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Anulado el nombramiento irregular de Jefe de Servicio de Psiquiatría del Hospital Río Hortega



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Noticia | 04/07/2019

Los Juzgados de Valladolid han anulado el nombramiento irregular de Jefe de Servicio de psiquiatría del hospital Río Hortega. El Servicio Jurídico Regional de CCOO de Castilla y León ha conseguido anular el nombramiento.


Según señala el sindicato, el nombramiento como Jefe de Servicio en atribución temporal de funciones no se ajustaba a derecho y fue sólo una más de las continuadas irregularidades que la consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud “han venido efectuando a lo largo de las últimas legislaturas rompiendo la igualdad entre sus trabajadores y dando poder a unos pocos en perjuicio de otros”.


La Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO CyL) interpuso en su momento un recurso contencioso administrativo contra el nombramiento del director de la Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental de Zamora como coordinador de una alianza estratégica entre la citada unidad y el Servicio de psiquiatría del hospital Río Hortega de Valladolid.



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La alianza se fundamentaba en la existencia de la Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental de Zamora, también anulada a instancias de la FSS-CCOO CyL, y en el nombramiento como Jefe de Servicio de psiquiatría de atención Especializada del Área Oeste en atribución temporal de funciones,  lo que en la práctica suponía para esta persona ocupar dos jefaturas de servicio contempladas en la plantilla orgánica en áreas diferentes.


Casualmente se trata de la misma persona, el doctor Manuel Ángel Franco, que inauguró la puesta en marcha de las 2 Unidades de Gestión Clínica en Castilla y León, Salud Mental en Zamora y Cardiología en Valladolid, unidades piloto que no demostraron ser eficaces y que ni fueron negociadas con la representación sindical ni fueron aceptadas por los propios trabajadores.


“Ningún responsable de la administración sanitaria de Castilla y León quiso dar explicaciones de este proceder que obviaba la normativa vigente y al mismo tiempo perjudicaba los derechos de otros aspirantes legítimos a ocupar dicha jefatura”, indica CCOO antes de recordar que “en su fundamento de derecho tercero la sentencia afirma que aunque se le pudiera haber nombrado coordinador de la alianza estratégica, no podía hacerse como jefe de servicio ya que las jefaturas de servicio deben cubrirse conforme a la norma, toda vez que son plazas contempladas en plantilla y en las que por tanto no cabe la atribución temporal de funciones”.


CCOO advierte de que seguirá pendiente y combatirá “todas aquellas actuaciones que considere irregulares o ilegales, en pos de la tantas veces prometida y pocas veces practicada transparencia de la que la consejería de Sanidad hace gala de palabra y desmiente con los hechos”.



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Fuente: Último Cero
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