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Analisis critico sobre los biomarcadores de la peligrosidad criminal.

Fecha Publicación: 20/05/2024
Autor/autores: DANIEL MIGUEL BOLDOVA MARZO
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RESUMEN

La preocupación social por la reincidencia criminal ha revivido debates sobre la predicción delictiva con base en marcadores biológicos. De la mano de los desarrollos en el ámbito de la Neurología, algunos académicos han pretendido correlacionar la morfología y activación de determinadas áreas cerebrales con la predisposición a cometer delitos. Este sector académico pretende obtener un riesgo estadístico sobre la reincidencia delictiva con base en la arquitectura cerebral de los sujetos analizados.

En el ámbito de la Genética se ha reproducido el debate en similares términos, en tanto que algunos científicos aspiran a determinar la tendencia a la agresividad de las personas en función de su código de ADN. En este sentido, no son pocos los artículos y trabajos científicos que han afirmado la existencia de un “gen de la agresividad” o incluso de la criminalidad. Esta cuestión ha adquirido una notable repercusión académica a raíz del empleo de informes genéticos por parte de la jurisprudencia italiana para reconocer disminuciones en la capacidad de los sujetos de actuar voluntariamente, asociado con casos de inimputabilidad.

Sin embargo, en ambos campos resulta imprescindible un mayor desarrollo de los estudios neurológicos y genéticos, así como la obtención de evidencias fiables e irrefutables. Parece aventurado catalogar áreas neuronales o genes determinados como genuinos “biomarcadores de la peligrosidad criminal”, en tanto que faltan actualmente elementos empíricos para presentar las conclusiones pretendidas. En este contexto, se realizará a cabo un análisis crítico sobre la problemática expuesta.


Palabras clave: Peligrosidad, Inimputabilidad, Biomarcador, Culpabilidad.
Tipo de trabajo: Ponencia Invitada
Área temática: Neuropsicología .
Investigador predoctoral contratado del Departamento de Derecho Penal, Filosofía del Derecho e Historia del Derecho de la Universidad de Zaragoza (España).

Comentarios de los usuarios


Muchas gracias por su comentario, Dr. Agea. Había leído varios estudios en relación al MAO-A y, aunque me falta mucho por aprender, me parece un campo de investigación verdaderamente interesante.

DANIEL MIGUEL BOLDOVA MARZO
Profesional - España
Fecha: 21/05/2024


Le agradezco profundamente el comentario, Patricia. La verdad que la genética ha desempeñado un rol crucial en el diagnóstico de la EH, pero es cierto que quizás no es tan conocida como otras enfermedades que he mencionado. En cualquier caso, le agradezco la atención y el interés.

DANIEL MIGUEL BOLDOVA MARZO
Profesional - España
Fecha: 21/05/2024


Muy interesante valoración, en especial porque si valoración refuerza el espíritu de norma y se corresponde con lo que tenía entendido acerca de la jurisprudencia asociada, por ejemplo, al gen Monoamino oxidasa (gen guerrero)

Aitor Agea Gómez
- España
Fecha: 21/05/2024


Soy abogada mexicana. Dr. Boldova, felicitaciones por su exposición, muy interesante el aspecto genético que abordó y sobre todo que haya mencionado EH, Enfermedad de Huntington, que mucha gente por lo menos en mi país no conoce, en abogados/as postulantes no he escuchado que los factores genéticos como EH, o algún otro preponderante en la salud mental pudiera considerarse o tomarse en cuenta en este plano de la criminalidad.

PATRICIA IBARRA TAPIA
Profesional - México
Fecha: 20/05/2024


En relación con su segunda pregunta, debo señalar que, aunque el Derecho penal en la actualidad presenta una clara tendencia a la prevención y ha pretendido identificar y prevenir a los sujetos que presenten comportamientos violentos, la respuesta penal deberá ser proporcional al delito cometido. El principio de proporcionalidad, integrado en el principio de culpabilidad, actúa como una salvaguarda esencial para responder en proporción al crimen cometido (aunque a priori este sujeto pueda considerarse más “peligroso” que otro que cometió un crimen mayor). De nuevo muchas gracias por su preguntas, espero que haya encontrado las respuestas igualmente satisfactorias. (2/2)

DANIEL MIGUEL BOLDOVA MARZO
Profesional - España
Fecha: 20/05/2024


Buenos días Hernán. Encuentro muy interesantes las dos preguntas que me plantea. En relación con su primera pregunta, considero que nos encontramos lejos de replantear la imputabilidad como condición generalizada de la base poblacional. Parafraseando a Hassemer, nuestro modelo de responsabilidad se sustenta sobre los fundamentos normativos del trato social que otorga un reconocimiento recíproco de los humanos conforme a la percepción de que son personas responsables. Por lo tanto, la atribución de responsabilidad y la imputabilidad en sí no se basan tanto en conocimientos neurobiológicos, sino en fundamentos sociales. Por esta razón, no creo que se produzca una evaluación estandarizada obligatoria, porque el propio ordenamiento reconoce a los ciudadanos como imputables con carácter general como premia básica de la vida social. Sin embargo, ello no obsta para que se produzca un mayor diálogo entre el Derecho penal y la Ciencia Psiquiátrica y Psicológica para identificar mejor a los individuos que no se encuentren en situación de imputabilidad plena e, igualmente, proporcionen una respuesta más adecuada y terapéutica. (1/2)

DANIEL MIGUEL BOLDOVA MARZO
Profesional - España
Fecha: 20/05/2024


Buen día Dr. Daniel. Primero ,lo felicito por su presentación, fue abundante e integrador, demuestra un esfuerzo entre la perspectiva jurídica y médica que no es sencilla. Segundo, quería colocar una pregunta: dado que en los tiempos actuales avanza la tecnología que permite evaluar más y mejor el área neuropsicológica y genética, considera que en el futuro, exisitirá una especie de evaluación estandarizada obligatoria, para determinar el grado imputabilidad de un acusado?, luego, otra pregunta, supongamos dos personas que comete un crimen,donde uno de ellos no muestra perturbaciones psicológicas pero el crimen es grave mientras que el otro si posee algún marcador criminal pero el crimen cometido no es tan grave, eso influenciaría la sentencia penal en un futuro? de nuevo, muchas gracias y felicitaciones

Hernán Javier De Oliveira Yéndiz
Psicólogo - Portugal
Fecha: 20/05/2024



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