PUBLICIDAD

Actualidad y Artículos | Salud mental   Seguir 55

Me Gusta   0 0 Comentar  0 0

Expertas en salud mental consideran que ha faltado sensibilidad sobre el impacto que tiene en las personas el hecho de declararlas incapaces civilmente



0%
Noticia | 31/01/2020

·        Se estima que en España viven entre 250. 000 y 400. 000 personas incapacitadas o cuya capacidad de obrar ha sido modificada judicialmente.


 


·        El ordenamiento jurídico español está a expensas de su adaptación a lo que dicta la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con discapacidad (CIDPD), que aboga por un cambio de modelo que reemplace las medidas de incapacitación legal por otras de apoyo para la toma de las decisiones.


 


·        La ausencia de datos puede “dificultar” la necesaria estimación y planificación del impacto que el cambio de modelo puede tener en los recursos humanos y técnicos que serán necesarios para afrontarlo.


 


·        “La reforma legislativa tiene que ir necesariamente acompañada de un cambio en la mentalidad de la sociedad que implica el abandono de actitudes paternalistas, especialmente de los profesionales de la atención y del ámbito de la justicia”.


 


Aunque no existen datos oficiales, se estima que en España viven entre 250. 000 y 400. 000 personas incapacitadas o cuya capacidad de obrar ha sido modificada judicialmente. Para Mar Hernández Blázquez, psicóloga y directora técnica del Centro de Rehabilitación Psicosocial, Centro de Día y Equipo de apoyo social Comunitario “Retiro”  de la Línea de Rehabilitación Psicosocial de Hermanas Hospitalarias (LRHP), resulta “sorprendente” la ausencia de datos oficiales que reflejen fehacientemente el número de personas que han tenido y tienen restricciones en una cuestión tan relevante como el ejercicio de sus derechos, “máxime cuando la situación ha supuesto en su mayoría una “incapacitación civil” para todo y para siempre”.


Debido a la parálisis política que ha sufrido España, desde octubre de 2018 existe un anteproyecto de reforma del Código Civil pendiente de los diferentes trámites parlamentarios para su aprobación definitiva. El objetivo del mismo es la adaptación del ordenamiento jurídico español a lo que dicta la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con discapacidad (CIDPD), que en su artículo 12 estipula el “igual reconocimiento como persona ante la ley” de las personas con discapacidad. En ese sentido, la CIDPD aboga por un cambio de modelo que reemplace las medidas de incapacitación legal por otras de apoyo para la toma de las decisiones.


Al respecto, Hernández Blázquez considera que la ausencia de datos puede “dificultar” la necesaria estimación y planificación del impacto que el cambio de modelo puede tener en los recursos humanos y técnicos que serán necesarios para afrontarlo. En todo caso, la psicóloga asegura que para articular el nuevo modelo “será imprescindible reforzar los recursos humanos y técnicos de los juzgados, que actualmente son insuficientes para actuar en cada caso con la rapidez que se requiere”. No en vano, el anteproyecto de reforma del Código Civil propone una revisión periódica de las medidas de incapacitación legal que se establezcan y estipula para hacerlo un plazo no superior a tres años, una medida que Mar Hernández señala como “necesaria”, ya que el procedimiento de revisión actual “ha resultado ineficaz dada la excepcionalidad de la reversibilidad”.


Según datos del estudio ‘La prevalencia de la modificación de la Capacidad de Obrar en la Red Pública de atención a personas con enfermedad mental de la Comunidad de Madrid’, elaborado por la propia experta, entre 2010 y 2018 la reintegración de la capacidad de obrar ha sido “un procedimiento excepcional” en la comunidad autónoma madrileña. De hecho, en ese periodo solo 12 personas recobraron totalmente su capacidad de obrar y 13 la capacidad parcial. Para la coordinadora de la LRHP, la demora de los plazos de la reforma y la prolongación del debate sobre si la legislación actual era finalmente compatible o no con la Convención, “han contribuido a que las peticiones de reintegración hayan sido pocas y a que los juzgados hayan actuado con cautela en los casos en los que han tenido que pronunciarse”. No obstante lo anterior, para Mar Hernández “es indudable que ha faltado sensibilidad hacia el impacto que tiene en la persona el hecho de declararle incapaz civilmente, aunque fuera con la intención de protegerle”.


Importante papel de los recursos de atención psicosocial


El objetivo de la adaptación del ordenamiento jurídico español a la CIDPD es lograr que las personas con discapacidad cuenten, cuando lo precisen, con figuras de apoyo y medidas de protección para la toma de decisiones, respetando su autonomía, voluntad y preferencias, sin que, como sucede en la actualidad, estas medidas supongan una restricción de sus derechos.


En ese cambio de paradigma, para Mar Hernández Blázquez, la información que pueden proporcionar los profesionales de los recursos de la Red de atención psicosocial (que atienden a la persona en su entorno próximo y disponen de información directa sobre sus necesidades, capacidades, apoyos naturales con los que cuenta, así como sobre los cambios que se producen) “cobra una gran importancia en la revisión periódica de las medidas para ajustarlas a las estrictamente necesarias durante el tiempo que resulte imprescindible”.


En ese sentido, añade la psicóloga, cuanta más información concreta y específica se proporcione de cada usuario “mejor podrán establecerse y ajustarse las medidas”, lo que también supone un cambio de modelo que aboga por una mayor individualización de esas medidas: “Si las funciones representativas quedan limitadas a los casos más graves y se establecen en sentencia de manera precisa, respondiendo a las circunstancias particulares de cada persona, las medidas no deberían ser sistemáticas o estandarizadas, como con frecuencia se observa en las sentencias en la actualidad. Por esta razón sería importante llevar a cabo un seguimiento y análisis de las medidas restrictivas que se dicten para poder valorar la individualización real de los procedimientos”.


Mientras se espera a la aprobación de la reforma del Código Civil que adapte el ordenamiento jurídico español a la CIDPD, Mar Hernández señala por último la necesidad de “potenciar” el trabajo de sensibilización social “ya que la reforma legislativa tiene que ir necesariamente acompañada de un cambio en la mentalidad de la sociedad que implica el abandono de actitudes paternalistas, especialmente de los profesionales de la atención y del ámbito de la justicia”.

Fuente: Europa Press
Url corta de esta página: http://psiqu.com/2-60866

Comentarios de los usuarios



No hay ningun comentario, se el primero en comentar

el mundo cambia. actualízate tu formación
Publicidad

Recomendamos

Suicidio Prevención

¡Novedad en libros! La visión actual del suicidio, científicamente fundamentada, es que, aunque ...

VER MÁS
VER TODO
vortioxetina antidepresivos
Publicidad

Próximos cursos

CFC

Psicoterapia de los síntomas ansioso-depresivos: Un enfoque innovador

Inicio: 06/11/2024 |Precio: 90€

Ver curso