PUBLICIDAD

Me Gusta   0 0 Comentar  0 0
  DESCARGAR

Estudio longitudinal sobre la evolución de sujetos en programa sustitutivo penal en un centro de tratamientos de toxicomanías.

Fecha Publicación: 23/06/2010
Autor/autores: Mercedes Rodríguez Ruiz

RESUMEN

El tratamiento judicial de las drogas y los drogodependientes, ha sido objeto de variaciones a lo largo del tiempo, en la actualidad, opta por favorecer las medidas de rehabilitación del toxicómano delincuente. Se sustituyen las sanciones judiciales por tratamiento OBJETIVO: Estimar el perfil y evolución de los sujetos en tratamiento teniendo en cuenta la comisión de delitos. METODO: Se selecciona el total de sujetos (N=82) que en el año 1999, están en tratamiento como medida sustitutoria. La información se ha obtenido mediante diferentes sistemas de registro: Mediante los historiales clínicos, los urinocontroles realizados y el registro de incidencias de carácter delictivo y judicial. RESULTADOS: El perfil : varón (85,4%) edad media (32,3 años), soltero (59,8%), convive con la familia (41,5%); con baja escolarización (64,6%), y en paro (75,6%). En tratamiento con metadona 82,9%. Consumen heroína como droga principal (92,6%) por vía inyectada (70,7%),y la cocaína como secundaria ( 52,4%). Con un estado de salud comprometido. Los delitos contra la propiedad son numerosos. Han estado en prisión(52,4%) en mas de una ocasión. Se observa una correlación positiva entre consumo de cocaína y comisión de delitos. CONCLUSIONES: Los sujetos que cometen delitos es de esperar presenten politoxicomanía y unas determinadas características personales. Llama la atención la reincidencia, en algunos sujetos. El mantenimiento de la misma deja entrever la poca efectividad que tiene el posponer en el tiempo las tomas de decisiones judiciales, algo que puede verse mejorado con la puesta en marcha de los juicios rápidos.


Área temática: .

Estudio longitudinal sobre la evolución de sujetos en programa sustitutivo penal
en un centro de tratamientos de toxicomanías.
FUENTE: PSIQUIATRIA.COM 2005; (9) 2

Mercedes Rodríguez Ruiz.
Psicóloga. Centro Tratamiento Toxicomanías de Álava. Vitoria-Gasteiz.

Resumen
El tratamiento judicial de las drogas y los drogodependientes, ha sido objeto de variaciones a lo largo del tiempo,
en la actualidad, opta por favorecer las medidas de rehabilitación del toxicómano delincuente. Se sustituyen las
sanciones judiciales por tratamiento OBJETIVO: Estimar el perfil y evolución de los sujetos en tratamiento
teniendo en cuenta la comisión de delitos. METODO: Se selecciona el total de sujetos (N=82) que en el año 1999,
están en tratamiento como medida sustitutoria. La información se ha obtenido mediante diferentes sistemas de
registro: Mediante los historiales clínicos, los urinocontroles realizados y el registro de incidencias de carácter
delictivo y judicial. RESULTADOS: El perfil : varón (85,4%) edad media (32,3 años), soltero (59,8%), convive con
la familia (41,5%); con baja escolarización (64,6%), y en paro (75,6%). En tratamiento con metadona 82,9%.
Consumen heroína como droga principal (92,6%) por vía inyectada (70,7%),y la cocaína como secundaria
( 52,4%). Con un estado de salud comprometido. Los delitos contra la propiedad son numerosos. Han estado en
prisión(52,4%) en mas de una ocasión. Se observa una correlación positiva entre consumo de cocaína y comisión
de delitos. CONCLUSIONES: Los sujetos que cometen delitos es de esperar presenten politoxicomanía y unas
determinadas características personales. Llama la atención la reincidencia, en algunos sujetos. El mantenimiento
de la misma deja entrever la poca efectividad que tiene el posponer en el tiempo las tomas de decisiones
judiciales, algo que puede verse mejorado con la puesta en marcha de los juicios rápidos.

El tratamiento judicial de las drogas y los drogodependientes, como todo fenómeno social, ha sido objeto de
variaciones a lo largo del tiempo(1).
En la actualidad, la reforma de la legislación penal penitenciaria española, mediante la promulgación de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal(2) y el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, del
Reglamento Penitenciario (3) opta por crear un marco jurídico que favorezca las medidas de rehabilitación del
toxicómano delincuente. Expresamente la Ley prevé la posibilidad de que el drogadicto pueda quedar exento de
responsabilidad penal.
Se contempla, como circunstancia eximente, la intoxicación plena por consumo de estas sustancias, así como la
comisión de un delito bajo la influencia del síndrome de abstinencia, y, como atenuante, la actuación del
responsable a causa de su grave adicción a las mismas.
Dicho Código contempla la posibilidad de suspender la ejecución de las penas privativas de libertad de duración no
superior a tres años, impuestas por delitos cometidos a causa de la dependencia de las citadas sustancias,
siempre que los penados se encuentren ya deshabituados o sometidos a tratamiento, o se sometan al mismo, y
no se trate de reos habituales.
Igualmente, se castigan como delitos la adquisición, conversión o transmisión de bienes, si se conoce que su
origen proviene de un delito de tráfico de drogas o de tráfico de precursores (blanqueo de bienes). También la
fabricación, transporte, distribución y comercio de los denominados "precursores" (sustancias químicas
susceptibles de empleo en la elaboración de drogas ilegales), conociendo que van a emplearse en el cultivo,
fabricación o tráfico de estas sustancias está castigada penalmente.
No solo nuestra propia legislación sino que también la legislación en la Unión Europea pretenden, en materia de
drogas, encontrar un equilibrio entre la sanción y el tratamiento(4). En la actualidad las autoridades judiciales de
los Estados miembros de la UE favorecen la adopción de medidas alternativas a la sanción penal tradicional por
consumo y posesión de drogas para uso personal. Abandonan a menudo las sanciones penales y prefieren
medidas alternativas muy variables, entre las que cabe destacar: multas, advertencias formales, retirada del
permiso de conducir, periodo de prueba o envío a tratamiento.
Las medidas alternativas al enjuiciamiento penal, sobre todo aquellas de origen terapéutico o social, se utilizan a
menudo en todos los países de la UE, si bien el impacto y la calidad de éstas son aun bastante variables.
Las investigaciones muestran que el tratamiento de los consumidores de drogas en el sistema judicial penal puede

dar buenos resultados(5), tanto si se trata de medidas terapéuticas para drogodependientes como si se trata de
medidas educativas para consumidores primerizos(6).
En algunos países estas medidas se utilizan poco debido a la existencia de limitaciones legales o de un
escepticismo general sobre su eficacia. En otros países la norma general es el tratamiento, mientras que en otros
la ausencia de recursos impide su aplicación.
En España, las medidas de rehabilitación del toxicómano delincuente incluyen la:
* Suspensión de la ejecución de la pena. Recogida en el artículo 87. Puede aplicarse en el caso de sentencias que
no superen los tres años, si se certifica que el condenado no es un reo habitual y que se encuentra deshabituado
o sometido a tratamiento en el momento de decidir sobre la suspensión. Se contempla esta posibilidad también
para los enfermos incurables.
* Alternativas a la pena privativa de libertad. Sustitución de esta pena por otras, tales como trabajos en beneficio
de la comunidad, penas multa o penas de arresto de fin de semana, aplicables a reos habituales, sean o no
drogodependientes.
* Medidas de seguridad para drogodependientes. Se contemplan en casos de exención de la responsabilidad
criminal. El juez puede aplicar las distintas medidas de seguridad, entre ellas, el internamiento en centro de
deshabituación, en caso de que la eximente sea incompleta, actúa como atenuante y el juez puede aplicar una
medida de seguridad seguida, bien de una pena de prisión, bien de una medida no privativa de libertad, bien de
una suspensión de la pena de prisión si con ella se pusieran en peligro los efectos conseguidos con la medida. En
concreto, las medidas de seguridad suponen una postura posibilista, es decir, aprovechar la presión judicial para
motivar al drogodependiente hacia el tratamiento. La implicación de estas medidas va a depender, entre otros
factores, de la implicación de los servicios sociales en estos escenarios, es decir, en las comisarías y juzgados, y
en los centros penitenciarios. Resultan necesarias la colaboración y coordinación de las administraciones de
Justicia y Penitenciaria con los Servicios Sociales Generales (7).

Los países en los que se considera que la drogodependencia es la causa real de los delitos relacionados con las
drogas están más preparados para ofrecer un tratamiento en lugar del procedimiento judicial, incluso en aquellos
casos en los que se trate de delitos mas graves. Otros países no son tan benévolos y en éstos los delitos
relacionados con las drogas suponen automáticamente la pena de prisión.
Si causa directa de su comportamiento delictivo es la adicción a las drogas, poco podrá hacer la sanción penal, en
particular la habitualmente impuesta, la privación de libertad. Lo que aquí se precisa, así como respecto del alto
índice de población encarcelada afectada por la droga, es ayudar al drogodependiente a salir de su situación de
dependencia, primer paso para la ampliación de sus posibilidades de participación en el sistema social ofreciendo
alternativas a su comportamiento criminal, esto es, para su resocialización(8).
Pero no siempre la delincuencia y marginación es creada por la drogodependencia; muchas veces ésta es el
resultado de aquellas(9,10).
Así desde el punto de vista de la medicina legal en drogodependencias, podemos encontrarnos con autores que
establecen tres grupos de toxicómanos en relación con la delincuencia(11).
Grupo I: corresponde a un 31%. Presenta psicopatología previa, la cual se puede considerar como determinante
de la toxicomanía.. Presentan un traumatismo psicológico importante. Tendrían graves problemas de
personalidad, con impulsividad deficiencia de control de impulsos y afectos con tendencia a presentar
sentimientos de culpa y ansiedad.
Grupo II: Se encontrarían el 24% de los sujetos. Se encontrarían los que tienen una historia previa delictiva, ya
eran delincuentes, antes que drogodependientes. La toxicomanía sería una continuación de la conducta antisocial
previa.
Grupo III: Representa el 45% del total. La adicción se explica mediante la conjunción de una serie de factores
(Por Ej.: exposición a drogas; Presión del grupo; intensidad adictiva de la sustancia). Es el grupo con mejor
adaptación social, y por lo tanto con mejor pronostico.
Todos los autores parecen estar de acuerdo en algunos conceptos:
- Los opiáceos tiene un efecto desactivador sobre la conducta, su consumo produce un efecto apaciguador intenso
(12).
- No todo delito producido por un heroinómano es debido a su adicción. La actividad delictiva precede a la adicción

en un importante porcentaje de casos(13).
- El consumo de alcohol y cocaína conjuntamente ejerce un efecto desinhibidor sobre la conducta, y tal efecto
desinhibidor incluye impulsividad, capacidad de juicio disminuida y explosividad, y este efecto debe de ser tenido
en cuenta a la hora de la valoración de conductas homicidas asociadas al consumo.
- El cannabis se considera que a nivel de la criminalidad, ésta es prácticamente inexistente (excluyendo las
conductas delictivas que se deriven de su obtención ilegal). No existen datos que sugieran que la marihuana
tenga un efecto farmacológico directo que incremente la agresión(14) Aunque puede producirse un incremento en
el comportamiento agresivo en situaciones de frustración más intensa.

Dado que las medidas alternativas al ingreso en prisión van progresivamente incrementándose, teniendo presente
la propia variabilidad de los sujetos y lo expuesto hasta ahora. Consideramos de interés el poder llegar a
establecer una serie de variables predictoras de la buena o mala evolución del tratamiento.
Por lo tanto los objetivos que perseguimos con este estudio:
1. Describir las características del colectivo objeto de estudio: personas en tratamiento como medida de
cumplimiento por sentencia judicial.
2. Estimar la respuesta al tratamiento atendiendo a la comisión de delitos y/o al uso de sustancias no licitas
durante el periodo de cumplimiento.
3. Estudiar la correlación entre delitos y consumo de sustancias.

Método
Ubicación.- El estudio se ha desarrollado en el Centro de Tratamiento de Toxicomanías de Alava (CTT). Éste es
un dispositivo sanitario público, integrado dentro de la red de Salud Mental de Osakidetza. Dedicado a la atención
de usuarios diagnosticados de Trastornos por Abuso de Sustancias no alcohólicas en régimen ambulatorio.
Población de estudio y muestra.- La población de estudio la constituye todo usuario del CTT que se hallaba en
tratamiento en este dispositivo, y para los cuales dicho tratamiento era una medida de cumplimiento de una
sentencia judicial, alternativa o no al ingreso en prisión.
La muestra la integran todos los usuarios con las características de la población de estudio descritas, que se
hallaban bajo estas circunstancias durante el año 1999.
Durante el año 1999 fueron atendidos en total 626 usuarios, de los cuales 82 requerían la presentación de
informes judiciales y por lo tanto se encontraban en tratamiento sustitutorio penal, tanto en programa de
mantenimiento con agonistas opiáceos (PMM) como en programa libre de drogas (PLD).
Diseño y procedimiento.- Para lo cual desarrollamos un estudio descriptivo retrospectivo longitudinal. El estudio
se inicia en enero de 1999 y se sigue la evolución de la muestra seleccionada durante los cuatro años siguientes
(1999 a 2003).
La información se ha obtenido utilizando diferentes sistemas de registro:
1. A través de los historiales clínicos mediante un cuestionario ad-hoc (datos personales y familiares, relativos al
consumo inicial e historia de consumo, situación sanitaria, problemática judicial, etc.),
2. Base de datos de los urinocontroles realizados durante todo el periodo de estudio para la valoración del
cumplimiento terapéutico y el análisis los periodos de consumo.
3. Registro de incidencias con carácter delictivo y judicial (arrestos, ingresos en prisión, número de informes
remitidos, etc.), datos constatados en la historia clínica y/o aportada por SAOS.
Análisis.- Se utiliza la estadística descriptiva para sintetizar y organizar los datos obtenidos: en el caso de
variables cualitativas a través de frecuencias absolutas (n) o relativas (%) y para variables cuantitativas mediante
medidas de posición (Medias ­ M) y dispersión (Desviación Estándar ­ DE).
El conjunto de la información se ha cruzado con el hecho de ser clasificado como sujeto que responde bien al
tratamiento o no responde al tratamiento. Para la comparación entre grupos respecto a variables dependientes de
tipo ordinal utilizamos la prueba no paramétrica de la U de Mann-Whitney. Para el análisis comparativo entre
grupos respecto a variables dependientes de tipo cuantitativo utilizamos el análisis de varianza (prueba F). Se
estudia la posible correlación existente entre las diferentes variables con la variable, tipo de evolución en el
programa, la correlación entre el consumo (resultado de los urinocontroles practicados) y los periodos de comisión

de delito. Para lo cual utilizamos la correlación de Pearson o de Spearman según se trate de variables
cuantitativas u ordinales, respectivamente.
Se considera significativo un valor de p igual o menor de 0,05. La realización de los análisis estadísticos se ha
llevado a cabo con el programa SPSS V10.

Resultados
Se estudia un total de 82 sujetos que en 1999 eran usuarios del CTT en tratamiento como medida de
cumplimiento de una sentencia judicial, alternativa o no al ingreso en prisión. En ese año fueron asistidas en el
CTT un total de 626 personas, por lo que la muestra de estudio constituye el 13,1% de los casos en tratamiento.
Características sociodemográficas
El perfil de usuario que se deriva de estos datos es el de un hombre (85,4%) con una edad media de 32,3 años,
soltero (59,8%) que convive con la familia (41,5%) o con la pareja (26,8%); el nivel de escolarización es
prioritariamente inferior al graduado escolar (64,6%) y se halla en situación de paro (75,6%).
El 100% presenta antecedentes legales. No obstante, en 13 casos (15,9%) nunca han estado en prisión, casi uno
de cada cuatro (24,4%) en una ocasión, y poco más de la mitad (52,4) en más de una ocasión. Es decir, tres de
cada cuatro sujetos en cumplimiento alternativo de condena han estado en prisión, y al menos dos de cada cuatro
se hallan en cumplimiento de una segunda condena o superior. Por otro lado, 12 casos (14,6%) presentan
antecedentes de casos abiertos en un tribunal de menores.
Consumo de sustancias
Respecto a la historia de consumo, se ha explorado tanto la sustancia que motiva la demanda como la sustancia
secundaria de consumo y la estimación de intensidad de consumo de diversas sustancias .
Atendiendo a la droga principal que motiva la demanda:
En 9 de cada diez casos (92,6%) se trata de heroína, en 4 casos (4,9%) la cocaína y en 2 casos es motivado por
otras sustancias (anfetamina y benzodiazepinas). La edad media de inicio de adicción fue a los 18,1 años, si bien
se observa un recorrido de edades entre los 13 y los 29 años. En un 70,7% de los casos la vía inyectada es la
forma principal de consumo. La segunda vía de mayor prevalencia de consumo es la fumada (12,2%), siendo
minoritarias las otras formas de consumo. Respecto al contexto de consumo, un 40,3% de forma aislada o en
compañía. Cuando se elige un contexto especifico, la mayor proporción de casos se expresa realizar sus consumos
en grupo (29,3%), seguido de los que prefieren hacerlo solos (14,6%). Por lo general, la mayor parte de los
sujetos de estudio (ocho de cada diez ­ 80,5%) refieren hacer entre uno y tres consumos diarios, y en un 9,7% lo
hacen con una periodicidad semanal.
Atendiendo al consumo de la droga secundaria:
La mitad refiere consumir también cocaína (52,4%), siendo también notable la prevalencia de consumo de
benzodiazepinas (19,5%) y cannabis (14,6%); hacer notar que los datos se refieren a consumo de sustancias
antes de iniciar el tratamiento, y, por tanto, el uso de benzodiacepinas se halla fuera de un criterio de prescripción
médica. La edad media de inicio de consumo se sitúa a los 18,1 años. En este caso, la vía principal de consumo
deja de ser la inyectada (29,3%), para tomar mayor relieve otras formas de consumo: fumada (22%), oral
(19,5%) y/o esnifada (12,2%). Al igual que en el caso de la droga principal, el contexto de consumo para cuatro
de cada diez usuarios (41,5%) resulta tanto de forma colectiva como independiente, acortándose la proporción de
casos que refiere hacerlo siempre en grupos (22%) frente a los que siempre consumen solos (19,5%). El
consumo diario de la droga secundaria se observa en un 54,9% de los casos, de forma semanal consume un
17,1% y con frecuencia mensual un 20,7%.
Aceptando que los usuarios de drogas suelen hacerlo de forma combinada, es decir, hacen uso de varias drogas
aunque una sea la que genera la adicción principal, se preguntó por la intensidad de consumo que realizaban
sobre otro tipo de drogas secundarias. En conjunto, en pocos casos refieren hacer un uso sin control de las
sustancias por las que se inquiere: 4 personas expresan consumo de alcohol sin control, mientras que sustancias
como hachís, anfetaminas o cocaína son usadas de forma descontrolada por tres personas en cada caso. No
obstante, sí se observa un mayor porcentaje de casos que refieren consumir de forma excesiva pastillas (34,1%),
cocaína (23,2%), hachís (22%) y/o alcohol (19,5%). Más del 50% refiere usar pastillas de forma moderada o
excesiva (57,3%), y aproximadamente cuatro de cada diez utilizan el hachís (44%) o la cocaína (42,7%) con
similar intensidad.

En general, pueden resumirse estos datos con el siguiente perfil: el usuario de drogas que hace demanda de
tratamiento alternativo a sentencia judicial, presenta un trastorno de adicción a opiáceos como droga principal,
siendo notorio el uso de cocaína como droga secundaria de consumo. El inicio del consumo de drogas, tanto para
la sustancia principal como para la secundaria, se sitúa en torno a los 18 años de media, si bien se observan
edades más tempranas. La vía de administración de la droga de consumo varía en función del tipo de droga
utilizada: tratándose de la heroína (droga principal de consumo) la vía preferente de consumo es la inyectada;
mientras que en el caso de la droga secundaria (cocaína, benzodiazepinas o cannabis) la vía cambia hacia otras
formas de consumo (fumada, esnifada u oral), si bien en un 29,3% de los casos persiste la forma inyectada como
vía de consumo. El contexto de consumo no varia en función de la droga, primaria o secundaria, utilizada; de
forma más prevalente (4/10) el usuario consume en grupo o solo, seguido de los contextos grupales (3/10) o de
forma aislada (2-3/10). Por otra parte, la frecuencia de consumo es mayormente diaria cuando se refiere a la
droga principal, mientras que la droga secundaria suele ser utilizada con una periodicidad menor, aunque en la
mitad de los casos se utilizad con la misma frecuencia que la droga principal, hablándose por tanto de una
situación de policonsumo.

Variables de tratamiento y estado de salud
Las 82 personas analizadas en este estudio, no iniciaron su contacto con el centro ni su tratamiento por su
problemática de drogas en el año 1999, momento de selección de la muestra. Por el contrario, los sujetos
participantes iniciaron su tratamiento en un rango amplio de tiempo que oscila entre 1982 y 1999, situándose el
año medio de inicio en 1991 . Al menos el 50% de los casos habían solicitado tratamiento para su adicción a
drogas antes de 1991, y en los tres años previos a 1999 lo habían realizado el 15,9% y ese mismo año el 8,5% (7
casos). Es decir, entre los sujetos analizados encontramos personas que solicitaron su primer tratamiento hace 18
años (un 34,2% lo ha hecho hace más de 11 años y un 32,9% hace menos de 5 años), siendo la media de
contacto con los servicios de tratamiento de 8,19 años. Si como se ha comentado previamente, la edad de inicio
de contacto con las drogas se situaba en los 18,1 años, la edad de solicitud del primer tratamiento se halla en los
24,1 años, por lo que la demora entre el inicio de consumo y el primer tratamiento es de 6 años. Tras su ingreso
en el centro de tratamiento, un 82,9% se hallaba adscrito al programa de mantenimiento con metadona y un
14,6% en atención ambulatoria (con o sin antagonistas), siendo minoritarias otras formas de tratamiento
(desintoxicación hospitalaria o comunidad terapéutica).
La situación de salud al inicio del tratamiento, valorada por los resultados serológicos a enfermedades infecciosas
o existencia de problemas psiquiátricos, presentaba una alta prevalencia de marcadores de hepatitis C (73,2%) y
de forma moderada en el caso hepatitis B (40,2%), de VIH (37,8%) y prueba de mantoux (tuberculosis) positiva
(31,7%). En el momento de inicio del tratamiento, se detectaron problemas de tipo psiquiátrico a un 25,6% de los
casos, si bien en un 69,6% los resultados no aparecían con claridad.
Tipo de delitos cometidos
Como ya ha sido comentado previamente en el apartado de métodos y en el referente a las características
sociodemográficas, todos los sujetos participantes en el estudio se caracterizan por estar en tratamiento como
medida sustitutiva de cumplimiento de una medida judicial y, por tanto, han sido autores de la comisión de un
delito. En la tabla 1 se detalla el tipo de delitos en los que han incurrido las personas participantes en el estudio,
presentándose la frecuencia y proporción de casos con antecedentes en cada tipo de delito así como la frecuencia
de casos en función del número de ocasiones en que dicho delito ha sido cometido. Aclarar que el registro de
comisión de delitos se realiza a partir de denuncias realizadas, por lo que el número real de actos delictivos puede
ser mayor del reflejado. Por otra parte, los delitos se han clasificado en cuatro bloques en función del contenido al
que hacen referencia (delitos contra la propiedad, delitos con violencia, delitos de ámbito público y otros delitos),
los cuales nos servirán para llevar a cabo una descripción más ordenada.
En general, los delitos más frecuentes son los que se refieren a los que atentan contra la propiedad de terceros
(hurto y robo con intimidación en mayor medida) y los que implican manifestaciones de violencia (agresiones y
amenazas, prioritariamente), lo cuales a su vez con cometidos de manera frecuente por el mismo usuario.

Tabla 1. Tipos de delitos

Análisis de los resultados del seguimiento
Estado de los participantes durante el periodo de seguimiento
Como ya se comentado en el apartado de métodos, el estudio sitúo su inicio en enero de 1999 y se ha analizado
la evolución de los 82 participantes a lo largo de cuatro años (1999 a 2002). Durante este periodo se han
producido cambios en el estado de los pacientes respecto a su situación de tratamiento, cuyas incidencias quedan
recogidas en la tabla 2. Al final del año 1999, se habían producido 2 fallecimientos, 3 altas voluntarias y 5
abandonos, permaneciendo en tratamiento el 87,8% de los participantes. En este último grupo destacan los casos
que acuden a tratamiento al propio centro (64,6%) y los que ingresan en prisión (13 casos ­ 15,9%).
A finales de año 2000, aumenta el número de participantes fuera de tratamiento (18,3%), incrementándose en
dos personas el número de fallecidos, en otra dos las altas terapéuticas y en una el número de personas que
abandonan el tratamiento. Entre los que permanecen en tratamiento, aumenta a 16 las personas ingresadas en
prisión y aumentan de forma ligera las derivaciones a otros servicios y comunidad terapéutica.
En el año 2001, la proporción de personas en tratamiento es similar a la del año previo, pero aumentan los casos
derivados a otros servicios a costa de la proporción de casos que acuden para tratamiento al propio centro. El
número de personas ingresadas en prisión es igual al del año 2000. Por otro lado, durante este año se produce
otro fallecimiento, el número de personas que han abandonado el programa es el mismo que el año previo, y el
número de participantes con alta terapéutica se reduce en dos unidades al valor observado en el año 2000, lo cual
implica que dos personas dadas de alta previamente se han vuelto a incorporar al tratamiento.

Tabla 2. Estado de los participantes durante el periodo de seguimiento (1999 a 2002)

En el año 2002, punto final del estudio, permanecían en tratamiento el 84,1% de los participantes. El número de
personas que han ingresado en prisión es de 19 (23,2%) respecto a las 13 que ingresaron en el año 1999, lo que
supone un incremento del 7,3% durante los últimos tres años del periodo. Tras cuatro años de seguimiento, un
42,7% permanece en tratamiento en el CTT, un 3,7% se hallan en tratamiento en comunidad terapéutica y un
13,4% han sido derivados a otros servicios de atención. Por otra parte, durante el periodo de estudio se han
producido cinco fallecimiento, he igual número de casos han abandonado el programa. Al final del estudio tan solo
se cuenta con tres participantes en situación de alta terapéutica.
Comisión de delitos durante el periodo de seguimiento
En la tabla 3 se presenta un desglose de los datos que dan cuenta del proceso habido en la comisión de delitos
por parte de los participantes en el estudio a lo largo del periodo de seguimiento. Las dos primeras columnas de la
tabla presentan la frecuencia y proporción de casos que bien no han delinquido en los años señalados o bien han
cometido dos o más delitos, y las dos siguientes los datos cuantitativos (rango, media y desviación estándar) de
los delitos cometidos por el conjunto de la muestra.
Durante el año 1999 casi la mitad de los participantes (48,8%) no delinquió, mientras que casi uno de cada tres
(29,6%) delinquió con frecuencia superior a los dos delitos. El máximo de delitos cometidos por una misma
persona fue de 8 durante todo el año, situación en la que se vieron implicados 4 personas, siendo la media de
delitos para el conjunto de la muestra fue de 1,5.

Tabla 3. Comisión de delitos durante el periodo de seguimiento (1999 a 2002)

Durante los tres años siguiente (2000 a 2002) se estabiliza la proporción de casos que no delinquen en torno al
75%, es decir, tres de cada cuatro participantes no incurren en actos de delincuencia durante ese periodo. Del
mismo modo, la proporción de casos con comisión de delitos por encima de un número de 2 tiende a reducirse: de
un 16% a un 10,9% en 2000 y 2002, respectivamente, si bien se aprecia un ligero despunte en el año 2001
(18,5%). El rango de delitos registrados en el año 2000 es muy similar al observado en 1999, pero en los años
2001 y 2002 el máximo de delitos contabilizados por un mismo sujeto se eleva hasta 16 y 24, respectivamente.
Las medias de delitos también experimentan ligeras variaciones, reduciéndose a 0,9 en el año 2000, y luego
estabilizándose en los años siguientes en torno al 1,3-1,2. Estas últimas medias se ven incrementadas, con toda
probabilidad, por el efecto de los máximos comentados. Tratando de eliminar la influencia de los valores

extremos, se cálculo es estimador Trimedia obteniéndose los siguientes valores: 1,29; 0,56; 0,68; 0,60 para los
años 1999, 2000, 2001 y 2002, respectivamente. Atendiendo a estos valores promedio se observa que por
encima del valor 1 se halla el año 1999, mientras que para el resto de años los valores promedios se acercan a
cero. La última columna del la tabla 8 reflejan los valores de probabilidad resultantes de la aplicación de las
pruebas de t de student para datos relacionados al contrastar la media de delitos del año referente respecto al
previo, por ejemplo, los delitos cometidos en el año 2000 respecto a los observados en 1999, los producidos en el
año 2001 respecto a los recogidos en el 2000, y los correspondientes al año 2002 frente a los realizados en el
2001. Tan solo se han observado diferencias estadísticamente significativas entre la media de delitos cometidos
en el año 2000 respecto a los registrados en 1999 (t= -2,35; p= 0,021), lo cual implica que la depreciación del
número de delitos medio cometido por los participantes en el estudio no se debe al azar. En los contrastes
analizados en años posteriores, los análisis no resultan estadísticamente significativos, indicando que las medias
registradas en los tres últimos años son equivalentes.
Consumo de sustancias y cumplimiento del tratamiento con metadona durante el periodo de
seguimiento
Para la estimación del uso/consumo de sustancias durante el periodo de estudio se realizaron recogida de orinas
para la determinación de metabolitos de tres sustancias: heroína, cocaína y metadona. Las dos primeras tienen
como objetivo ser indicadores de una mala respuesta al programa, en la medida que un mayor consumo de estas
sustancias supone incumplir los objetivos por los que se inicia un programa terapéutico; el registro de la tercera
sustancia, la metadona, se lleva a cabo para comprobar el cumplimiento terapéutico de la pauta prescrita.
De manera protocolizada se recogen controles de orina de forma semanal seleccionándose el día de recogida de
forma aleatoria, analizándose en el propio centro mediante la técnica de enzimo-inmuno-ensayo homogéneo
(EMIT), en un analizador COBAS-MIRA, con reactivos, calibradores y controles de SYVA y con un control externo
de DOA a dos niveles negativo y positivo. Se calibra y controla a diario fijándose el punto de corte (Cut-off) para
determinar la positividad en 300 ng/ml para las tres determinaciones. Los resultados se expresan como medida
cualitativa: negativo en caso de valores <295 ng/ml, dudoso para valores comprendidos entre 295 y 305, y
positivo para valores >305 ng/ml, quedando archivadas en un programa informático.
Para cada sujeto se computó el número de controles realizados para cada sustancia y el número de
determinaciones positivas resultantes en cada caso. Se estimó la razón entre estas dos variables (Nº positivos /
Nº controles) para cada sustancia, lo que nos permite considerar un índice que expresa la incidencia de uso de
estas sustancias, y al cual hemos denominado Índice de Incidencia de Consumo (IIC). Por ejemplo, un sujeto al
que se le han realizado 20 determinaciones de opiáceos y ninguna de ellas ha sido positiva, mostrará una
incidencia de consumo de 0 (0/20), lo cual expresaría que la situación del sujeto es de abstinencia respecto a esta
sustancia; si, por otro lado, se hubieran registrado 8 positivos, la incidencia de uso de la sustancia sería de 0,4
(8/20), es decir, el sujeto ha presentado consumo de la sustancia en un 40% de las ocasiones analizadas. En
definitiva, los valores del IIC oscilan entre 0 y 1, aumentando el nivel de uso de sustancias a medida que el valor
se aproxima a 1. Los IIC de las tres sustancias se calcularon para cada uno de los años de seguimiento,
recogiéndose los resultados en la tabla 4. Asimismo, se recoge la frecuencia y porcentaje de casos con todos los
controles negativos (en el caso de la heroína y cocaína) y/o positivos (para el caso de la metadona), y la
frecuencia y proporción de casos con más del 50% de controles positivos y/o negativos, para la heroína/cocaína y
la metadona, respectivamente.

Consumo de heroína
Al analizar la evolución del consumo de heroína durante el proceso de tratamiento entre los participantes del
estudio se ha constatado una alta prevalencia de usuarios, en mayor o menor medida, de esta sustancia durante
todo el periodo de seguimiento; aproximadamente tres de cada cuatro participantes han dado positivo en algún
control realizado en cualquiera de los años de estudio. Atendiendo a los datos de la tabla 4, se han mantenido
totalmente abstinentes del uso de heroína uno de cada cuatro sujetos; concretamente, un 23,3% en 1999, un
26,8% en 2000, un 28% en 2001 y un 24,4% en 2002. Si bien el número de abstinentes se mantiene estable a
través del periodo de seguimiento, en el mismo espacio temporal se observa una reducción de la proporción de
casos con más del 50% de controles positivos, es decir, que en más de la mitad de los controles el resultado ha
indicado consumo de heroína.
A este respecto, de un 24,4% de casos con más del 50% de controles positivos en 1999 pasa a ser de un 12,2%
en el año 2002, siendo mayor la desaceleración es este último año respecto a la depleción observada en los años
previos. La IIC media de heroína oscila entre el valor de 0,25 reflejado en 1999 y el valor 0,20 del año 2002,
siendo en ambos casos el valor máximo y mínimo, respectivamente, observados en la serie. En general, los
valores IIC de heroína se mantienen estables durante los tres primeros años del estudio de seguimiento (las
pruebas de contraste no han mostrado diferencias estadísticamente significativas), si bien la desaceleración del

IIC medio de observado entre los años 2001 y 2002 han resultado ser estadísticamente tendenciales (IIC2001=
0,24 vs IIC2002= 0,20; t= -1,81; p= 0,076).
Por otro lado, se han observado correlaciones positivas y estadísticamente significativas entre los IIC de heroína
obtenidos en años consecutivos (IIC1999-2000: r= 0,64; p<0,001 / IIC2000-2001: r= 0,56; p<0,001) / IIC20012002: r= 0,54; p<0,001), indicando una asociación entre el nivel de consumo experimentado un determinado año
y el reflejado el año inmediatamente siguiente.

Tabla 4. Cumplimiento de la abstinencia a drogas ­ Índice de Incidencia de Consumo (IIC)

Consumo de cocaína
El consumo de cocaína muestra un patrón de evolución similar al de heroína, pero con algunas diferencias. La
primera es que para todos los años estudiados, la incidencia de consumo de cocaína es ligeramente superior que
la de heroína, sobre todo en el primer y último años del estudio. Sin embargo, la proporción de abstinentes a
cocaína durante el periodo de estudio es ligeramente superior al observado en el caso de heroína: entre 2,4 y 5,9
puntos porcentuales de diferencia. Por otro lado, la proporción de casos que han mostrado consumos de cocaína
en más de la mitad de los controles realizados es inicialmente superior en el caso de la cocaína que de la heroína
(28% frente a un 24,4%), si bien en años sucesivos la proporción de estos altos consumidores de cocaína decrece
paulatinamente hasta valores del 23-25%.
Los valores IIC medios de cocaína muestran su valor máximo (0,34) en el año 1999, recortándose a valores entre
0,23 y 0,25 en los años siguientes. Solo la depleción observada entre 1999 y 2000 (IIC1999= 0,34 vs IIC2000=
0,25) ha resultado estadísticamente significativa (t= -3,78; p< 0,001); los IIC observados en 2000, 2001 y 20002
muestran valores equivalentes.
Al igual en el caso de consumo de heroína, se han observado correlaciones positivas y estadísticamente
significativas entre los IIC de cocaína obtenidos en años consecutivos (IIC1999-2000: r= 0,73; p<0,001 /
IIC2000-2001: r= 0,52; p<0,001) / IIC2001-2002: r= 0,65; p<0,001), indicando una asociación entre el nivel de
consumo experimentado un determinado año y el reflejado el año inmediatamente siguiente, si bien en este caso,
y a diferencia de lo observado para la heroína, la magnitud de las correlaciones alcanzadas es mayor, indicando
un mayor grado de asociación.
Cumplimiento de la pauta terapéutica: uso de metadona
Si bien se ha incluido aquí la metadona, bajo el epígrafe de sustancias consumidas, su valoración ha de
entenderse de forma inversa a las dos sustancias previamente analizadas. En aquéllas interesaba obtener valores
IIC bajos pues ello sería señal de un bajo consumo de estas sustancias ilícitas durante el tratamiento, en el caso
de la metadona, interesa obtener valores altos ya que serían indicativos de un cumplimiento adecuado de las
pautas prescritas.

Con ligeras oscilaciones que van del 57,1% (año 2001) al 64,1% (año 2000), en prácticamente todos los años
analizados aproximadamente seis de cada diez participantes han mostrado siempre controles positivos a
metadona, es decir, están siguiendo correctamente la toma de la pauta médica. En una proporción menor al 10%
se han observado sujetos que han mostrado en más del 50% de controles resultados negativos, es decir, que no
estaban tomándose la metadona pautada. Entre los años 1999 y 2001 la proporción de casos con alto
incumplimiento de la toma de metadona es mayor que la reflejada en el año 2002, que se reduce hasta un 3,8%.
El IIC medio de metadona se sitúa en 1999 en un valor de 0,88; es decir, en promedio ese año los sujetos
mostraban cumplimiento de la pauta prescrita en un 88% de los controles efectuados. En el año 2000 el IIC
aumenta a un valor de 0,92 estableciendo una diferencia de mejora y estadísticamente significativa respecto al
IIC del año previo (IIC1999= 0,88 vs IIC2000= 0,92; t= 2,37; p= 0,020). Los últimos tres años del periodo de
seguimiento (entre 2000y 2002) los IIC promedios de uso de metadona se sitúan en valores comprendidos entre
0,92 y 0,94, sin que las diferencias entre los IIC resulten estadísticamente significativas. Las correlaciones entre
los IIC de metadona obtenidos en años consecutivos han resultado positivas y estadísticamente significativas
(IIC1999-2000: r= 0,74 p<0,001 / IIC2000-2001: r= 0,47p<0,001) / IIC2001-2002: r= 0,57p<0,001), indicando
una asociación entre el nivel de consumo experimentado un determinado año y el reflejado el año
inmediatamente siguiente.

Asociación entre la comisión de delitos y el consumo de drogas durante el periodo de seguimiento
En la tabla 5 se recogen los análisis de correlación de Pearson, y su nivel de significación estadística, cuando se
ponen en relación la comisión de delitos (número de delitos cometidos) y los índices de incidencia de consumo de
las tres sustancias observadas para cada año de seguimiento correspondiente. En el caso de la asociación entre
actos delictivos y consumo de heroína, se observan correlaciones positivas y estadísticamente significativas en los
años 1999 (r= 0,40; p<0,001) y 2000 (r= 0,38; p<0,001), indicándose que una mayor comisión de delitos se
asocia a un mayor consumo de heroína, o bien, que un mayor consumo de esta sustancia se relaciona con un
mayor grado de delictividad1. Esta tipo de asociación no resulta significativo en el año 2001, y aparece de forma
tendencial en el año 2002 (0,05
Tabla 5. Correlaciones de Pearson entre los Índices de Incidencia de Consumo (IIC) y la
comisión de delitos a través del periodo de seguimiento (1999 a 202)

Situación similar a lo observado en el caso de la asociación del consumo de heroína con la comisión de delitos se
observa para el caso del consumo de cocaína. Aparecen correlaciones positivas y estadísticamente significativas
en tres de los cuatro años de seguimiento: 1999 (r= 0,25; p<0,05), 2000 (r= 0,48; p<0,001) y 2002 (r= 0,37;
p<0,005). En este caso los resultados han de ser interpretados de modo que el aumento en la frecuencia de una
de las variables (comisión de delitos o consumo de cocaína) está asociado al aumento de la frecuencia de la otra.
Es decir, la realización de ambas conductas se halla estrechamente relacionada.
Respecto a la asociación entre la comisión de delitos y el cumplimiento de la pauta de metadona, no se han
hallado asociaciones significativas en ninguno de los años analizados y, por tanto, ha de interpretarse una falta de
relación entre ambas variables: que un participante delinca o no, no depende de que lleve bien o mal el
cumplimento de la pauta de metadona prescrita.

Conclusiones
Según se recoge en los resultados de nuestro estudio indican que son varones, solteros, que viven en su ámbito

familiar con un bajo nivel de estudios, no han alcanzado el graduado y se encuentran en paro. Por lo que su
situación socioeconómica es de esperar sea un tanto limitada y generadora de necesidades que puedan optar por
cubrir de forma delictiva, sino reciben ayuda económica desde otros ámbitos.
En cuanto a los antecedentes legales; representan un pequeño grupo los que nunca han estado en prisión, tres de
cada cuatro sujetos en cumplimiento alternativo de condena han estado en prisión, y al menos dos de cada cuatro
se hallan en cumplimiento de una segunda condena o más. Al menos 12, tuvieron contacto con el tribunal tutelar
de menores. Por lo que presentan en gran medida todo un aprendizaje relacionado con el mundo de la
delincuencia, en algunos casos ya desde la adolescencia y en otros en su vida adulta.
En cuanto a su historia de consumo: presenta un trastorno de adicción a opiáceos como droga principal, siendo
notorio el uso de cocaína como droga secundaria de consumo. Inician los consumos en su adolescencia bien de
forma aislada o colectiva (4/10). La vía de administración de la droga de consumo varía en función del tipo de
droga utilizada: tratándose de la heroína (droga principal de consumo) la vía preferente de consumo es la
inyectada; mientras que en el caso de la droga secundaria (cocaína, benzodiazepinas o cannabis) la vía cambia
hacia otras formas de consumo (fumada, esnifada u oral), si bien en un 29,3% de los casos persiste la forma
inyectada como vía de consumo. Por otra parte, la frecuencia de consumo es mayormente diaria cuando se refiere
a la droga principal, mientras que la droga secundaria suele ser utilizada con una periodicidad menor, aunque en
la mitad de los casos se utiliza con la misma frecuencia que la droga principal, hablándose por tanto de una
situación de policonsumo.
Iniciaron su tratamiento en un rango amplio de tiempo que oscila entre 1982 y 1999, la muestra analizada
presenta una dilatada historia de contacto con las drogas, habiendo realizado su primer contacto con los servicios
asistenciales en la mayoría de los casos hace más de cinco años y entre el inicio del consumo y su primer
tratamiento pasaron seis años, por lo que se dio una demora considerable en el inicio de los mismos. En su
mayoría se encuentran adscritos al programa de mantenimiento con metadona.
Asimismo, presentan un estado de salud comprometido ya que son altamente prevalentes los casos que han sido
infectados por hepatitis C, sin ser desdeñable la prevalencia de casos con VIH o hepatitis B (en cuatro casos de
cada diez). Por otro lado, también la presencia de sintomatología psiquiátrica es apreciable en este tipo de
sujetos.
Su actividad delictiva se centra en los delitos contra la propiedad y en los delitos con violencia, ambos tipos de
delitos, aparecen con mayor prevalencia entre los sujetos analizados.
Los delitos contra la propiedad. Este grupo de infracciones se presentan con una elevada frecuencia de
realización. Se observa reincidencia (24/82) en los delitos de robo con intimidación y hurto (delitos funcionales).
Los delitos con violencia, que a su vez pueden clasificarse dentro de los delitos inducidos directamente por las
sustancias. En los que con mayor frecuencia se ha visto implicado un mismo sujeto, se hallan aquellos que
también han resultado ser más prevalentes: las agresiones, la resistencia a la autoridad y las amenazas. Se
observa la existencia de 3 homicidios, que pese a representar un bajo porcentaje.
Los Delitos de ámbito público representan infracciones de moderada frecuencia. Entre ellos se encuentran los
delitos contra la salud pública bajo cuyo epígrafe se hallan los delitos por tráfico de drogas (16 casos)
observándose en esta infracción la presencia de reincidencia (6 sujetos de los 16 han sido denunciados en más de
dos ocasiones por delito de tráfico).
En general, los delitos más frecuentes son los que se refieren a los que atentan contra la propiedad de terceros
(hurto y robo con intimidación en mayor medida) y los que implican manifestaciones de violencia (agresiones y
amenazas, prioritariamente), los cuales a su vez son cometidos de manera frecuente por el mismo usuario.
A lo largo del periodo de seguimiento se da una reducción de sujetos que acuden a tratamiento, y un incremento
de los derivados a otros servicios, lo cual coincide en el tiempo con la reorganización de servicios a nivel de la
comunidad autónoma, y un incremento de sujetos que ingresan en prisión. Las altas terapéuticas se mantienen,
excepto en el año 2000 en la que se aprecia un incremento respecto al resto de los años. También se incrementa
de forma progresiva el número de fallecimientos manteniéndose en los dos últimos años. En general se aprecia
una buena adhesión al tratamiento 84,1%, si tenemos en consideración los motivos de desaparición del
programa.
Se aprecia un incremento considerable de sujetos que no comenten delitos a lo largo del periodo analizado, y una
reducción de los que cometen 2 ó más delitos, concentrándose la comisión de delitos en unos pocos, reincidentes
en el año 2002. En la reducción que se aprecia entre los años 1999 y el 2000 la depreciación del número de
delitos medio cometido por los participantes en el estudio no se debe al azar. Por lo que el ponerse en tratamiento

conlleva una reducción de delitos, no así para unos pocos que serán reincidentes y motivarán el que la media se
mantenga.

En cuanto al consumo en el caso de la heroína, se da una tendencia a reducir su consumo al final del periodo, se
observa una asociación entre el nivel de consumo experimentado un determinado año y el reflejado el año
inmediatamente siguiente. La incidencia de consumo de cocaína es ligeramente superior al de heroína al inicio del
periodo de observación, pese a que se da un incremento de abstinencia a lo largo del periodo. Se observa una
asociación entre el nivel de consumo experimentado un determinado año y el reflejado el año inmediatamente
siguiente, si bien en este caso, y a diferencia de lo observado para la heroína, la magnitud de las correlaciones
alcanzadas es mayor, indicando un mayor grado de asociación.
En cuanto a la asociación entre los delitos y el consumo, una mayor comisión de delitos se asocia a un mayor
consumo de heroína, o bien, que un mayor consumo de esta sustancia se relaciona con un mayor grado de
delictividad. En el caso de la cocaína el aumento en la frecuencia de una de las variables (comisión de delitos o
consumo de cocaína) está asociado al aumento de la frecuencia de la otra. Es decir, la realización de ambas
conductas se halla estrechamente relacionada. Por lo tanto queda patente que se da una reducción progresiva de
los delitos, ya que pasan de 48,8% a un 76,8% las personas que no cometen ningún delito.
Pero, ¿por qué no es efectivo para el total de sujetos?, ¿por qué algunos sujetos persisten en su conducta
delictiva?. Es conocido que los opiáceos, a diferencia del alcohol y los psicoestimulantes, producen una reacción
de sedación, sin desequilibrios emotivos ni reacciones de agresividad, y no tienden a reacciones paranoides o
psicóticas como los anteriores, por lo que su consumo no predispone al comportamiento delictivo. Por lo que no
tiene sentido, que estando con tratamiento de metadona y al encontrarse sus receptores opiáceos cubiertos por la
misma, realicen conductas delictivas. Las cuales se asocian a un estado de abstinencia el cual es difícil se pueda
presentar teniendo presente lo dicho con antelación.
Por lo tanto, la causa real del consumo no nos la puede dar el puro consumo de la heroína, quizás si pueda dar
explicación del mismo la politoxicomanía, es decir el uso combinado con otras sustancias ya que el consumo de
alcohol y cocaína si pueden generar comportamientos delictivos, agresiones y homicidios. Está bien documentado
que la intoxicación aguda por cocaína produce frecuentemente agitación, hiperactividad, nerviosismo, excitación y
paranoia.
Pero tampoco todo consumidor de cocaína comete conductas criminales. Por lo que es necesario un factor más
para poder explicar dicha conducta es donde podríamos incluir el tipo de personalidad.
Puede ser que el consumo de cocaína o alcohol, o el sumatorio de ambas, unido a una personalidad antisocial
puedan ser los determinantes que expliquen la tipología de dichos sujetos.
Ya que el consumo de alcohol y cocaína en conjunto ejerce un efecto desinhibidor sobre la conducta, el cual
incluye impulsividad, capacidad de juicio disminuida y explosividad, y este efecto hemos de tenerlo en cuenta a la
hora de valorar la comisión de delitos.
Al igual que el consumo de Benzodiacepinas cursan con presencia de agresividad por perdida de control, y en un
momento determinado pueden asociarse a ser utilizadas para reducir el nerviosismo y la ansiedad lo cual puede
facilitar la actividad delictiva en algunos casos.
Por lo que es de esperar la presencia de politoxicomanía en aquellas personas que cometen delitos, con utilización
de cocaína y/o benzodiacepinas y/o alcohol y dada la reincidencia que presentan algunos de los sujetos también la
presencia de unas determinadas características personales que les mantengan en la comisión de los mismos.
Llama paralelamente la atención dicha reincidencia la cual parece mantenerse a lo largo del tiempo, en algunos
sujetos. El mantenimiento de la misma deja entrever la poca efectividad que tiene el posponer en el tiempo las
tomas de decisiones judiciales, algo que puede verse mejorado con la puesta en marcha de los juicios rápidos.

Bibliografía
1. La reforma penal. Delitos socio-económicos. Edición de Marino Barbero Santos. 1985. ISBN.84-600-3892-0
2. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Número 2 del artículo 20.
3. Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, del Reglamento Penitenciario. Capítulo II Programas de tratamiento.
Artículos 116-117.

4. Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías, 2000.
5. Observatorio Europeo de la Droga y la Toxicomanías (O.E.D.T) (2001), An overview study: Assistance to drug
users in European Union prisons. Informe científico del ODET, Cranstoun Drug Services Publishing, Londres, 2001,
201-217.
6. Aos, S., Phipps, P., Barnoski, R., Lieb, R. The comparative costs and benefits of programmes to reduce crime.
Washington State Institute for Public Policy, WA, EE.UU, 2001. En www.wa.gov/wispp
7. Observatorio Europeo de la Droga y la Toxicomanías (O.E.D.T). Las drogas en el punto de mira. Sumario 2.
8. De la Cuesta Arzamendi, JL. La resocialización del toxicómano delincuente. Aspectos de derecho penal y
penitenciario. Congreso de Drogodependencias Análisis Multidisciplinar. Area III: Aspectos penales y
criminológicos. Gobierno Vasco, 1988.
9. Cadoret et al. An adoption study of genetics and environmental factor in drug abuse. Archives of General
Psychiatry 1986; 43: 1121.
10. Jaffe, H. Drug addiction and drug abuse. The Pharmacological basis of therapeutics. New York, 1985.
11. Rousanville BJ, Weissman MM, Wilber ChH, Kleber HD. Pathways to opiate addiction: An evaluation of differing
antecedents. Brit J Psychiat. 1982; 141: 437-446.
12. Fink, L., Hyatt, MP. Drug use and criminal behavior. J Drug Education. 1978; 8(2): 139-149.
13. Otero López, JM. Droga y Delincuencia. Concepto, medida y estado actual del conocimiento. Eudema. 1994.
14. Meyer R. Farmacología de la conducta de la marihuana. En A Lipton, A Morris et al. Psicofarmacología. A los
treinta años de progreso. Barcelona. Espaxs. 1982; 9: 1821-1835.

Cita
1 Al tratarse de un estudio de correlación ha de respetarse la bi-direccionalidad en la lectura de los resultados.


IMPORTANTE: Algunos textos de esta ficha pueden haber sido generados partir de PDf original, puede sufrir variaciones de maquetación/interlineado, y omitir imágenes/tablas.

Comentarios de los usuarios



No hay ningun comentario, se el primero en comentar