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La violencia de género en el ámbito de la salud.

Fecha Publicación: 01/03/2013
Autor/autores: Rosalía Trilles Solves

RESUMEN

La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género 1/2004 establece como obligaciones del Estado las siguientes actuaciones en el ámbito de la salud: Promover e impulsar actuaciones de los profesionales sanitarios para la detección precoz de la violencia de género. Desarrollar programas de sensibilización y formación continuada del personal sanitario para mejorar e impulsar el diagnóstico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer en las situaciones de violencia de género. El abordaje de la violencia contra la mujer desde el ámbito sanitario requiere la coordinación con otros recursos desde los ámbitos jurídico y social.

Este enfoque multidisciplinar marca el espíritu de los Planes de Acción que se han puesto en marcha tanto a nivel del Estado Español como en las diferentes comunidades autónomas. Muchas de las víctimas soportan y padecen durante años malos tratos sin denunciar los hechos a ninguna autoridad. Sin embargo, la mayoría de ellas establecen contacto con el sistema de salud en algún momento de sus vidas. Los centros de salud y las urgencias hospitalarias son un lugar importante para detectar a las mujeres maltratadas, brindarles apoyo y derivarlas a servicios especializados. Hay que priorizar la formación dirigida a los profesionales sanitarios para mejorar el conocimiento y las posibilidades de intervenir sobre el problema. Que sepan que se trata de un problema de salud pública. Que conozcan los recursos existentes para establecer una coordinación entre los profesionales y organismos y poder ofrecer una asistencia integral a las víctimas de la violencia de género.


Palabras clave: violencia de género, salud
Tipo de trabajo: Conferencia
Área temática: Psicología general .

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