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Noticia | 08/06/2023

El 'Manual de la eutanasia' afronta una reforma para sacar al farmacéutico de la objeción y crear la figura del enfermero de referencia



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Es el Manual para la aplicación de la eutanasia que elaboró el Ministerio de Sanidad junto con las comunidades autónomas y que recoge los aspectos prácticos que debe seguir el sistema sanitario para llevar a cabo la prestación.El Manual de buena prácticas de la eutanasia es un documento previsto en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE) y que apareció cuando la ley entró en vigor, el 25 de junio de 2021.


Pues bien, según ha podido saber este diario, desde finales de abril se han celebrado varias reuniones en el seno del Ministerio de Sanidad con los equipos técnicos de las consejerías de sanidad de las comunidades autónomas y miembros de las comisiones de garantía y evaluación de la eutanasia para afrontar cambios en el texto. 


"En los casi dos años que lleva la prestación de la eutanasia en la cartera de servicios se han puesto en evidencia cuestiones que han hecho necesaria la primera revisión importante del Manual, porque se trata de un documento vivo", apunta un representante autonómico que ha asistido a estas reuniones. Para empezar, y como cuestión clave, el Manual deja de amparar el derecho del farmacéutico a objetar a la eutanasia. 


El texto actual dice, en referencia a la objeción a la eutanasia de los sanitarios, que "igualmente, podrán ejercerla los farmacéuticos/as en el caso de que sea necesaria la formulación magistral de alguno de los medicamentos que se van a administrar dentro del proceso de ayuda para morir, y en la preparación de kits de medicamentos".


¿Por qué este cambio?


 Fuentes que han intervenido en estas reuniones reconocen que esta modificación responde a la necesidad de ajustarse a la letra de la LORE, que reserva la objeción al personal directamente implicado en la prestación. 


¿Está el farmacéutico directamente implicado en la prestación? 


Pues, los representantes técnicos de las autonomías han consensuado en estas reuniones que no existe esa implicación directa, puesto que su labor se ciñe de manera exclusiva a la preparación del cóctel farmacológico que después deberá suministrar, principalmente, el personal de enfermería. Y son esos profesionales, los de enfermería, los protagonistas de otra modificación del Manual.


Las autonomías han acordado crear la figura del enfermero de referencia en la eutanasia, puesto que en la mayoría de los casos es el encargado de suministrar la medicación al enfermo. Es decir, en la práctica ya tienen un papel destacado en la prestación y, ahora, se pretende ponerlo por escrito, dándole ese reconocimiento.


¿Es el manual una norma?


El tercer cambio afecta al carácter del Manual de buenas prácticas de la eutanasia, porque mientras para algunos expertos es una norma, para otros no. El debate tiene efectos prácticos muy claros, ya que, si es una norma, como defienden la mayoría de las autonomías, lo que recogen sus casi cien páginas les vincula en la prestación de la eutanasia.  En la conclusión final de esta última cuestión ha sido fundamental que el Tribunal Constitucional, en la sentencia que rechaza el recurso de VOX a la eutanasia, considere el Manual como una norma.


Así que el debate ha quedado zanjado.La cuestión más difícil Hasta aquí, es decir, los tres puntos anteriores estaban debatidos y acordados antes de la convocatoria de elecciones generales. Sin embargo, a estas cuestiones se ha añadido un tema más que debería entrar en esta importante reforma del Manual y que, sin embargo, es de una complejidad que va a hacer difícil tener los cambios listos antes de que el Gobierno entre en funciones, que será el próximo 23 de julio. 


Este cuarto punto deriva de la sentencia del Constitucional sobre la eutanasia, en la que resta poder ejecutivo a las Comisiones de Garantía y Evaluación de la Eutanasia cuando resuelven un recurso del solicitante de la prestación al que los informes médicos le han denegado la petición. Hasta ahora, la práctica autonómica ha sido que cuando las comisiones daban la razón al paciente en su recurso, se activaba la prestación para realizarse dentro de los siguientes siete días.


Ahora, tras el fallo del Constitucional, con la resolución favorable de la Comisión, después de un recurso, el paciente debe comenzar otra vez todo el proceso, con la asignación de otro médico de referencia y siguiendo los tiempos consultivos que establece la ley. El riesgo que los expertos están viendo de esta nueva práctica, derivada de la interpretación que ha hecho el Tribunal Constitucional de la ley, es que el paciente puede entrar en un bucle, de recursos, resoluciones favorables y vuelta a empezar... Para ello, los técnicos de Sanidad están elaborando un esquema donde detallan los motivos de las negativas a las prestaciones y la respuesta que merece cada una. 


¿Llegarán a tiempo estos cambios para ser aprobados en esta legislatura? Pues, parece difícil. 

Fuente: Diario Médico
Palabras clave: eutanasia, farmacéutico, enfermero
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