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La Audiencia exculpa a la Fundación Jiménez Díaz de los asesinatos de la doctora De Mingo.

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Noticia | Fecha de publicación: 07/11/2003
Artículo revisado por nuestra redacción | Trastorno esquizoide /esquizotípico

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular en el caso de Noelia de Mingo contra el auto dictado por el juez que instruye el caso, Tomás Martín, denegando que se practiquen pruebas encaminadas a investigar una posible responsabilidad en la causa por parte de la Fundación Jiménez Díaz. Así lo acuerda la Sección 23ª de la...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular en el caso de Noelia de Mingo contra el auto dictado por el juez que instruye el caso, Tomás Martín, denegando que se practiquen pruebas encaminadas a investigar una posible responsabilidad en la causa por parte de la Fundación Jiménez Díaz. Así lo acuerda la Sección 23ª de la Audiencia madrileña en un auto dictado por los magistrados Ángel Luis Hurtado Adrián, Rafael Mozo Muelas y Jesús Eduardo Gutiérrez Gómez, que fue dado a conocer ayer en rueda de prensa por la Asociación el Defensor del Paciente (Adepa) y por las familias de las víctimas mortales del suceso, ocurrido el pasado 3 de abril.

En dicha resolución judicial, el tribunal deniega a la acusación particular, representada por el abogado Carlos Sardinero y ejercida por los parientes de los afectados, la práctica de diligencias encaminadas a probar la existencia de un presunto delito de falsedad documental con el que, según el letrado, el centro médico habría incrementado el riesgo de que ocurrieran los hechos.



Tres delitos de homicidio



La doctora Noelia de Mingo, médico residente de tercer año de Reumatología en la Fundación Jiménez Díaz, apuñaló el pasado 3 de abril a ocho personas en los pasillos del hospital, causando la muerte a tres de ellas ¬Leilah El Omaari, Félix Vallés y Jacinta Gómez¬ y dejando gravemente heridas a las otras cinco. El juez le imputa tres delitos de homicidio consumado y otros cinco en grado de tentativa. A juicio de la acusación particular, el centro mantuvo a De Mingo en su puesto, a pesar de que ésta no realizaba las guardias necesarias para aprobar los cursos del MIR ni asistía a las sesiones clínicas. Además, se la mantuvo en su puesto a sabiendas de que padecía alucinaciones y delirios propios del trastorno esquizoide que sufría y que era conocido tanto por sus compañeros como por sus superiores.

Por ello, el letrado Carlos Sardinero solicitó al titular del Juzgado de Instrucción número 33 que se aportaran como pruebas los resultados de las evaluaciones anuales de la doctora De Mingo, sus nóminas y las renovaciones anuales de sus contratos laborales. Todo ello encaminado a probar las supuestas «irregularidades» cometidas por los responsables de la Jiménez Díaz en relación a los hechos ocurridos en abril. El juez Tomás Martín denegó la práctica de dichas diligencias y el letrado recurrió en apelación dicha decisión, que ha sido ratificada por la Audiencia Provincial. En su auto, la Sala niega que exista la «indefensión» alegada por la acusación y rechaza investigar la posible responsabilidad del hospital. Los familiares de las víctimas culpan de lo sucedido a los médicos encargados de la formación y el control de los residentes, y lamentan que la Audiencia Provincial no quiera investigar que mantuvieron en activo a una profesional con alteraciones mentales que conocían

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