeramente en 2015) y se han actualizado para alinearse con la nueva legislación universitaria, la LOSU y el decreto que regula el acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobado en 2023. Aunque los méritos requeridos para optar a una plaza de profesor funcionario no han cambiado significativamente en naturaleza o importancia, siendo la actividad investigadora y la experiencia docente los más valorados. Para los candidatos a catedrático, además, se valoran las capacidades de liderazgo.
La gran novedad, específicamente para el ámbito sanitario, es la experiencia asistencial. Según la normativa que se implementará pronto, esta experiencia no solo es necesaria sino también fácil de demostrar, ya que se cumple con completar el MIR o con un año de ejercicio profesional si la residencia dura cuatro años. Para que Aneca apruebe a un candidato, este debe alcanzar al menos 50 de los 100 puntos posibles, asegurando una puntuación mínima en cada uno de los tres bloques obligatorios (investigación, docencia y liderazgo), añadiendo la experiencia profesional para aquellos en el ámbito clínico.
Además, hay una modificación menor relacionada con las titulaciones de Ciencias de la Salud en cuanto a los méritos docentes, valorando ahora la tutorización o tutela docente individual, incluyendo expresamente la tutoría MIR, con una puntuación que varía según la intensidad, duración, diversidad y dedicación del tutor.
La figura del profesor vinculado, que combina la docencia con la práctica clínica y es común en las facultades de Ciencias de la Salud, también recibe atención especial en estos criterios, indicando que cada año y medio de contrato se contará como un año de dedicación docente a tiempo completo.
El documento final de Aneca se basa en el borrador inicial y en las contribuciones de la comunidad universitaria, marcando la primera vez que la agencia ha sometido a consulta pública sus propuestas de acreditación para la docencia y la investigación.