El maltrato a los niños es un problema universal que ha existido desde tiempos remotos. En el siglo XX con la declaración de los derechos del niño, se le considera como un delito y un problema con graves consecuencias psicológicas, sociales, éticas, legales y médicas. Definir la palabra maltrato es difícil, debido a que estamos tratando con conductas inherentes a las relaciones personales y que deberían ser de afecto, respeto y bienestar. Actualmente se puede definir como todas aquellas acciones que van en contra de un adecuado desarrollo físico, cognitivo y emocional del niño, cometidas por personas, instituciones o la sociedad.
Esto supone la existencia de un maltrato físico, psicológico y/o abuso sexual. El maltrato infantil suele estar oculto, su diagnóstico y prevención es vital para el desarrollo posterior del niño. Autores como Rostad presenta un esquema relacionado con el ocultamiento de éste, a partir del gráfico que se denomina efecto iceberg. La detección del maltrato exige una intervención cuyo objetivo sea producir modificaciones que garanticen el resguardo y la integridad psicofísica de la infancia. Un porcentaje elevado de casos puede modificarse a través de la intervención extrajudicial de salud, educación y comunidad, las cuales, articuladas, promueven un cambio en las pautas de interacción violentas. El abordaje del maltrato infantil requiere un enfoque multidisciplinario que comprende todos los ámbitos tanto la educación, la salud, la justicia, y el desarrollo de la infancia.
LA PREVENCION MULTIDISCIPLINAR DEL MALTRATO INFANTIL
Autores: M. Carmen Bellido Rodríguez, Amparo Peris Salas, Rosalía Trilles Solves
INDICE
O. INTRODUCCION
1. DEFINICION DE MALTRATO INFANTIL
2. TIPOS DE MALTRATO INFANTIL
3. DETECCION DEL MALTRATO
4. PREVENCION DEL MALTRATO
4. 1 AMBITO ESCOLAR
4. 2 AMBITO SANITARIO
4. 3 AMBITO JUDICIAL
5. LOS LLAMADOS NIÑOS SUPERVIVIENTES
6. CONCLUSIONES
7. BIBLIOGRAFIA
0. INTRODUCCION
El maltrato a los niños es un problema universal que ha existido desde tiempos remotos. En el siglo XX con la declaración de los derechos del niño, se le considera como un delito y un problema con graves consecuencias psicológicas, sociales, éticas, legales y médicas.
Los casos de maltrato infantil son escasos, no representan un problema grave. Esto es inexacto, se calcula que alrededor del 50% de las familias sufren algún tipo de violencia.
El maltrato infantil se produce más frecuentemente en familias que atraviesan situaciones de pobreza. No es cierto, se da en todos los estratos sociales; lo que sucede es que en algunos hay más recursos para ocultarlos.
Es mayor el número de casos en los cuales el agresor es el padrastro y/o madrastra, comparado con el número de casos en que el agresor es el padre y/o la madre biológicos.
Los padres y/o madres que maltratan a sus hijos/as son personas que padecen cuadros psicológicos o psiquiátricos graves. Al respecto, se ha comprobado que es muy bajo el índice de problemas psico-patológicos; debería conceptualizarse como enfermedad social.
No es posible la coexistencia del amor y del maltrato en una familia.
La historia se repetirá, es decir que todo/a niño/a que haya sido víctima de maltrato, generará en el futuro actitudes maltratantes con sus hijos/as. Pero hay niños al que la bibliografía mundial denomina "resilentes" que poseen características que les permiten superar este obstáculo.
El maltrato infantil se produce más frecuentemente en familias numerosas que conviven en espacios físicos de pequeñas dimensiones.
La violencia es algo innato, no es así, es una conducta aprendida de modelos familiares. El maltrato infantil aún hoy sigue siendo un problema que se genera en el ámbito privado y que si bien ha pasado al ámbito público, no se han tomado las decisiones adecuadas para resolverlo.
Por otro lado, también, existe una serie de limitaciones que influyen en la respuesta que el ámbito educativo puede brindar al problema del maltrato infantil, y que podrían salvarse teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Se requiere una normativa más específica para el abordaje del problema del maltrato infantil, indicando claramente el papel que el sector escolar debe asumir.
Dicha normativa debe incluir especialmente la cobertura de los aspectos relativos a la confidencialidad y el anonimato cuando la situación así lo requiera.
Extender la formación y el entrenamiento específico de todas las personas que se desempeñan en las tareas educativas asi como los profesionales del ambito sanitario con intervención en la asistencial facultativa de los menores
En este sentido, es vital contar con instrumentos adecuados para el relevamiento de datos, protocolos para los informes, cuestionarios, entrevistas para una primera detección y diagnóstico
1. DEFINICION DE MALTRATO INFANTIL
Definir la palabra maltrato es difícil, debido a que estamos tratando con conductas inherentes a las relaciones personales y que deberían ser de afecto, respeto y bienestar. Actualmente se puede definir como todas aquellas acciones que van en contra de un adecuado desarrollo físico, cognitivo y emocional del niño, cometidas por personas, instituciones o la sociedad. Esto supone la existencia de un maltrato físico, psicológico y/o abuso sexual.
El maltrato infantil suele estar oculto, su diagnóstico y prevención es vital para el desarrollo posterior del niño. Autores como Rostad presenta un esquema relacionado con el ocultamiento de éste, a partir del gráfico que se denomina efecto iceberg.
Para poder abordar tan complejo problema, y ser útiles en la tarea de prevención, es urgente y necesario adoptar una definición y varias categorías analíticas que faciliten la clara comprensión del fenómeno.
Por ello, es importante determinar lo que entendemos por maltrato infantil; es así que lo podemos definir como "cualquier daño físico o psicológico producido de forma no accidental ocasionado por sus padres o cuidadores que ocurre como resultado de acciones físicas, sexuales o emocionales de acción u omisión y que amenazan el desarrollo normal tanto físico, psicológico y emocional del niño" (Martínez y De Paul, 1993).
Definir y conceptuar la palabra maltrato es difícil, eso lo tenemos claro, y este es en parte, porque estamos tratando con conductas que caen dentro del complejo campo de las relaciones personales y las que se suponen deberían ser de afecto, respeto y bienestar (Infante, 1997). Porque, también, estamos hablando de diferentes clases de malos tratos, cada uno de los cuales es distinto de los demás y, a su vez, presenta características diferenciadas.
2. TIPOS DE MALTRATO INFANTIL
Establecer una diferenciación por tipologías del maltrato ayuda a sistematizar su análisis, si bien hay que tener en cuenta que en la realidad se suelen dar de forma bastante solapada. Podemos diferenciar los siguientes tipos de maltrato:
• Maltrato físico: Acción no accidental de algún adulto que provoca daño físico o enfermedad en el niño, o que le coloca en grave riesgo de padecerlo.
• Abandono físico: Situación en que las necesidades físicas básicas del menor, (alimentación, higiene, seguridad, atención médica, vestido, educación, vigilancia. . . ), no son atendidas adecuadamente, temporal o permanentemente, por ningún adulto del grupo que convive con él.
• Abuso sexual: Cualquier clase de placer sexual con un niño, por parte de un adulto, desde una posición de poder o autoridad. Puede ser que exista un contacto físico (en forma de penetración o tocamientos) o puede utilizarse al niño como objeto de estimulación sexual.
• Maltrato emocional: Conductas de los padres o cuidadores, tales como insultos, rechazos, amenazas, humillaciones, desprecios, burlas, críticas, aislamiento, atemorización, etc. , que causen o puedan causar deterioro en el desarrollo emocional, social o intelectual del niño.
• Abandono emocional: Situación en la que el niño no recibe el afecto, ni la estimulación, el apoyo y protección necesarios en cada estadio de su evolución, lo que
inhibe su desarrollo óptimo. Existe una falta de respuesta por parte de los padres o cuidadores a las expresiones emocionales del niño (llanto, sonrisa. . . ) o a sus intentos de aproximación o interacción.
• Maltrato institucional: Se entiende por malos tratos institucionales cualquier legislación, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos,
o bien derivada de la actuación individual del profesional, que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración, o que viole los derechos básicos del niño y/o la infancia.
• Explotación laboral: Cualquier forma de utilización de niños para obtener beneficio, que implique explotación económica y el desempeño de cualquier actividad que dificulte su educación.
El maltrato puede abordarse desde diferentes perspectivas:
Por su carácter y forma:
Maltrato físico: lesiones cutáneas (heridas, quemaduras, hematomas, etc. ), lesiones óseas (fracturas, dislocaciones, etc), lesiones viscerales o neurologicas, intoxicaciones por sustancias y medicamentos, entre otras.
Maltrato emocional: abandono de los cuidados basicos, falta de protección, de afecto y necesidades afectivas de menor.
Por su expresión o comportamiento:
Por acción (activo): cuando se lesiona al niño física, psíquica y/o sexualmente.
Por omisión (pasivo): cuando se dejan de atender las necesidades básicas de los niños.
Por el ámbito de ocurrencia:
Familiar: se produce en el ámbito familiar (padre, madre, hermanos, familia extensa: tíos, abuelos. . . ).
Extrafamiliar: se produce por personas que no forman parten de la familia del niño, por determinadas instituciones o por la misma sociedad.
3. DETECCION DEL MALTRATO INFANTIL
Diversos autores han reportado que los niños maltratados internalizan e imitan estilos de relaciones interpersonales agresivos, existiendo una mayor probabilidad de presentar conductas disociales en la edad adulta. Ciertamente, por ejemplo, si sus necesidades biológicas y emocionales se satisfacen razonablemente, los niños comienzan a desarrollar el sentido de seguridad en sí mismos y en los demás. Sí, por el contrario, sus exigencias vitales son ignoradas, tienden a adoptar un semblante desconfiado y temeroso. Así pues, resulta esencial para prevenir comportamientos violentos o agresivos durante la juventud o la madurez tratar a los niños con paciencia y serenidad, sin imponerles actitudes de manera excesivamente autoritaria, con cariño y respeto.
La justicia es un recurso, una estrategia de intervención que, a través de sus representantes, los jueces y los defensores de la niñez, puede ayudar a restablecer la ley en familias que funcionan fuera de todo orden, que avasallan los derechos de sus miembros más débiles, y en donde los niños son tomados como objetos quedando a merced de la arbitrariedad y el capricho del adulto.
El siguiente paso ante la sospecha o evidencia de un incidente de maltrato es su comunicación o denuncia ante los organismos oficiales pertinentes. El maltrato a un niño está penalizado por la ley y el comunicarlo a la autoridad es un derecho para el ciudadano común y una obligación para los empleados públicos en general y maestros, docentes, médicos, enfermeras, asistentes sociales, en particular, por las características de su trabajo. El denunciante no tiene que probar el maltrato, ni cómo o cuándo sucedió el mismo ni por qué investigar; una vez hecha la comunicación, será la justicia quien lo haga.
4. PREVENCION DEL MALTRATO INFANTIL
"La comunicación es prevención porque posibilita encontrar un espacio, ser protagonistas, aprender a respetar al otro, a formar espíritu crítico, aceptar el error como incentivo para la búsqueda de otras alternativas y ayuda a superar las dificultades porque la carga se reparte".
Se debe entender como prevención "aquellas acciones que se disponen y ejecutan con anticipación para evitar que un hecho suceda o, de haberse producido, para evitar que el daño que causa el mismo continúe" (DNA, 1999).
Siguiendo el concepto médico, la prevención puede tener lugar en diferentes niveles: prevención primaria, secundaria y terciaria.
La prevención primaria pretende disminuir el número de casos o su aparición; se refiere a métodos aplicados a la población general y actúa antes de que se presente cualquier tipo de manifestación.
La prevención secundaria pretende reducir la prevalencia y reducir al máximo las manifestaciones tras el contacto con los agentes desencadenantes; se refiere a esfuerzos dirigidos hacia quienes se hallan o pudieran estar en una situación de alto riesgo de sufrir un trastorno determinado.
La prevención terciaria pretende aminorar la prevalencia de las secuelas e incapacidades después de que la enfermedad ha aparecido, mejorar la calidad de vida de las personas incapacitadas y evitar su recaída; es decir, son aquellas intervenciones que se dan tras la identificación de la enfermedad.
4. 1 EN EL AMBITO SANITARIO
Los servicios de L. O. P. N. A. (Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) tienen un papel destacado en la prevención del maltrato infantil, al ser los únicos servicios comunitarios a los que tienen acceso normalizado y generalizado las familias en un periodo de edad en el que el niño es especialmente vulnerable (menores de 5 años de edad).
Pediatras y enfermeras se encuentran en una posición favorable para detectar niños en situación de riesgo, colaborar en la intervención protectora de la población general y realizar actividades preventivas en niño considerado de riesgo.
La prevención se va a desarrollar principalmente en menores de 5 años, ya que a partir de esta edad es fundamentalmente la escuela la que tiene un papel principal en la actuación en el maltrato.
Prevención primaria, dirigida la población general con el objetivo de evitar la presencia de factores estresores o de riesgo y potenciar los factores protectores.
Se recomienda
Sensibilización y formación de profesionales de atención Primaria en la detección y prevención del maltrato infantil.
Intervenir en la psicoprofilaxis obstétrica (preparación al parto), incrementando las habilidades de los padres en el cuidado de los hijos, en las relaciones educativas y afectivas que se establecen en la relación padres-hijos .
Intervenir en las "escuelas de padres" u otros centros comunitarios promoviendo valores de estima hacia la infancia, la mujer y la paternidad.
Prevenir el embarazo no deseado, principalmente en mujeres jóvenes, mediante la educación sexual en centros escolares y en el Programa del Niño Sano (controles de salud de los 11, 12 y 14 años realizados en atención primaria), facilitar recursos de planificación familiar.
Búsqueda sistemática de factores de riesgo y factores protectores en la apertura de la Historia de Salud de atención Primaria, recabando información de aspectos psicosociales, dinámica familiar de la población infantil atendida etc. Igualmente se debe actualizar dicha información en los controles sucesivos, evaluando la calidad del vínculo afectivo padres-hijos, los cuidados al niño, presencia de síntomas que sugieren abandono o carencia afectiva, actitud de los padres frente al establecimiento de normas y limites: azotes, castigos o correcciones verbales desproporcionadas.
Intervenir en las consultas con amabilidad y empatía cuando observamos prácticas de castigo corporal que se establecen inapropiada menté en la relación padres e hijos (nalgadas, sacudidas, amenazas, reprimenda con abuso psíquico, y otros), discutiendo métodos alternativos de disciplina, refuerzos positivos a la buena conducta del niño y estableciendo objetivos de reducción de experiencias de confrontación padres-hijo.
Utilizar una Guía Anticipadora dentro del Programa del Niño Sano para discutir a cada edad específica los requerimientos del niño (alimentación, higiene, sueño, cólico del lactante, rabietas, control de esfínteres, entre otros), reconocer la dificultad que entraña cada nuevo periodo del desarrollo, brindar orientación práctica en cuanto al establecimiento de disciplina constructiva y promover la estimulación del niño y el crecimiento emocional estable.
Identificar los puntos valiosos y positivos de los padres, alabar sus esfuerzos, reforzar la autoestima y la competencia.
Prevención secundaria, dirigida a la población de riesgo con el objetivo de reducir daños y atenuar los factores de riesgo presentes, potenciando los factores protectores.
Se recomienda:
Reconocer situaciones de abandono o trato negligente en el niño, establecer estrategias contra el trato negligente concentrado en las necesidades básicas de los niños más que en las omisiones en la atención por los padres. Evaluar la situación de negligencia y consultar con Servicio de Protección al Menor.
Reconocer situaciones de violencia doméstica o de abuso a la mujer como una medida efectiva de prevenir el maltrato infantil, 30 a 70 % de las familias en que se abusa de un adulto habrá abuso en menores.
Reconocer las conductas paternas de disciplina inapropiada (amenazas, reprimendas, sacudidas, y otras). Ofrecer métodos alternativos de disciplina y reducción de experiencias de confrontación padres-hijos. Considerar remitir a la familia a un centro de psicología para educar en el "manejo del enfado y la ira”.
Remitir a centros de salud mental a padres con adicción a alcohol, drogas o trastornos psiquiátricos. Recomendar el tratamiento por su médico de familia de los trastornos de ansiedad o depresivos.
Conocer y ofrecer a las familias que lo precisen todos los recursos comunitarios de ayuda psicológica a adultos y niños, social, laboral o económica.
Coordinar con el trabajador social de la zona objetivos, planes, estrategias y ayudas definidas para cada familia de riesgo.
Visita domiciliaria realizada por enfermería a familias de alto riesgo, desde la etapa prenatal hasta los dos años de vida, con frecuencia mensual, duración de cada visita de 20 a 40 minutos y un contenido definido previamente para cada familia. La detección prenatal se realiza por el médico de familia y la matrona en los controles de la embarazada.
Aumentar las visitas dentro del Programa del Niño Sano, estableciendo objetivos específicos de educación sanitaria (que aumenten la capacidad y habilidad para cuidar a su hijo y modificar actitudes o creencias sobre disciplina y necesidades psicoafectivas) y de seguimiento de las familias de riesgo. Se incluyen las recomendaciones y los métodos positivos de disciplina constructiva y estimulación del afecto y cariño entre padres e hijos.
Los casos de maltrato infantil no salen a la luz y no se denuncian porque no sabemos identificar los signos que delatan que a un niño le maltratan, o bien porque cuando las evidencias existen preferimos evitar problemas o tememos que hacerlas públicas pueda volverse contra del propio niño, o también porque el presunto maltratador es una persona próxima o conocida.
4. 2 EN EL AMBITO EDUCATIVO
En los centros escolares se puede intervenir antes y después de ocurrido el maltrato.
Antes
Mediante tareas de prevención primaria dirigidas a padres y alumnos con el propósito de evitar el maltrato, promoviendo y difundiendo valores y conductas que contrarresten la cultura de la violencia.
A través de actividades que favorezcan la toma de conciencia sobre las propias ideas, acciones y estructuras relacionadas al maltrato infantil que permitan descubrir y superar estereotipos o actitudes rígidas sobre la temática del maltrato.
Después
Recibiendo capacitación específica para identificar los casos de maltrato, abordar esta problemática y evaluar la mejor derivación o denuncia a los organismos pertinentes.
Plan de acción:
Elaborando proyectos y diversas propuestas de acción que promuevan el debate sobre la realidad de la violencia diaria, el fenómeno del maltrato infantil y el reconocimiento de los derechos del niño en el hogar, el vecindario y la escuela. Líneas de trabajo que la escuela puede desarrollar con los niños y sus familias.
Realizar tareas de sensibilización y capacitación sobre las necesidades evolutivas de los niños.
Realizar talleres reflexivos con los padres sobre los mecanismos de control y resolución de conflictos en la educación infantil.
Desarrollar acciones de difusión y sensibilización entre los niños, las familias y la comunidad acerca de los derechos especiales que asisten a la infancia.
Sensibilizar a la población en general, y particularmente a los padres y madres, sobre las consecuencias asociadas al castigo físico y proporcionar pautas de educación positivas.
Articular según su expediente, actividades dirigidas a revisar críticamente la aceptación de la violencia, la discriminación y los modelos estereotipados sobre la crianza de los hijos.
Estimular por todos los medios, la confianza y la autoestima de los niños/as.
Para desarrollar con éxito la función preventiva, la escuela como institución debe ser capaz de revisar sus propias actitudes hacia el control de las conductas de los niños y adolescentes.
Ofrecer a los alumnos el espacio y las oportunidades para experimentar formas no violentas de resolución de los conflictos. Las asambleas, los consejos de aula y todo medio que estimule la participación democrática en la vida escolar, puede ser un buen recurso.
Campañas de difusión y educación a todos aquellos que trabajan con niños o sus familias, que expliquen la firme relación entre el alcoholismo y el maltrato infantil.
Cursos de capacitación interdisciplinarios, entre los técnicos y profesionales que puedan reconocer y asesorar sobre las mejores alternativas para su abordaje.
En algún momento de su carrera casi todos los maestros con experiencia han estado en contacto con niños/as que ha padecido alguna de las formas de maltrato infantil. Los daños que el maltrato produce no siempre son iguales ya que dependerá de la persistencia en el tiempo, de la severidad del maltrato, de las características sociológicas del niño/a, entre otros factores. Advertir la existencia de una amenaza real hacia un niño no es sencillo. Si bien el maltrato no siempre deja lesiones físicas fácilmente visibles, siempre deja marcas en la conducta que nos dan indicios para sospechar que un niño/a esta sufriendo maltrato.
4. 3 EN EL AMBITO JUDICIAL
Una normativa legal específica sobre el maltrato a menores será la base punible de esta situación traumática que atenta con los derechos fundamentales del menor. Esta es:
Convención sobre los derechos del niño. Nueva York, 20 de noviembre de 1989. Ratificada por España el 30 de noviembre de 1990. En el Art. 3 de la Convención se recoge el principio de interés superior del niño, principio que informará todas las medidas concernientes a los niños que tomen los poderes públicos.
Constitución española de 1978 Artículo 39. Establece la protección social, económica y jurídica de la familia y de la infancia.
Código Civil. Modificado en materia de adopción, tutela y guarda por la Ley 21/87 de 11 de noviembre. Artículo 154. Sobre las obligaciones inherentes a la patria potestad especificando que se ejercerá siempre en beneficio de los hijos y con el deber por parte de los titulares de velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral. Modificación del artículo 172. Se define el concepto de desamparo del menor por:
Incumplimiento de los deberes de protección
Imposible cumplimiento de los deberes de protección
Inadecuado cumplimiento por los padres de sus deberes de protección.
El desamparo da lugar a la tutela administrativa por la entidad pública del respectivo territorio lo que permite que se desjudicialice la protección a la infancia (no necesita resolución judicial, aunque revisable por los tribunales) y se descentralice al recaer las competencias en instituciones autonómicas.
Real Decreto 1189/1982, de 4 de junio, sobre Regulación de Determinadas Actividades Inconvenientes o Peligrosas para la Juventud y la infancia.
Ley de Protección Jurídica del Menor. Ley 1/96 de 15 de enero. Regula sus actuaciones, recoge la obligación de denunciar y de prestar auxilio inmediato y proclama el interés superior del niño o niña que deberá respetarse en cualquier actuación relacionada con menores. Diferencia el concepto de riesgo social del de desamparo, para aquellas situaciones de en las que los derechos y/o necesidades básicas del menor se encuentran comprometidas, con un perjuicio que no alcanza la gravedad suficiente para justificar las separación del menor del núcleo familiar, por lo que la intervención se limita a intentar eliminar, dentro de la institución familiar, los factores de riesgo.
Artículo 13. Obligaciones de los ciudadanos y deber de reserva. “Toda persona o autoridad y especialmente aquellos que por su profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise”
Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre de 2006, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
Ley de garantías de los Derechos de la infancia y adolescencia en la Comunidad de Madrid (Ley 6/95 de 28 de marzo de 1995).
Artículo. 47. “Los titulares de los Centros Escolares y el personal educativo de los mismos, están especialmente obligados a poner en conocimiento de la Comisión de Tutela del Menor y de la Autoridad Judicial o del Ministerio Fiscal, aquellos hechos que puedan suponer la existencia de desprotección o riesgo infantil, así como colaborar con los mismos para evitar y resolver tales situaciones en interés del niño. ”
Real Decreto 732/1995 de Derechos y deberes de los alumnos (BOE de 2
de junio de 1995) Artículo. 18 “Los centros docentes estarán obligados a guardar reserva sobre toda aquella información de que dispongan acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno. No obstante, los centros comunicarán a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar malos tratos para el alumno o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por las leyes de protección de menores”
Artículo 31. 5. “Los centros docentes mantendrán relaciones con otros servicios públicos y comunitarios para atender a las necesidades de todos los alumnos y especialmente de los desfavorecidos sociocultural y económicamente
Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. (BOCM 25 de abril de 2007).
Ley reguladora de los Consejos de atención a la infancia y adolescencia de la Comunidad de Madrid. Ley 18/99 de 29 de abril de 1999 (BOCM de 19 de mayo de 1999). Los Consejos de atención a la infancia y la adolescencia se configuran como órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y de participación de las entidades, asociaciones y organizaciones de la iniciativa social, que se ocupan e inciden en la calidad de vida de los menores y fomentan y articulan la participación de los niños, niñas y adolescentes, contribuirán a una dinamización social y a sistematizar la coordinación interinstitucional.
Reglamento del Consejo de atención a la infancia y la adolescencia de a la Comunidad de Madrid. Decreto 64/2001, de 10 de mayo.
5. LOS LLAMADOS NIÑOS SUPERVIVIENTES
Una forma especial de maltrato infantil, lo constituye el abuso infantil que puede causar severos daños en los supervivientes y condicionar su comportamiento.
Las personas que han sido víctimas de abuso sexual en su niñez son conocidas como supervivientes. El término no es para menos, ya que les ha merecido una inmensa fuerza para contrarrestar los efectos de dicho evento.
Se ha dado especial importancia al tratamiento de las mujeres supervivientes por la creencia de que los hombres no suelen ser víctimas, sin embargo, también son vulnerables a estos ataques. No obstante, los estudios realizados hasta el momento, pueden servir de sendero para nuevas vertientes que apoyen a los varones traumatizados.
Por diferentes circunstancias, las victimas confrontan sus propios recuerdos hasta la etapa adulta; momento en el que se dan cuenta de las graves secuelas que han arrastrado por años, aún a pesar del esfuerzo por enterrar todo en el pasado.
La intención de olvidar los hechos entorpece el proceso de recuperación, pues cuando una persona es sometida a un trauma, la memoria no funciona de manera correcta y con el paso de los años las remembranzas son susceptibles de deformarse o simplemente se bloquean.
El mantener el suceso en la oscuridad, no es más que un mecanismo de defensa del niño que bajo una sensación de desprotección inhibió las emociones que era incapaz de manejar.
Perfil de supervivientes
Para protegerse, los afectados suelen adoptar algunas conductas derivadas de la percepción errónea de un peligro constante al haber aprendido a ver la vida de este modo.
Se aíslan por miedo a las relaciones humanas
Justifican a los agresores
Niegan o dudan haber sido víctimas de un abuso
Insensibilidad o trabajo para reconocer sus emociones
Se ausentan emocional o mentalmente
Evitan el contacto sexual
No saben establecer límites o decir no
Tienen una baja autoestima
En casos severos, autodestrucción o tendencia suicida
Hacia el fin del sufrimiento El tratamiento puede ser doloroso, pues al liberar los recuerdos de los que no se sabía su existencia y que por lógica son los más traumáticos, pueden generar cierto shock.
Este paso no se puede saltar y para ello se puede recurrir a la escritura. Escribir con lujo de detalle sobre el abuso (las situaciones, las emociones, los lugares), puede ayudar a desprender toda la carga.
También es importante hablar sobre el tema con personas de entera confianza, ya que el tenerlo escondido, sólo aumenta el temor sobre ello. Al hablarlo hay un desahogo y se desmitifica.
Nada de esto sustituye una terapia psicológica, que guiará al paciente por un camino seguro y que debe brindar su apoyo para que el paciente se sienta respaldado.
A pesar de ser un proceso fuerte, se logran grandes beneficios, pues con el tiempo el sube-baja emocional ya no es tan dramático y el superviviente se comienza a llenar de vida y motivación, cambia su enfoque con respecto a su entorno y se percata que vivió en un error pues el exterior no es tan amenazante como lo había imaginado.
Precauciones
La etapa infantil es uno de los periodos más delicados e importantes de la vida al ser éste el lapso de tiempo en el que inicia el desarrollo físico, mental y emocional.
Los pequeños al obtener la información a partir de su entorno, primordialmente por imitación, son vulnerables ante personas con tendencias a llevar a cabo un abuso sexual.
Bajo cualquier circunstancia es complicado manejar una situación de abuso, no obstante, si el abuso lo realizó algún integrante de la familia –como en la mayoría de los casos ocurre- el menor se inhibe y piensa que al hablar pondrá en riesgo la estabilidad familiar.
Es importante considerar que una victima de abuso por parte de alguien de la familia, lo pone en desventaja, en tanto que el abuso tiene grandes posibilidades de hacerse de manera repetitiva, aumentando con ello el daño.
Indicios
Los adultos juegan un papel importante pues deben aprender a interpretar las claves que los pequeños dan.
Miedos desconocidos
Comportamientos propios a alguien con una edad inferior
Angustia ante gente desconocida
Ansiedad al dormir
Falta de concentración
Sensación de abandono
Confusión
Aislamiento
Síntomas físicos como dolores de cabeza y de estómago
El pasado no se corrige, pero se puede mejorar la vida de un superviviente de manera sustancial según los expertos.
También es importante dar la atención y amor necesarios a los niños para así, poder olvidarnos de "las secuelas" al impedir que sufran cualquier tipo de agresión.
CONCLUSIONES
La detección del maltrato exige una intervención cuyo objetivo sea producir modificaciones que garanticen el resguardo y la integridad psicofísica de la infancia. Un porcentaje elevado de casos puede modificarse a través de la intervención extrajudicial de salud, educación y comunidad, las cuales, articuladas, promueven un cambio en las pautas de interacción violentas. El abordaje del maltrato infantil requiere un enfoque multidisciplinario que comprende todos los ámbitos tanto la educación, la salud, la justicia, y el desarrollo de la infancia.
La prevención del maltrato se debe realizar en todos estos ámbitos, siendo especialmente consciente de la vulnerabilidad de éste grupo de riesgo que son los menores. Se convierten en un grupo de riesgo en ambientes de desprotección familiar, social e institucional, cuando se ven inmersos en un caldo de cultivo donde priman los deseos de poder y subordinación del adulto sobre el menor.
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