El suicidio femicida ya tiene reconocimiento legal, ¿cuándo llegará el turno del suicidio laboral?
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Autor/autores: Andrés Lucero Leiva
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Artículo revisado por nuestra redacción
La reciente aplicación del artículo 390 sexies del Código Penal en un caso de suicidio vinculado a violencia de género marca un precedente inédito en Chile. Sin embargo, contrasta fuertemente con la exclusión sistemática del suicidio en contextos de violencia laboral bajo la Ley N.º 16.744. Esta disparidad revela un doble estándar normat...
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La reciente aplicación del artículo 390 sexies del Código Penal en un caso de suicidio vinculado a violencia de género marca un precedente inédito en Chile. Sin embargo, contrasta fuertemente con la exclusión sistemática del suicidio en contextos de violencia laboral bajo la Ley N.º 16.744. Esta disparidad revela un doble estándar normativo que exige repensar la causalidad estructural en el derecho chileno, avanzando hacia una comprensión más coherente y justa de los contextos que erosionan la autonomía individual.

