Se estudiaron 30 casos, sobre los que se emitió autorización judicial de internamiento psiquiátrico desde el Juzgado competente y que fueron remitidos al Centro de Salud Puente de Vallecas, frente a 30 controles, con objeto de determinar las características clínicas y sociodemográficas de ambos grupos, así como el seguimiento posterior. Ambos grupos fueron similares en edad, sexo y nivel de estudios, pero encontramos un porcentaje muy inferior de casados y personas con ingresos propios en el primer grupo. Así mismo, un 41% de los casos vivían solos y de los que no vivían solos un 33% lo hacía con su familia de origen, lo que hablaría de la mayor dificultad de integración a todos los niveles del grupo judicial. En forma significativa, un mayor porcentaje de pacientes con autorización de ingreso tenían antecedentes psiquiátricos e ingresos previos. Las diferencias más significativas entre ambos grupos fueron los diagnósticos. Mientras en el grupo judicial predominaron las psicosis de cualquier tipo (60%) seguidos por pacientes diagnosticados de consumo de tóxicos (23%) y demencias (6, 7%), en el grupo control predominaron las consultas por trastornos adaptativos (23%), trastornos de ansiedad (23%) y depresiones (13%).
Tras la primera intervención psiquiátrica se internó al 46, 7% de los pacientes con autorización judicial y a ninguno de los casos. Un 23% de los casos seguía en tratamiento en nuestras consultas a fecha del estudio, pero tan sólo un 13% de los controles. Esto podría sugerir un mayor número de altas médicas en este último grupo debido a una patología menor pero llama la atención que la ausencia de seguimiento se debió a abandonos voluntarios en un 23% de los casos pero en un 56% de los controles. Un 27% de los controles fueron dados de alta por mejoría pero ninguno de los casos, aunque en un 27% de éstos se les dio el alta por ingreso en Unidad de larga estancia o en Residencia de ancianos. Conclusión: En nuestro Centro de Salud Mental atendemos dos poblaciones completamente diferenciadas. Mientras la población judicial es psicopatológicamente más grave, con mayor carga social y dificultades de integración y no demanda directamente, lo que da origen a intervenciones por parte del Juzgado que solicita valoración psiquiátrica e ingreso si procede, la población general demanda por procesos menores produciendo gran colapso de los Servicios aunque con altísimo índice de abandonos, probablemente por resolución de la crisis que dio origen a la demanda. Reflexionamos acerca de si desde los Centros de Salud Mental estamos haciendo lo que deberíamos hacer para atender al enfermo mental grave o si estamos permanentemente sucumbiendo a la presión social de las modas en detrimento de los pacientes severos.
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