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La violencia de género en el ámbito de la salud.

Fecha Publicación: 01/03/2013
Autor/autores: Rosalía Trilles Solves

RESUMEN

La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género 1/2004 establece como obligaciones del Estado las siguientes actuaciones en el ámbito de la salud: Promover e impulsar actuaciones de los profesionales sanitarios para la detección precoz de la violencia de género. Desarrollar programas de sensibilización y formación continuada del personal sanitario para mejorar e impulsar el diagnóstico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer en las situaciones de violencia de género. El abordaje de la violencia contra la mujer desde el ámbito sanitario requiere la coordinación con otros recursos desde los ámbitos jurídico y social.

Este enfoque multidisciplinar marca el espíritu de los Planes de Acción que se han puesto en marcha tanto a nivel del Estado Español como en las diferentes comunidades autónomas. Muchas de las víctimas soportan y padecen durante años malos tratos sin denunciar los hechos a ninguna autoridad. Sin embargo, la mayoría de ellas establecen contacto con el sistema de salud en algún momento de sus vidas. Los centros de salud y las urgencias hospitalarias son un lugar importante para detectar a las mujeres maltratadas, brindarles apoyo y derivarlas a servicios especializados. Hay que priorizar la formación dirigida a los profesionales sanitarios para mejorar el conocimiento y las posibilidades de intervenir sobre el problema. Que sepan que se trata de un problema de salud pública. Que conozcan los recursos existentes para establecer una coordinación entre los profesionales y organismos y poder ofrecer una asistencia integral a las víctimas de la violencia de género.


Palabras clave: violencia de género, salud
Tipo de trabajo: Conferencia
Área temática: Psicología general .

LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE LA SALUD

(Mesa: \"La violencia de género, asunto público o privado. Estado actual de la cuestión\"; Moderador: Mónica di Núbila. )

 

Fecha: 31/07/2012

 

Área temática: [Psic. ] psicología Social

 

Autores: Rosalía Trilles Solves,

 

 

Institución: Asprevia


E-mail: rotrisol@cop. es

 

Dirección postal: Calle Almazora, nº 45, pta. 30

 

Código postal: 46009

 

Ciudad: VALENCIA

 

Provincia: Valencia

 

País: España

 

 

1. - INTRODUCCION

 

En julio de 2004, el Comité de Naciones Unidas que vigila el cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer expresó preocupación por “la prevalencia de la violencia contra la mujer, en particular el número alarmante de denuncias de homicidios de mujeres a manos de sus cónyuges o parejas actuales y anteriores”.

La realidad es que muchas de las víctimas soportan y padecen durante años malos tratos sin acudir a ninguna autoridad para denunciar los hechos.

Sin embargo, la mayoría de las mujeres establecen contacto con el sistema de salud en algún momento de sus vidas. Por esta razón, los centros de salud y las urgencias hospitalarias son un lugar importante para detectar a las mujeres maltratadas, brindarles apoyo y enviarlas, si fuera necesario, a los servicios especializados. Lamentablemente, los estudios revelan que en gran parte de países los médicos y las enfermeras rara vez preguntan a las mujeres si han sido maltratadas y ni siquiera buscan signos obvios de violencia. La falta de formación o experiencia en el tema y el miedo a empeorar la situación de la víctima son algunos de los motivos que podrían explicar esta actitud.

 

2. - LA LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

 

Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género 1/2004 estableció como obligaciones del Estado relacionadas con el tratamiento de la violencia de género en el ámbito de la salud:

Promover e impulsar actuaciones de los profesionales sanitarios para la detección precoz de la violencia de género.
Desarrollar programas de sensibilización y formación continuada del personal sanitario con el fin de mejorar e impulsar el diagnóstico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer en las situaciones de violencia de género a que se refiere esta Ley.

 

 

El abordaje de la violencia contra la mujer desde el ámbito sanitario requiere la coordinación con otros recursos desde los ámbitos jurídico y social. Este enfoque multidisciplinar marca el espíritu de los Planes de Acción que se han puesto en marcha tanto a nivel del Estado Español como en las diferentes comunidades autónomas. Muchas de las víctimas soportan y padecen durante años malos tratos sin denunciar los hechos a ninguna autoridad. Sin embargo, la mayoría de ellas establecen contacto con el sistema de salud en algún momento de sus vidas.

Los centros de salud y las urgencias hospitalarias son un lugar importante para detectar a las mujeres maltratadas, brindarles apoyo y derivarlas a servicios especializados.

Hay que priorizar la formación dirigida a los profesionales sanitarios para mejorar el conocimiento y las posibilidades de intervenir sobre el problema. Que sepan que se trata de un problema de salud pública. Que conozcan los recursos existentes para establecer una coordinación entre los profesionales y organismos y poder ofrecer una asistencia integral a las víctimas de la violencia de género.

 

 

 

3. - OBJETIVOS

Crear unidad de atención a mujeres maltratadas.
Formar profesionales especializados en violencia.
Atención integral a la mujer víctima de violencia.
Implementar el protocolo de atención sanitaria a la violencia de género.
Mejorar la calidad asistencial

 

 

 

4. - CONTEXTO Y PROBLEMÁTICA GENERAL

Un total de 60 mujeres fueron asesinadas en el año 2011 por hombres con quienes mantenían o habían mantenido una relación sentimental, 13 menos que en 2010, según los datos oficiales. ello supone un descenso de casi un 18% en los crímenes de violencia de género respecto al año anterior.

Desde el año 2003, cuando comenzaron a recogerse estadísticas, han muerto así 605 mujeres y sólo una media del 30% habían presentado denuncia por malos tratos. Éste es el dato que en 2011 reveló un estudio del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género.

En 2011 se dio a conocer también que el 1, 4% de la población española aún justifica la violencia de género en determinadas circunstancias, que para el 80% de los jóvenes lo razonable es que ellas satisfagan los deseos de sus novios y que ocho de cada 10 ciudadanos ven "demasiados detalles" en las informaciones periodísticas sobre este asunto. El porcentaje de víctimas que había denunciado antes a su asesino nunca ha superado el 32 por ciento.

 

 

 

5. - RELEVANCIA DEL PROBLEMA

 

 

 

De acuerdo con el Consejo de Europa, la violencia intrafamiliar es la principal causa de muerte y discapacidad de mujeres entre 16 y 44 años. Provoca más muertes y daños a la salud que el cáncer o los accidentes de tráfico.

La gran mayoría de las mujeres que sufren violencia de género desarrollan depresiones y otros trastornos de personalidad graves y, en algunos casos, tienen entre 3 y 4 veces más de probabilidades de necesitar tratamiento psiquiátrico.

Sin embargo, en nuestro país, sectores clave como los Servicios de Urgencias de los hospitales, los servicios de atención Primaria y los centros de Salud Mental continúan sin estar preparados para la detección de la violencia de género, ni para prestar una adecuada atención a las víctimas o atender las necesidades de la colaboración con la justicia.

A pesar de la puesta en marcha de la Ley Integral, la actual política sanitaria hace que una mujer pueda asistir durante años a su médico a causa de las agresiones físicas y psicológicas sin recibir suficiente ayuda ni orientación para poder salir de la violencia.

No existe vacuna contra la violencia de género, pero sí conocemos sus causas y sus síntomas. Cuanto antes se detecta, más posibilidades existen de evitar sus peores consecuencias.

Los maltratos domésticos son un problema médico, ya que destruyen la salud de las mujeres y les causan enfermedades físicas y mentales, aumentando el nivel de suicidios, por lo que deben ser considerados como un problema de salud pública que se comporta como una pandemia.

Desde esta perspectiva, resulta esencial la organización en red de los servicios sanitarios y sociales implicados y es preciso que la intervención se haga en estrecha colaboración entre la organización sanitaria y la comunitaria.

 

 

 

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

 

 

Algo básico es incorporar la perspectiva de género a los protocolos de atención sanitaria, de la que carecen.

Ignoran el análisis de género:

Mezclan términos del ámbito legal con el asistencial, aplicándolos a los síntomas, como por ejemplo víctima, que no existe como término médico y que desde la definición del diccionario tiene connotaciones de aceptación por parte de la persona implicada, o sea de la víctima.

 

 

Es curioso que las figuras impresas para facilitar la explicación de las lesiones de violencia de las mujeres sean representaciones de hombres, en todos los documentos.

 

 

 

En algún protocolo aparecen en la anamnesis, de forma específica (en un lugar aparte en la historia clínica) preguntas sobre la medicación psiquiátrica que toma la mujer y sus antecedentes psiquiátricos.

 

 

 

También se habla de tipología de mujeres maltratadas, en lugar de tipos de maltratos a las mujeres.

Se mezcla a las víctimas de la violencia en general (hombres, mujeres, niñas, niños) con las mujeres que sufren maltratos domésticos, los cuales tienen, sin embargo, unas características esencialmente particulares como que siempre se trata de mujeres agredidas por hombres, las agresiones son repetidas a lo largo del tiempo, los hombres agresores son familiares muy cercanos y por tanto las mujeres viven amenazadas constantemente.

 

 

 

¿Qué debería constar en los protocolos de acción sanitaria?

Para la atención a las mujeres por maltratos domésticos se debería contar con un protocolo de atención urgente (hospital) y otro de atención en consulta habitual (Asistencia Primaria).

 

Protocolo hospitalario:

Parte de lesiones, con los datos de filiación de la mujer, la explicación de la agresión tal como la relata ella (hora, motivos, lesiones, etc. ) y antecedentes personales.
Respecto a las lesiones, los resultados de la exploración física, la exploración emocional, las exploraciones complementarias.
El diagnóstico.
El tratamiento.
Las derivaciones, a donde convenga, pero preferiblemente al centro de salud.
Observaciones.
Firma y la fecha.

 

 

Protocolo de atención Primaria:

Este protocolo de atención a las mujeres por malos tratos domésticos, como cualquier otro de actuación médica asistencial, debería constar en la historia clínica (HCAP), y sus datos en el lugar que corresponda de sus diferentes apartados: en la hoja de condicionantes y problemas, en la de diagnóstico, en las actividades preventivas, en los factores de riesgo, etc. y debería reflejar también la evolución del proceso y las pruebas, para valorar el riesgo de enfermedad y muerte.

 

Consenso y Coordinación entre protocolos

Es necesario que en la asistencia sanitaria se consensuen los siguientes protocolos de actuación:

Los de asistencia a la patología aguda (lesiones físicas, violación, síndrome de estrés post-traumático)
Los de asistencia a la patología crónica (patología psicosomática, síndrome de estrés por trauma repetido, sufrimiento psíquico, indefensión, abuso de sustancias etc. )
El protocolo médico judicial (parte de lesiones, remisión al juez)
El registro sistemático en la HCAP y en las actividades preventivas
Los programas de detección precoz de los síntomas, agudos y crónicos.
La Escalas de medidas de severidad (el tipo de maltrato y el riesgo para la vida)
El abordaje de la salud en las relaciones familiares y de pareja.
Iniciar tareas de prevención de educación sanitaria.
Formación para los profesionales sanitarios para diagnosticar, evaluar y asistir a esta patología.
Aprender a utilizar la "red" de atención- derivación- retorno (metodología circular).
Aprender estrategias de intervención psico-social, para afrontar este problema, mientras aún la mujer no se siente capaz de denunciar y de separarse.

 

 

7. - SITUACIÓN EN DIFERENTES HOSPITALES

El hospital de Valme (Sevilla) detectó en el primer semestre del 2009 hasta 17 casos de violencia de género, lo que supone tres casos más de los registrados a lo largo de todo el 2008 en el mismo centro, según informó el citado hospital, que destacó así su esfuerzo por intensificar la formación de sus profesionales en el tratamiento de la violencia de género.

La Consejería de Salud ha incluido en sus presupuestos para 2010 una partida para reforzar la implantación del protocolo andaluz contra el maltrato a las mujeres, con la puesta en marcha de la Red de Formación de profesionales en esta materia.

Otro de los objetivos es adaptar el protocolo a las características propias de este hospital, lograr la sensibilización del personal del ámbito sanitario, mejorar la asistencia de las mujeres víctimas, así como incidir en el abordaje multidisciplinar para una asistencia eficaz.

 

 

 

Hospital Gregorio Marañon (Madrid). -

Más de 600 mujeres víctimas de violencia machista y sus hijos e hijas que han sufrido daño emocional a consecuencia de los malos tratos han sido atendidos a través del Programa ATIENDE, una unidad médica especializada situada en el hospital Gregorio Marañón.

La directora general de la Mujer en la Comunidad de Madrid, María José Pérez-Cejuela, afirmó que desde los servicios sanitarios se puede desempeñar un papel crucial para ayudar a las víctimas de la violencia de género, "ya que para muchas mujeres maltratadas los profesionales de la salud son el principal punto de contacto con los servicios públicos que les pueden ofrecer información y apoyo".

Pérez-Cejuela destacó la importancia de que los profesionales cuenten con herramientas y formación para afrontar este problema y subrayó que en los cursos organizados por la Comisión contra la Violencia del Gregorio Marañón ya se han formado 450 profesionales sanitarios.

Los profesionales de la unidad, especializados en atención a víctimas de violencia de género, elaboran un informe clínico de cada paciente para su tratamiento y derivación a los servicios que necesiten.

Además, este informe clínico también tiene validez para los procedimientos judiciales que se deriven de la situación de violencia de género que han sufrido.

 

 

 

Hospital del Henares

El hospital del Henares ha creado el Comité de atención Especializada sobre la violencia de pareja en situaciones de riesgo familiar, para sensibilizar y formar a los profesionales sanitarios ante los casos de violencia y, en especial, ante los de violencia hacia las mujeres. El objetivo es crear en el Centro los cauces para que las víctimas de cualquier tipo de violencia, se sientan arropadas y apoyadas por el personal del centro sanitario.

 

 

 

8. - BIBLIOGRAFÍA

 

LEY ORGANICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

 

Mujeres Maltratadas: crítica a los protocolos de actuación sanitaria -<Mercè Fuentes i Pujol>

El Personal sanitario no percibe la violencia doméstica como un problema de salud – Blanca Coll-Vinent, Úrsula Farrás y otras

Conselleria de Sanitat GV Jornadas sobre violencia de género en el ámbito sanitario Valencia. Consellería de Sanitat de la GV

Declaración sobre eliminación de la violencia contra la mujer. Resolución A/RES48/104 de 20 de diciembre de 1993 Nueva York. Naciones Unidas 1994.

Ministerio de Sanidad y Consumo Protocolo común para la actuación Sanitaria ante la Violencia de Género. Ministerio de Sanidad y Consumo- 2007

La violencia contra la mujer en la pareja como factor asociado a una mala salud física y psíquica. A. P. 2004. Raya Ortega L. y col.


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