Autor/autores:
Mª Eugenia Carbajosa Fernández
, Carmen Ana García García, María Ángeles Sepúlveda de la Torre, Nathalie Andrés Moreno
Fecha Publicación: 24/05/2020
Área temática:
Psiquiatría legal y forense .
Tipo de trabajo:
Conferencia
Servicio de Psiquiatría del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla.
Médicos Psiquiatras y Médicos Forenses vemos, de forma frecuente, enfermos denominados como “de puerta giratoria”, con múltiples ingresos por descompensaciones de su patología psiquiátrica. Ante este problema, desde 2004, en que CIU propuso una modificación del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para autorizar el TAI, ha habido distintas propuestas y existen variadas opiniones, a veces encontradas, en relación a la aplicación de este tipo de tratamiento, que aun no está regulado legalmente en España.
El TAI es una forma de tratamiento no voluntario aplicado en la comunidad, que pretende asegurar la cumplimentación terapéutica en las personas que presentan un Trastorno Mental Grave, que no tienen conciencia de enfermedad y en las que el riesgo de recaídas es muy frecuente, generalmente por abandono del tratamiento, lo que da lugar a hospitalizaciones repetidas y urgencias frecuentes.
El TAI pretende mejorar la adhesión al tratamiento y prevenir el deterioro de estas personas con trastorno mental grave, manteniéndolas en su medio y evitando las múltiples intervenciones de urgencia y los sucesivos y frecuentes internamientos involuntarios hospitalarios. Todo ello cumpliendo una serie de requisitos para garantizar los derechos del enfermo.
Palabras clave: Trastorno mental grave, adherencia, tratamiento, involuntario.
MARÍA ÁNGELES CORRAL Y ALONSO
Psiquiatría - España
Fecha: 06/06/2020
María Soledad Olmeda García
Psiquiatría - España
Fecha: 02/06/2020