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La persona facilitadora en procesos judiciales



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Noticia | 08/01/2021

El Plan Estratégico 2016-2020 de Plena inclusión España plantea el reto de lograr que el acceso a la justicia en igualdad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo se realice en condiciones de igualdad con los demás.


El artículo 13 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad recoge el derecho a la realización de ajustes de
procedimiento “con la finalidad de equilibrar y respetar los derechos de las partes. Estos ajustes comprenden todas las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas para cada caso particular, que pueden incluir la utilización de intermediarios o facilitadores” (NNUU 2020, p.15).

Nos ha parecido fundamental profundizar, reflexionar e intentar concretar sobre esta figura profesional que ya emerge de facto. Esta tarea no es posible realizarla si no contamos con el punto de vista del resto de operadores jurídicos que trabajan día a día en el campo del acceso a la justicia, así que solicitamos la colaboración del Consejo General del Poder Judicial, diferentes servicios policiales (Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Local a través de Unijepol), Oficina Nacional de lucha contra los delitos de odio y el Grupo de Investigación en Psicología del Testimonio de la
Universidad Complutense de Madrid. Además, dentro del ámbito de Plena inclusión contamos con la participación de un experto por experiencia, gerentes de federaciones y organizaciones asociadas a las mismas, abogados de nuestra Red de Juristas y profesionales
nuestro programa de atención a personas reclusas y ex reclusas y de unidades de atención a víctimas del ámbito de Plena inclusión.
Este documento, aprobado por la Junta Directiva de Plena inclusión España el día 22 de octubre de 2020, pretende ser un punto de partida para que la figura siga desarrollándose.



La persona facilitadora en procesos judiciales ser un documento exhaustivo que agote todas las respuestas, sino más bien que incite a continuar reflexionando y avanzando.


Durante el trabajo hemos abordado las siguientes cuestiones:


 ¿Qué es una persona facilitadora en un proceso judicial?
 ¿Quién puede solicitar la intervención de una persona
facilitadora?
 Un facilitador no es: diferencias con otros perfiles participantes
en el proceso.
 Principios de actuación de la persona facilitadora.
 Funciones de la persona facilitadora.
 Conocimientos necesarios para el ejercicio de sus funciones.
 Siguientes pasos.


PARA MÁS INOFORMACIÓN PINCHE AQUÍ  https://www.plenainclusion.org/sites/default/files/plena_inclusion._la_persona_facilitadora_en_procesos_judiciales.pdf


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