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CONSIDERACIONES para uso de la Telepsiquiatría y Telepsicología durante la crisis del COVID-19

Fecha Publicación: 28/03/2020
Autor/autores: Pedro Moreno Gea
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RESUMEN

Por su interés en estos momentos reproducimos a continuación las recomendaciones sobre uso de la videoconferencia de la SEP y el comunicado de Consejo General de la Psicología de18/03/2020

CONSIDERACIONES y REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS DE LA VIDEOCONFERENCIA elaboradas por la Sociedad Española de Psiquiatría

Los servicios de Psiquiatría y Salud Mental deben seleccionar aplicaciones de videoconferencia que tengan los parámetros de verificación, confidencialidad y seguridad apropiados para ser utilizados adecuadamente para este propósito. En el caso de un fallo tecnológico que cause una interrupción de la sesión, el profesional deberá tener un plan de sustitución (por ejemplo, otra plataforma de comunicación, acceso telefónico, etc.). La Telepsiquiatría se proporcionará a través de servicios con ancho de banda y resolución suficientes para garantizar que la calidad de la imagen y/o audio recibidos sean adecuados para los servicios que se prestan.

INTEGRACIÓN DE LA VIDEOCONFERENCIA EN OTROS SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS

Las organizaciones deberán garantizar la preparación técnica de los equipos de telemedicina y el entorno clínico. Tendrán políticas y procedimientos establecidos para garantizar la seguridad física de los equipos de telemedicina y la seguridad electrónica de los datos. Las organizaciones deben garantizar el cumplimiento de todas las leyes, reglamentos y códigos de seguridad relevantes para la tecnología y la seguridad técnica. En la actualidad existen plataformas que permiten acceder a historias clínicas electrónicas instauradas en distintos sistemas de salud y permiten incluso el acceso a la prescripción electrónica.

REQUERIMIENTOS PARA LA ESTRUCTURA FISICA

Durante una sesión de Telepsiquiatría, el emplazamiento elegido se considerará como un despacho de consulta, independientemente del uso previsto de la sala. Los profesionales que empleen la Telepsiquiatría deben garantizar la privacidad para que otras personas no puedan escuchar la sesión fuera de la sala donde se presta el servicio. En la medida de lo posible, las cámaras del paciente y del proveedor deben colocarse a la misma elevación que los ojos con la cara claramente visible para la otra persona. Las características del entorno físico para ambos se ajustarán de manera que el espacio físico, en la medida de lo posible, maximice la iluminación, la comodidad y un ambiente relajado.

CONSIDERACIONES CLÍNICAS SELECCIÓN DE PACIENTE Y CONTEXTO

No existen contraindicaciones absolutas para los pacientes que se evalúan o tratan mediante la Telepsiquiatría. El uso de la misma con un paciente determinado queda a criterio del profesional. Para entornos clínicamente no supervisados (por ejemplo, hogar u oficina) donde el personal de apoyo no está disponible de inmediato, hay que valorar cuidadosamente la idoneidad en cada caso. En estas situaciones se requiere que el paciente desempeñe un papel más activo y cooperativo en el proceso de tratamiento. Los pacientes deben poder configurar el sistema de videoconferencia, mantener la configuración adecuada del dispositivo informático que use, establecer un espacio privado y cooperar para una gestión de efectiva de la seguridad y la privacidad. En ocasiones, incluyendo menores de edad, pueden recibir ayuda y apoyo de familiares. Los factores que cabría considerar por parte de los profesionales incluyen:

• La capacidad cognitiva del paciente, su historial de adherencia a tratamientos, las dificultades actuales y pasadas con el abuso de sustancias y el historial de violencia o comportamiento autolítico.

• La distancia geográfica al centro médico de emergencia más cercano, la eficacia del sistema de apoyo del paciente y el estado médico actual.

• En el proceso de consentimiento informado verbal debe incluirse la discusión de las circunstancias en torno al manejo de la sesión, de modo que, si un paciente ya no puede ser manejado de manera segura a través de la tecnología a distancia, el paciente debe ser consciente de que la sesión puede interrumpirse.

• Si el profesional que aplica la Telepsiquiatría no puede manejar los aspectos médicos del paciente sin poder realizar exámenes físicos iniciales o de revisión, lo documentará en el registro y se proporcionará la información al paciente para realizar los exámenes físicos en su centro sanitario de referencia.

GESTIÓN DE LA RELACIÓN MEDICOPACIENTE TELEMÁTICA

Las entrevistas de Telepsiquiatría se pueden realizar como parte de una relación clínica más amplia, tanto en persona como en línea, utilizando múltiples tecnologías por parte de profesionales que trabajan individualmente o en equipo. La entrevista telemática puede ser un complemento de un contacto periódico en persona o puede ser el único medio de contacto. Por lo general, es compatible con tecnologías de comunicación adicionales, como información por fax o correo electrónico, portales de pacientes, teléfono, dispositivos móviles y registros de salud electrónicos.

CONSIDERACIONES ÉTICAS

Los profesionales de la salud serán responsables de mantener el mismo nivel deontológico y ético y pautas de práctica clínica que en el cuidado de personas en la prestación presencial, así como también de aspectos específicos relacionados con la Telepsiquiatría, como son los procesos de consentimiento, autonomía del paciente, y privacidad.

ASPECTOS CULTURALES

Los profesionales que utilicen la Telepsiquiatría deben ser culturalmente competentes para prestar servicios a las poblaciones a las que atienden. Es decir, deben familiarizarse con las distintas culturas de la población atendida, pudiendo realizar visitas a domicilio y facilitadores culturales para mejorar su conocimiento local cuando sea apropiado y práctico. Es importante que evalúen la exposición previa, la experiencia y la comodidad de un paciente con las tecnologías de información o videoconferencias. Deben ser conscientes de cómo esto podría afectar las interacciones iniciales de Telepsiquiatría y mantener una evaluación continua del nivel de comodidad del paciente con la tecnología durante el curso de las sesiones.

GRUPOS POBLACIONALES ESPECÍFICOS

a. Niños y adolescentes: Las orientaciones y guías para la Telepsiquiatría para niños y adolescentes serán las mismas que para adultos, con la salvedad de que será necesaria la evaluación específica del funcionamiento psicomotriz, habla y lenguaje y la situación sociolegal. El ambiente debe estar adaptado a esta población y debe considerar un espacio suficiente para que el paciente pueda estar acompañado así como recabar información por parte de los familiares.

b. Adicciones: En un contexto de coordinación e integración entre las redes asistenciales ambulatorias de salud mental y adicciones, la aplicación de la Telepsiquiatría puede resultar decisiva. Los pacientes con patología dual serían beneficiarios del espacio de coordinación entre profesionales de ambas redes a través de la Telepsiquiatría.

c. Centros rehabilitación psicosocial y residenciales: La coordinación asistencial y administrativa desde los recursos de hospitalización y residenciales se beneficia enormemente de la Telemedicina en Salud Mental o Telepsiquiatría. Sesiones clínicas en videoconferencia, reuniones organizativas con otros dispositivos ambulatorios y comunitarios, evaluaciones judiciales de los ingresos involuntarios, coordinación con el equipo de hospitalización a domicilio y discusión de casos en los que haya que tomar decisiones críticas, son ejemplos de las mejoras en materia de continuidad de cuidados que podrían implementarse.

d. Atención Primaria: La Telepsiquiatría es una buena práctica para consolidar la continuidad de cuidados y tratamientos a través de todo el sistema sanitario y muy especialmente con la Atención Primaria, donde modelos de consultor en línea con el paciente presente, e-consulta e interactividad entre equipos de salud mental y primaria, han resultado exitosos.

e. Comparecencias ante la Justicia: Un recurso de salud mental ambulatorio u hospitalario suele adolecer de una relación fluida y frecuente con la autoridad judicial que le corresponde geográficamente. No es infrecuente que los profesionales de la salud mental se vean obligados a acudir a vistas judiciales como testigos, con la distorsión que produce en sus agendas con el consiguiente perjuicio para los pacientes. Tanto para el primer caso, interacción salud mental y judicatura como para el segundo, citación como testigo del profesional de salud mental, la opción telemática mejoraría drásticamente las dificultades actualmente existentes. También se utiliza la telemedicina para que jueces y forenses puedan evaluar pacientes ingresados en contra de su voluntad o menores ingresados en centros psiquiátricos según el artículo 763 LEC.

 

Plse aquí para ver el documento completo. GUÍA COVIDSAM PARA LA INTERVENCIÓN EN SALUD MENTAL DURANTE EL BROTE EPIDÉMICO DE COVID-19

 

Comunicado del Consejo General de la Psicología 18/03/2020

Ante la compleja y difícil situación de alarma por la que están atravesando muchos países -entre ellos España-, provocada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y en línea con su compromiso en pro del bienestar de los psicólogos y las psicólogas en particular, y de la sociedad en general, el Consejo General de la Psicología ha establecido las siguientes recomendaciones para el ejercicio profesional de la Psicología:

1) Utiliza y prioriza la atención no presencial, por medio de canales alternativos para atender a los usuarios o pacientes: teléfono, correo electrónico o telepsicología. Te recomendamos utilizar la Guía práctica de la Telepsicología elaborada por el Consejo General de la Psicología de España.

2) En los casos excepcionales en los que la atención individual deba ser presencial, sigue las recomendaciones de las autoridades sanitarias (mantén la distancia de al menos un metro y medio, evita el contacto físico: apretones de manos, besos, abrazos, lávate las manos con agua y jabón antes y después de cada contacto (http://www.cop.es/pdf/COVID-19SARS-CoV-2.pdf).

3) Facilita al paciente o usuario/a de los servicios, un documento acreditativo de la necesidad de su intervención psicológica para que pueda justificar su desplazamiento. Puedes encontrar un modelo aquí: 

4) Suspende las intervenciones grupales presenciales. Si el trabajo grupal fuera indispensable, piensa en otras estrategias de atención utilizando los medios que se han propuesto anteriormente: lista de correo, llamadas grupales, grupos de whatsapp (con limitación de uso para los fines de atención grupal).

Debes cumplir las normas de la Ley de Protección de Datos.

5) Mantén contacto con tus compañeros por videoconferencia, teléfono…. Evita las reuniones de equipo.

6) Refuerza la limpieza y desinfectado de los espacios de atención y mantenlos ventilados. Presta especial atención a objetos más utilizados (pomos de las puertas, bolígrafos, reposabrazos…) y desaconseja el uso de los aseos.

7) Evita en la medida de lo posible que haya más de una persona en la sala de espera o en los espacios comunes. Intenta que las citas tengan una planificación que impida la presencia de varias personas en el mismo espacio. Si no fuera posible, haz visible la información con las medidas de seguridad (distancia de al menos 1 metro y medio, cubrirse con el codo al toser o estornudar, evitar el contacto físico).

8) Se recuerda que, según se establece en el artículo 7, apartado b) del Real Decreto 463/2020, 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece que quedan exceptuados de la limitación de la libertad de circulaciónde las personas las siguientes actividades:

1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) ………..

d) ………
Según informe de los abogados del Consejo General de la Psicología, en relación con el punto b), los centros o consultas destinadas a la Psicología Sanitaria o Clínica, podrán permanecer abiertos y si así lo desean sus titulares, continuar prestando servicios a sus clientes.

Una salvedad a esta información que aquí se indica es la publicada por la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y en la que se matiza, con respecto a la apertura al público de establecimientos médicos, que se entienden por establecimientos médicos aquellos en los que se requiere la prestación, por parte de profesionales sanitarios, de la asistencia necesaria para resolver problemas de salud que puedan tener una evolución desfavorable si se demora su tratamiento. Específicamente, los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRCs) no entrarían en esta definición, por lo que deberán permanecer cerrados. Cabe señalar que el incumplimiento de esta norma puede conllevar sanciones de enorme cuantía.

Por ello, este Consejo General de la Psicología, recomienda que como medida de contención al contagio del COVID-19, todas las actividades y consultas que no sean urgentes o preferentes, se realicen vía online, y no debiéndose de realizar terapias de grupo presencialmente (http://www.cop.es/pdf/COVID-19SARS-CoV-2.pdf).


Palabras clave: telepsiquiatria, videoconferencia, covid-19
Tipo de trabajo: Post/Entrada de Blog
Área temática: Psiquiatría general .

Editor de Psiquiatria.com

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