Los médicos que no hayan superado el MIR no podrán convalidar su experiencia para conseguir el nuevo título de especialista en Urgencias y Emergencias. Según ha podido saber Redacción Médica, el Ministerio de Sanidad ha cerrado la puerta a esta posibilidad, a pesar de que se trataba de una de las grandes reivindicaciones que los sindicatos habían presentado en sus alegaciones al Real Decreto que formalizará la creación de esta rama en el conjunto de la Formación Sanitaria Especializada (FSE) y que todavía se encuentran en una fase de análisis.
Fuentes de la cartera que dirige José Miñones han aclarado a este periódico que no están dispuestos a modificar el texto legislativo para facilitar, por ejemplo, que los médicos generalistas que se encargan de las emergencias en Atención Primaria puedan acreditar sus competencias gracias a sus años de experiencia en el sector. “No se contempla el acceso a Medicina de Urgencias y Emergencias para personas que no dispongan de título de especialista”, han zanjado desde el Gobierno.
La respuesta se produce después de que Metges de Catalunya propusiese este cambio en sus alegaciones al nuevo Real Decreto. El objetivo de la organización sindical pasaba por garantizar que todos los facultativos que trabajasen en algún servicio de emergencias pudieran acreditar la especialidad, independientemente de si ya habían realizado el MIR. Por eso, reclamaban que se les facilitase la convalidación mediante la realización de un examen práctico y la acreditación de su currículum.
Las vías para acreditar el MIR de Urgencias
Sin embargo, el Ministerio de Sanidad se ha aferrado a la redacción original de la norma, en la que se plantean requisitos más exigentes para conseguir el acceso al título. Podrán contar directamente con la acreditación todos aquellos especialistas que hayan prestado servicio al menos durante cuatro de los últimos siete años en las categorías de 'Urgencia Hospitalaria', 'Emergencias' o 'Urgencias', lo que excluye a los facultativos sin MIR de Atención Primaria.
Para aquellos que solo puedan acreditar una experiencia de entre dos y cuatro años, se les permitirá contar con la especialidad siempre y cuando superen previamente una prueba práctica en la que se medirán las competencias con el análisis de tres casos clínicos relacionados con el perfil profesional y utilizando como referencia el programa formativo oficial. Sanidad también facilitará esta vía para las personas que ya estaban cursando la formación especializada antes de que entre en vigor la nueva ley, siempre y cuando terminen antes que la primera promoción de especialistas de Urgencias y Emergencias y puedan acreditar su experiencia.
“La disposición transitoria primera del Proyecto de Real Decreto establece que el acceso por la vía extraordinaria al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias requiere estar en disposición de cualquiera de los títulos de médico especialista en Ciencias de la Salud o la habilitación como Médico General/de Familia, contemplada en el Real Decreto 853/1993 del 4 de junio y acrediten un ejercicio profesional en determinados centros y unidades asistenciales”, han subrayado desde el Ministerio de Sanidad a este periódico.
La respuesta se produce en un momento en el que la nueva especialidad se está sometiendo a un proceso de escrutinio con las alegaciones de los diferentes actores implicados. La Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (Semes) ya ha hecho llegar sus propuestas, con medidas como la homologación inmediata de los urgenciólogos con el resto de países que forman la Unión Europea. Mientras que desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid se ha pedido que se tengan en cuenta las particularidades de cada región para evitar una mayor escasez de personal en Atención Primaria debido a las nuevas pasarelas que permitirán convalidar el título entre las dos especialidades.