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Psicopatología de la mujer víctima de violencia doméstica.

Autor/autores: Alejandro Pérez Méndez
Fecha Publicación: 01/01/2002
Área temática: Psiquiatría general .
Tipo de trabajo:  Conferencia

RESUMEN

El Código Penal panameño establece como un acto delictivo, la violencia doméstica. En caso de violencia de tipo psicológica corresponde al psiquiatra Forense realizar un diagnóstico de daño en la Salud Mental de la víctima.

El siguiente trabajo representa la experiencia del autor acerca de las alteraciones psicopatológicas encontradas en la mujer de victima de violencia doméstica que permitan al administrador de justicia tomar una decisión objetiva.

Palabras clave: Mujer maltratada, Violencia doméstica


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Psicopatología de la mujer víctima de violencia doméstica.

Alejandro Pérez Méndez.

Instituto de Medicina Legal. Panamá

PALABRAS CLAVE: Violencia doméstica, Mujer maltratada.

[otros artículos] [26/2/2002]


El Código Penal panameño establece como un acto delictivo, la violencia doméstica. En caso de violencia de tipo psicológica corresponde al psiquiatra Forense realizar un diagnóstico de daño en la Salud Mental de la víctima. El siguiente trabajo representa la experiencia del autor acerca de las alteraciones psicopatológicas encontradas en la mujer de victima de violencia doméstica que permitan al administrador de justicia tomar una decisión objetiva.


Introducción

La Ley Nº 27 del 16 de junio de 1995, tipifica los delitos de Violencia Doméstica y Maltrato de Menores, ordenándose el establecimiento de dependencias especializadas para la atención de las víctimas de estos delitos, reformando y adicionando artículos al Código Penal y Judicial de la República (1).
Conociendo, el Legislador, que la Violencia Doméstica se caracteriza por sus variadas y mezcladas formas de presentación, (física, sexual, psicológica y/o patrimonial) decide utilizar, para efectos legales, el concurso del Departamento de psiquiatría Forense a fin de conocer el daño en la Salud Mental de la víctima de violencia doméstica, sobretodo cuando esta, se manifiesta exclusivamente, como violencia de tipo psicológica, verbal, por conducta de acción u omisión, es decir aquella que no produce un daño físico en la víctima.
Gran responsabilidad la del Departamento de psiquiatría Forense cuya opinión representa un punto clave a ser utilizado por la Fiscalía de Familia para considerar una conducta determinada como delictiva.
El siguiente trabajo es el fruto 8 años de experiencia acerca de la temática de la violencia domestica, experiencia iniciada a través de estudio de casos y controles realizada en 1994 en el Centro de Apoyo a la Mujer Maltratada de la Ciudad de Panamá. (2)
La frecuencia de presentación de la violencia doméstica, en la República de Panamá, se acerca al 40% (las autoridades panameñas consideran y atacan a la Violencia Doméstica como un problema de Salud Pública); siendo la mujer, el objeto de la agresión hasta en un 85%, siendo su compañero (esposo o compañero el agresor, en un 95% de las veces) por orden decreciente, le sigue el niño, la niña, el anciano, la anciana y el hombre (este último se presenta hasta en un 2% de los casos). Por tal motivo, profundizaremos en la psicopatología de la mujer, la víctima mayoritaria.

 

 

Psicopatología de la mujer maltratada

Muchos son los actores y autores que han expresado sus opiniones, en cuanto a las características psicológicas y medio ambientales de la mujer inmersa en el ciclo de la violencia doméstica.

Las opiniones varían de acuerdo al interés de cada exponente y van desde asegurar, (dicen, los detractores de la mujer) que la mujer víctima de violencia doméstica es una “masoquista” (porque muchos le han dicho que deje a “ese hombre” y ella no lo deja) o que “ella se lo busca” (porque ella “lo provoca”), hasta aseverar (dice el agresor) que ella es la “loca”; pasando, desde luego, por una extensa gama de explicaciones y justificaciones de tipo psicológico y sociológicos de gran importancia, tales como: antecedentes familiares de violencia doméstica, dependencia económica de la víctima, baja escolaridad (para nosotros, la violencia doméstica no es un problema de inteligencia, sino de sentimientos) y escasos recursos económicos de los participantes, (la violencia doméstica se da en todos los estratos económicos de la sociedad), uso de alcohol y/drogas (lo que no debe ser tomado como excusa por el agresor, además existen individuos que no usan alcohol ni drogas y son agresores), influencia de los medios de comunicación social (lo cual es relativo, porque, en este mundo globalizado, todos vemos las mismas escenas de violencia y no todos son agresores), etc.

La experiencia clínica nos marcaba el camino. En efecto, la mujer víctima de violencia doméstica sobretodo del tipo psicológico presentaba, las más de las veces un muy característico cuadro depresivo en el cual predomina el disminuido concepto del valor individual.

De extrema importancia resulta conocer los factores que impiden a la mujer romper el círculo de la violencia, pues con mucha frecuencia descubrimos que la violencia doméstica persiste muy largo tiempo sin resolver (5 a 8 años en promedio).

Tomando como base al estudio resumido en el acápite (2) los cuadros encontrados en la mujer víctima de violencia doméstica pueden ser divididos en dos grandes grupos:

 

 

SINTOMATOLOGÍA AGUDA

Son aquellos síntomas que se presentan con o poco después del episodio de agresión, las más de las veces la agresión se presenta como una combinación de ataques físicos, psicológicos, de alta intensidad y/o sexuales. La sintomatología es análoga a la REACCION A ESTRÉS agudo (F 43. 0) y el trastorno DE ESTRÉS POST TRAUMATICO (F 43. 1), incluidas dentro del capítulo de “REACCIONES A ESTRÉS GRAVE Y trastorno DE ADAPTACION” (CIE 10).

La primera se da, un ejemplo, cuando el agresor llega a casa a las 3:00 a. m. , medio borracho y con la camisa manchada de lápiz de labios y arremete violentamente contra la mujer a la menor insinuación solicitud de explicación. Su excusa (del agresor) es “es que no debió reclamarme, ella se lo buscó”. La segunda se da, otro ejemplo, cuando la mujer en casa momentos antes de que el agresor llegue a casa entre en un característico cuadro de ansiedad pues sabe que, él, probablemente, como siempre, le increpará porque la comida esta muy caliente, como o hizo ayer porque estaba muy fría o hace dos días porque estaba muy salada o hace tres días porque le faltaba sal. Su excusa (del agresor) “ven, ella se lo busca”.

SINTOMATOLOGIA CRONICA

La mujer sometida a violencia doméstica, de forma reiterada, sobretodo de tipo psicológico presenta un cuadro depresivo caracterizado por:

1. - DE INTENSIDAD MODERADA:
De acuerdo a la cantidad y gravedad de pautas diagnósticas encontradas.

2. - NO PSICÓTICA:
Luego de 8 años de trabajo con víctimas de violencia doméstica no hemos encontrado ninguna víctima que haya presentado ideas delirantes y/o alucinaciones, por tanto, tenemos el deber de derrumbar el mito de etiquetar (generalmente, lo hace el agresor) a la mujer maltratada como una “loca”.

3. - DE tipo INHIBIDO:
Decimos, que la mujer maltratada da la impresión de “estar cargando el mundo”

4. – CON IDEAS DE MUERTE:
En el caso de mujeres con hijos, hay muy baja frecuencia, a pesar de las ideas de muerte, de gestos suicidas.

5. – LLANTO FACIL:
“Consuelo” que en la generalidad de los casos le es negado a la mujer maltratada, pues genera mayor agresión, esto la obliga a postergar o disimular su sufrimiento y esperar estar en soledad para poder dar rienda suelta a su llanto.

6. – sentimiento DE aislamiento Y SOLEDAD:
A pesar de estar rodeada de familia y amigos, la mujer maltratada confiesa un sentimiento muy profundo de vacío.

 

7. – FALTA DE ESPERANZA EN EL FUTURO:
Debido a la falta de respuestas adecuadas, la incomprensión y doble victimización a la que se ve sometida, sobretodo porque alguien le dijo algo como “amar y respetar hasta que la muerte los separe” o “es que él es el padre de tus hijos” o “recuerda que eres una mujer casada” y un montos de horrorosos y destructivos dogmas

8. – FALTA DE CONFIANZA EN SÍ MISMA:
Producto de escuchar, año tras año: “eres una estúpida”, “no sirves para nada”, “eres una zorra”, “perra”, “como mujer no sirves”, “todo lo haces mal”, “adultera”, etc. , etc. , etc.

9. – DISMINUCIÓN DEL DESEO SEXUAL:
Una queja frecuente del agresor, es la supuesta frialdad sexual de su compañera, sin considerar que es su propia actitud la causa de tal fenómeno. En nuestra pericia psiquiátrica por norma, tocamos el tema de la sexualidad de la mujer víctima de violencia doméstica y hasta no hemos encontrado ninguna mujer, que denunció a su compañero, que presente una respuesta sexual efectiva (excitación sexual) frente al sufrimiento físico y/o mental. Otro deber a cumplir es derrumbar, asimismo, el mito de etiquetar a la mujer como “masoquista”.

10. – trastorno DEL SUEÑO Y DEL APETITO:
Traducido como insomnio temprano y falta de apetito.

 

 

De importancia extrema, en psiquiatría forense, es la necesidad de establecer, sin lugar a dudas, que la sintomatología encontrada este en relación directa o sea causada por la violencia domestica. Parte de la duda se aclara, en gran parte, al encontrar en el esquema de pensamiento de la mujer víctima de violencia doméstica, IDEAS NO REALISTAS (tomado de la terapia Racional Emotiva de Albert Ellis) que contribuyen a impedir que, la mujer, logre romper el círculo de la violencia doméstica. Estas ideas están detrás del largo tiempo, entre 5 y 8 años, que se da entre el inicio de la violencia y la denuncia; denuncia que se presenta porque a la víctima la situación “se le escapó de las manos” (recordemos que la violencia doméstica se caracteriza por el efecto de “bola de nieve”).
Estas ideas no realista las titulamos:

1. – POR MIS HIJOS:

La mujer maltratada considera, de forma absoluta, que la presencia física del padre es importante para el desarrollo de la personalidad de los hijos, consideración que no objetamos, lamentablemente dicha idea se vuelve en su contra, cuando el padre, su compañero, es un agresor y más bien la presencia de este trastoca el desarrollo de la personalidad de los menores. Con mucha frecuencia oímos decir a la mujer cosas tales como: “es que quisiera que mis hijos crezcan con un padre a su lado”, “es que los niños siempre necesitan la figura de un hombre en la casa”, “es que el niño (varón) necesita la figura paterna porque sino corre el riesgo de volverse homosexual”, “es que él es el padre”

Una fenómeno interesante que hemos recogido de nuestra experiencia clínica forense es que los menores cuando son testigos y/o víctimas de violencia doméstica pasa por tres etapas psicopatológicas cada una caracterizada por la sintomatología predominante, tales etapas son:

a) Etapa de Ambivalencia: Se produce cuando el menor no sabe si querer u odiar al progenitor agresor, en esta etapa prima la sintomatología ansiosa, el menor se torna hiperactivo, se siente confundido y los sentimientos que siente hacia sus progenitores son ambivalentes. Cuando se le pregunta al menor acerca de sus sentimientos hacia el progenitor agresor, responde con frecuencia, “lo quiero, pero. . . ”

b) Etapa de Pérdida: Se da cuando el menor tiene dificultad para reconocer al progenitor agresor como una figura de autoridad y respeto; la sintomatología predominante en esta etapa es la depresión, el menor se torna, en casa, apático, inhibido, hay baja del rendimiento escolar y se desmotiva y pierde sus expectativas en el futuro. Un niño desmotivado es presa fácil de la presión de grupo, eso nos explica, en parte, la génesis de la delincuencia infantil y juvenil, pues el menor prefiere, por su necesidad de “pertenecer a”, estar en la calle donde “es querido” que en la casa.

c) Etapa de Animadversión: Se presenta cuando el menor odia al agresor por agresor y a la madre por “no hacer nada”, en esta etapa la sintomatología de importancia es la conducta agresiva, saboteadora y desafíante. El menor pierde el respeto por todo lo que considere autoridad.

2. – ES QUE YO CREI QUE ÉL IBA A CAMBIAR:

La mujer se caracteriza por ser extrema en el amor, cuando ama lo hace de forma completa y su entrega es total, lamentablemente tal entrega implica el riesgo de justificar la conducta violenta del agresor con análisis como: “es que yo lo provoque”, “después de lo que pasó él se mostró muy arrepentido, lloró y me juró que buscar ayuda y que no va a suceder de nuevo” “todo será diferente ahora” “es que ha tenido una infancia difícil” “Lo quiero y sé que va a cambiar”. Mientras, pasa el tiempo, de 5 a 8 años. Lo interesante del caso es que un día la mujer de repente se da cuenta que ya no ama a su compañero y tal evento es para siempre. Falso es aquel refrán que reza que “donde fuego hubo cenizas quedan”, pues yo digo que aunque Ud. añada una tonelada de gasolina las cenizas no volverán, nunca más a encenderse, porque son cenizas. (Moraleja: una mujer no vuelve, nunca más, a amar al individuo por el cual ya perdió el amor, por eso nadie sabe lo que tiene hasta que lo pierde) Tal concepto resulta de importancia al momento de elegir una terapia para la mujer víctima de violencia doméstica, postergándose la terapia familiar hasta tanto no se defina los verdaderos sentimientos de la mujer hacia el compañero.

3. –LA CONVENIENCIA DE LA COMODA INCOMODIDAD:

Generalmente los consejos familiares dados a la mujer víctima de violencia doméstica están distorsionadamente regidos por parámetros religiosos o sociales; sosteniendo la indisolubilidad del matrimonio, el que dirán, la dependencia económica, la posición política, social o económica del agresor o de la víctima. Así algunas mujeres prefieren mantenerse en la cómoda incomodidad que someterse al proceso del cambio. En tales circunstancias le citamos a nuestras pacientes aquel proverbio árabe que dice: “más vale estar rojo una vez en la vida que pálido para siempre”.

 

 

La presencia de tales ideas dentro del esquema de pensamiento de la mujer y que por ende determinan su personalidad y dictan su tipo de conducta es patognomónico de la mujer víctima de la violencia doméstica.

Hasta la fecha, estos parámetros citados han sido de mucha utilidad al momento de administrar una justicia objetiva, científica e imparcial y han contribuido en el establecimiento de una terapia efectiva en los casos de víctimas de violencia doméstica, lógicamente que pretender eliminar la violencia domestica de nuestras sociedades requiere el trabajo mancomunado e interdisciplinario que permita establecer políticas dinámicas de educación, trabajo y sobretodo una justa y equilibrada distribución de las riquezas, sólo así lograremos disminuir las leyes represoras e iniciaremos una nueva era de paz y armonía donde las diferencias raciales, económicas, políticas y religiosas desaparezcan, dejando a nuestros hijos e hijas una familia unida, un país unido, una América unida, tal como Bolívar soñó.
Gracias

 

 

Anexo

(1)Código Penal de la República de Panamá.

Artículo 215A.
El miembro de una familia que agreda física o psicológicamente, a otro miembro, será sancionado con 6 meses a 1 año de prisión, o con medida de seguridad curativa, o con ambas.
En caso de agresión psicológica, debidamente comprobada por el médico psiquíatra forense, el agresor primario será sancionado con la aplicación de medida de seguridad curativa, conforme al Artículo 115 del Código Penal, debidamente vigilada por el Departamento de Corrección.
En caso de incumplimiento de la medida de seguridad curativa, el juez podrá sustituirla por prisión de 6 meses a 1 año.

Para los efectos de este capítulo, son miembros de una familia las personas naturales unidas por el vínculo de parentesco o matrimonio, y quienes convivan con ellos de manera permanente, con exclusión de aquellos cuya convivencia esté fundada en vínculos de carácter contractual.

Artículo 215B.

Si la conducta descrita en el artículo anterior produce el debilitamiento permanente de un sentido o de un órgano, o una señal visible a simple vista y permanente en el rostro; o si inferida a una mujer encinta apresura el alumbramiento, la sanción será de 2 a 4 años de prisión.
Si la conducta descrita en el artículo anterior produce daño corporal o psíquico incurable, la pérdida de un sentido, de un órgano o extremidad; impotencia o pérdida de la capacidad de procrear; alteración permanente de la visión, deformación del rostro o del cuerpo, de por vida, o incapacidad permanente para el trabajo, la sanción será de 3 años de prisión.

Artículo 215 C.

El que maltrate a un menor será sancionado con prisión de 1 a 6 años.
Las siguientes conductas tipifican el maltrato de menores:
1. - Causar, permitir o hacer que se cause daño físico, mental o emocional, incluyendo lesiones físicas ocasionadas por castigos corporales.
2. - Cometer, inducir o ayudar a que se cometa abuso sexual contra él, o otras actos lascivos o impúdicos, aunque no implique acceso carnal.
3. - Utilizarlo o inducirlo a que se le utilice, con fines de lucro, en la mendicidad, en fotografías, películas pornográficas o en propagandas o publicidad no apropiadas para su edad.
4. - Emplearlo en trabajos prohibidos o contrarios a la moral, o que pongan en peligro su vida o su salud.
5. - Imponerles trato negligente y malos tratos que pueden afectarles en su salud física o mental.

Artículo 215D.

El funcionario público o el particular que tenga conocimiento de la ejecución de un hecho tipificado como violencia doméstica o maltrato de menores, y no ponga en conocimiento de las autoridades la comisión del delito, será sancionado con 50 a 150 días multas.
En caso de no probarse la comisión del delito, el funcionario público o el particular quedará exento de cualquier responsabilidad legal por razón de la denuncia.

 

(2)En 1994 el Equipo de Salud Mental del Centro de Apoyo a la Mujer Maltratada de la ciudad de Panamá propuso la realización de un estudio de casos y controles acerca psicopatología de la mujer víctima de violencia doméstica, hemos mencionado que este es el inicio de nuestros estudios en el tema. Para realizar dicho estudio se tomó en cuenta la frecuencia del problema, el error estándar y demás variables epidemiológicas requeridas, llegándose a la conclusión que una muestra de 100 mujeres que acudieran en adelante al Centro de Apoyo a la Mujer Maltratada constituirían el grupo control, las cuales iban a compararse con similar número de mujeres con iguales condiciones epidemiológicas buscadas en la comunidad que no hubieran acudido a dicho centro, que no tuvieran de por medio una denuncia de violencia doméstica y que no se consideran maltratadas.

A ambos grupos de les proporcionó un cuestionario referentes a items de Trabajo Social, la escala de Zung y Hamilton de depresión y ambos grupos, en su integridad fueron evaluadas, en clínica psiquiátricas por el autor. Los resultados clínicos corroborados por 8 años de experiencia son los expuesto en este trabajo.

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